Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2003 (15/08/2003)


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LA COMISION ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA VISTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 15 de agosto de 2003

El Informe Final Nº 2003-CEPAD-UNAMBA, con Reg. Nº 1607-2003, de fecha 7 de MORDAZA del 2003, mediante el cual la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, recomienda la sancion disciplinaria a imponerse al Procesado Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Urrutia. CONSIDERANDO: Que, el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Urrutia, es docente Auxiliar Contratado a Tiempo Completo, en la modalidad de servicios a plazo fijo, en la MORDAZA Profesional de Ingenieria Agroindustrial, a partir del 23 de setiembre del 2002 hasta el 31 de diciembre del 2002; y del 2 de enero al 31 de MORDAZA del 2003. Durante la vigencia de su relacion contractual fue designado en el cargo de confianza de Director (e) de la Oficina de Servicios Academicos, conforme consta del Memorandum Nº 084-2002-VP-A-CO-UNAMBA, de fecha 21 de noviembre y Resolucion Nº 149-2002CO-UNAMBA, de fecha 27 de noviembre del 2002, igualmente Miembro de la Comision Especial, conforme aparece de su manifestacion prestada ante la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios, en fecha 3 de MORDAZA del ano en curso; Que, la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, en uso de sus atribuciones ha convocado para el 29 de setiembre del ano 2002, a Examen de Admision Ordinario para el Semestre Academico del 2002, en sus diversas Carreras Profesionales, entre ellas la MORDAZA Profesional de Educacion, especialidad Matematica e Informatica, con 50 vacantes, las cuales fueron cubiertas en estricto orden de meritos en su totalidad; Que, por Informe Nº 014-2003-UNAMBA, de fecha 24 de MORDAZA del 2003, el Lic. MORDAZA Marcilla MORDAZA, Especialista en Educacion II, hace de conocimiento fundamentalmente lo relacionado al cambio de expediente de la postulante ingresante en el vigesimo lugar a la MORDAZA Profesional de Educacion, Srta. MORDAZA MORDAZA Laurem MORDAZA, por otra postulante de nombre Condorhuacho MORDAZA, MORDAZA Carel, quien ocupo el 51avo lugar; Que, mediante Informe Nº 012-2003-C.P.ADMS.UNAMBA, de fecha 25 de MORDAZA del 2003, el Lic. MORDAZA Bedia MORDAZA, en calidad de Presidente de la Comision Permanente de Admision, hace de conocimiento del Vicepresidente Academico, la no existencia del expediente que corresponde a la Srta. MORDAZA MORDAZA LAUREM MORDAZA, quien ocupo el vigesimo lugar en el orden de meritos del Examen Ordinario 2002, a la MORDAZA Profesional de Educacion, Especialidad de Matematica e Informatica, apareciendo en su lugar el expediente de la postulante CONDORHUACHO MORDAZA MORDAZA CAREL, quien ocupo el puesto numero 51avo en el orden de meritos, ademas informa de la matricula de la senorita Condorhuacho en el Semestre Academico 2002 y de la conclusion de sus estudios en este primer ciclo; Que, mediante Oficio Nº 020-2003/EDU-UNAMBA, de fecha 24 de MORDAZA del 2003, la Coordinadora de la MORDAZA Profesional de Educacion Mgt. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, remite al Presidente de la Comision Permanente de Admision LIC. MORDAZA BEDIA MORDAZA la relacion de los estudiantes de la MORDAZA Profesional de Educacion de las dos especialidades, correspondiente al Semestre 2002, enviado por el ING. MORDAZA MORDAZA MORDAZA URRUTIA, en su condicion de encargado de la Oficina de Servicios Academicos. Igualmente el Oficio Multiple Nº 0032002-DSA/JAU-UNAMBA, con fecha 26 de noviembre del 2002, por el cual el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Urrutia, encargado de la Oficina de Servicios Academicos, remite la relacion de postulantes ingresantes, apareciendo en la MORDAZA Profesional de Educacion especialidad Matematica e Informatica la senorita CONDORHUACHO MORDAZA MORDAZA CAREL; Que, por Informe Nº 010-2003-CP-EDU-UNAMBAAPURIMAC, de fecha 30 de MORDAZA del 2003, el LIC. FREDDY MORDAZA MORDAZA, en calidad de Coordinador (e) de la MORDAZA Profesional de Educacion, hace conocer al Presidente de la Comision Organizadora de la UNAMBA, la situacion academica de la senorita CONDORHUACHO MORDAZA MORDAZA CAREL, afirmando que dicha persona esta considerada como estudiante de la

