Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2003 (15/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 15 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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go brasileno, el 17 de agosto de 2003, para dar seguimiento a los principales temas de la relacion bilateral, tales como los compromisos y lineas de accion contenidos en el Comunicado Conjunto de los Presidentes de la Republica del Peru y de la Republica Federativa de Brasil suscrito el 11 de MORDAZA de 2003 y para revisar los aspectos sustantivos de la Visita de Estado que realizara al Peru el Presidente de la Republica Federativa de Brasil, MORDAZA Inacio MORDAZA da MORDAZA, el 25 de agosto de 2003; De conformidad con el inciso b) del articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; y los articulos MORDAZA y tercero de la Resolucion Suprema Nº 269-2001-RE, de 21 de junio de 2001; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores para que sostenga una reunion de trabajo bilateral con su homologo brasileno y participe en la Reunion de Vicecancilleres Sudamericanos, del 16 al 18 de agosto de 2003 en la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa de Brasil. Articulo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion por concepto de pasajes US$ 890.84, viaticos US$ 800.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 28.00, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de las referidas reuniones. Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de las citadas reuniones, el mencionado funcionario debera presentar un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, ante el Ministro de Relaciones Exteriores. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 15287

Que, por otro lado, por Informe Nº 0459-2003-OGPE/ MINSA, la Oficina General de Planeamiento Estrategico ha informado de la disponibilidad presupuestal para la atencion del aprovisionamiento de los mencionados bienes; Que, el articulo 25º de la Ley Nº 27573 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, establece que los convenios de administracion de recursos, costos compartidos u otras modalidades similares, asi como sus addendas, revisiones u otros que amplien su vigencia, modifiquen o anadan metas, deben aprobarse por Resolucion Suprema refrendada por el Ministro del Sector correspondiente, previo informe de la Oficina de Presupuesto y Planificacion, o la que haga sus veces; De conformidad con el articulo 8º, literal k) de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Addenda al Convenio de Administracion de Recursos, suscrito entre el Ministerio de Salud y el Fondo de Poblacion de las Naciones Unidas (UNFPA), la que en anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud 15334

Disponen que las Direcciones de Salud, Hospitales e Institutos Especializados del Pliego 011 - Ministerio de Salud estan facultadas para adquirir medicamentos para garantizar su abastecimiento
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 928-2003-SA/DM MORDAZA, 14 de agosto del 2003

SALUD
Aprueban Addenda al Convenio de Administracion de Recursos suscrito entre el Ministerio y el UNFPA
RESOLUCION SUPREMA Nº 006-2003-SA MORDAZA, 14 de agosto del 2003 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 021-2002-SA, se aprobo el Convenio de Administracion de Recursos entre el Ministerio de Salud y el Fondo de Poblacion de las Naciones Unidas (UNFPA), para el aprovisionamiento de bienes para la reduccion de las Enfermedades de Transmision Sexual y VIH/SIDA, asi como para cubrir la demanda de planificacion familiar de la poblacion, para los anos 2002 y 2003; Que, en las Clausulas Cuarta y MORDAZA del mencionado Convenio, las partes acordaron que el monto de la transferencia de recursos para el aprovisionamiento de bienes para el ano 2003, las especificaciones tecnicas de los bienes a adquirirse, asi como el cronograma de compra y entrega de los mismos, se determinaria en una Addenda a dicho Convenio; Que, por nota interna Nº 243-2003-DL/PAAG/MINSA e Informe Nº 116-2003-DGSP-DEAIS/MINSA se ha establecido los productos, cantidades y montos a ser adquiridos, asi como la oportunidad de su adquisicion;

VISTOS: El Oficio Nº 1330-2003-OEL-OGA/MINSA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 470-2002SA/DM, el Titular del Pliego centralizo las adquisiciones de medicamentos correspondientes a las Unidades Ejecutoras del Pliego Presupuestal del Ministerio de Salud, a traves de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Salud; Que, por Resolucion Ministerial Nº 1930-2002-SA/ DM de fecha 13.12.02, se dispuso que las Direcciones de Salud, Hospitales e Institutos Especializados del Pliego 011 - Ministerio de Salud se encuentran facultadas para adquirir mediante el MORDAZA de seleccion que corresponda, los medicamentos comprendidos en la Licitacion Publica Nº 0003-2002-MINSA, que MORDAZA necesarios para garantizar su abastecimiento en el periodo enero-junio 2003, conforme a su disponibilidad presupuestal; Que, en virtud de la Resolucion Ministerial Nº 2812003-SA/DM de fecha 12.3.03, se cancelo la Licitacion Publica Nº 0003-2002-MINSA; Que, por Resolucion Secretarial Nº 005-2003-SG de fecha 14 de MORDAZA del 2003, se aprobo la realizacion de la Licitacion Publica Nº 0003-2003-MINSA - Adquisicion Nacional de Medicamentos 2003, la cual ha sido convocada el 18 de MORDAZA del 2003, para el abastecimiento por 12 meses de las Direcciones de Salud, Hospitales e Institutos Especializados del Pliego 011 - Ministerio de Salud, entre otros;

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