mencionada MORDAZA, con codigo de matricula Nº 0211553-F, habiendo aprobado en el Semestre Academico 2002 las asignaturas de Introduccion a la Ciencias Sociales, Metodologia del Trabajo y desaprobado Geometria I y Fisica I; Que, por Informe Nº 01-2003-DSA-UNAMBA, de fecha 30 de MORDAZA del 2003, dirigido al Vicepresidente Academico, por parte del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Urrutia, en cuyo documento admite expresamente haber tomado la decision de adjudicar una vacante de ingreso en la MORDAZA Profesional de Educacion, Especialidad Matematica e Informatica, a la postulante Srta. CONDORHUACHO MORDAZA MORDAZA CAREL, quien ocupo el 51avo. Lugar, segun el orden de meritos, aseverando que la Srta. SALUCA MORDAZA LAUREM MORDAZA, ingresante en el vigesimo lugar, habria expresado su voluntad de renunciar al cupo ganado, procediendo a devolver la documentacion pertinente; Que, por manifestacion escrita de la senorita CONDORHUACHO MORDAZA MORDAZA CAREL ante los miembros de la Comision de Admision, efectuada en fecha 23 de MORDAZA del ano 2003, en cuyo acto senala haber suplicado insistentemente al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Urrutia su deseo de estudiar en la MORDAZA Profesional que no logro ingresar, procediendo a adquirir dicho ingreso el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Urrutia en su condicion de Miembro de la Comision de Admision y a su vez responsable (e) de Servicios Academicos durante el MORDAZA de matricula de la UNAMBA; Que, por Resolucion Nº 104-2003-CO-UNAMBA, de fecha 30 de MORDAZA del 2003, se resuelve instaurar MORDAZA administrativo disciplinario al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA URRUTIA por las faltas administrativas contenidas en los incisos a) y d) del Art. 28º del D. L. Nº 276, asi como quebrantar lo prescrito por el inciso b) del Art. 51º de la Ley Universitaria Nº 23733. Igualmente se ordeno se ponga a disposicion de la Oficina de Recursos Humanos al Procesado; Que, la Comision en su labor de investigacion, ha instruido las siguientes manifestaciones: del procesado Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA URRUTIA el dia tres de MORDAZA del presente ano; Informe del procesado mediante su Abogado Defensor MORDAZA MORDAZA Ballon, el mismo dia; Manifestacion de la Sra. MORDAZA MORDAZA PORTILLO, el dia cuatro de MORDAZA del 2003. Manifestacion de la Sra. MORDAZA CONDORHUACHO MENZALA; Manifestacion del Lic. MORDAZA MORDAZA MARCILLA GARAY; Que, en MORDAZA debe tenerse en cuenta a tenor de lo dispuesto por el articulo 39º de la Carta Politica, todos los funcionarios y trabajadores publicos estan al servicio de la Nacion; de tal modo, estos son pasibles de incurrir en faltas disciplinarias por toda accion u omision, voluntaria o no, que contravenga obligaciones, prohibiciones y demas normatividad legal especifica, independientemente de su regimen laboral o contractual, sin perjuicio de las responsabilidades civil y/o penal en que pudieran incurrir; Que, igualmente debe tenerse en cuenta, que la autoridad administrativa no puede dejar de resolver cuestiones que se le proponga, por deficiencia de sus fuentes; en tales casos debe acudir a los principios del procedimiento administrativo previstos en la Ley Nº 27444; en su defecto a otras MORDAZA supletorias; Que, en ese orden de ideas, cabe senalar que la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, a tenor de los alcances de la Ley de su Creacion Nº 27348 y demas normas legales complementarias, constituye una institucion de educacion superior, con personeria juridica de derecho publico interno; consiguientemente resulta aplicable supletoriamente la normatividad legal contenida en el D. Leg. Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, el D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley, asi como la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444, referido al procedimiento sancionador, pues la MORDAZA especial (Ley Universitaria) no ha desarrollado el mecanismo procesal para hacer viable la potestad sancionadora de la Administracion Publica, limitandose a senalar las sanciones, conforme aparece del articulo 51º in fine, de la Ley Nº 23733, MORDAZA cuando esta aun se encuentra en etapa de desarrollo; Que, lo que se cuestiona en el caso de autos, es el ilegal ingreso a la MORDAZA Profesional de Educacion especialidad Matematica e Informatica de la postulante CONDORHUACHO MORDAZA MORDAZA CAREL, en el MORDAZA de Examen de Admision del 29 de setiembre del ano 2002, no obstante haber ocupado el 51avo lugar en el orden de meritos y en lugar de la ingresante MORDAZA MORDAZA LAUREM AMELIA;

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