Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (15/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 23

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G39/G38/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 15 de agosto de 2003 enero, 9 de abril y 31 de mayo del 2003, por el Concejo Distrital de Arancay, provincia de Huamalíes, departa- mento de Huánuco, referidos a la anulación de la procla- mación de don Ciro Vega Rubina dispuesta por Resolu-ción Nº 056-2003-JNE, y a la declaratoria de vacancia de su cargo de Regidor; asimismo, nulas y sin efecto la Re- solución de Alcaldía Nº 018-2003-AMA-PH/ y la Resolu-ción de Concejo Nº 019-2003-AMDA-PH/ de fechas 1 de febrero y 4 de junio del 2003, respectivamente. Artículo Segundo.- Declarar que don Ciro Vega Rubi- na continúa ejerciendo el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Arancay, provincia de Huamalíes, departamento de Huánuco, por el período para el cual fue elegido. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que se requiera para el cumpli- miento de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGASOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALABALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 15220 /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G63/G61/G6E/G64/G69/G64/G61/G74/G61/G20/G6E/G6F/G20/G70/G72/G6F/G63/G6C/G61/G6D/G61/G64/G61 /G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G73/G75/G6D/G61/G20/G65/G6C/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G61/G20/G64/G65/G6C /G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G72/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G43/GE1/G63/G65/G72/G65/G73/G2C /G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G74/GED/G6E RESOLUCIÓN Nº 155-2003-JNE Exps. Nºs. 741-2003 y 775-2003 VISTOS el pedido formulado por Mercedes Pinedo Bardales para que se declare la vacancia del cargo de Regidor de Raúl Córdova Linares, por tener condena pordelito doloso; y, los Oficios Nºs. 295 y 334-2003-MPMC-J- Alc recibidos el 23 de junio y 14 de julio del 2003 de Sig- nior Pozzo Di Borgo Pérez, Alcalde del Concejo Provincialde Mariscal Cáceres, departamento de San Martín, me- diante los cuales comunica la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor de don Raúl Córdova Linares; CONSIDERANDO: Que según consta de la sentencia que obra de fojas 5 a 8, el Juzgado en lo Penal de la provincia de Mariscal Cáceres, condenó a Raúl Córdova Linares como autordel delito contra el patrimonio en la figura de hurto en agravio de Luis Quintana Morales, imponiéndole tres años de pena privativa de la libertad, fijándose en un año elplazo de prueba, lo que fue confirmado por la Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de San Martín mediante resolución del 16 de julio del 2002, que obra a fojas 9;siendo rehabilitado el 27 de junio del año en curso, tal como consta de la Resolución Judicial de fojas 40 y 41; Que a solicitud del señor Néstor Hugo Cabrera Ruiz, presidente del Frente Popular de Juventudes de Mariscal Cáceres, en sesión ordinaria Nº 006-2003 de fecha 27 de mayo del 2003, el Concejo Provincial de Mariscal Cáce-res declaró la vacancia del cargo de Raúl Córdova Lina- res, por causal prevista en el numeral 3) del artículo 26º de la derogada Ley Orgánica de Municipalidades Nº23853, concordante con el numeral 9) del artículo 23º de la acotada, conforme se advierte del documento de fojas 29 y del acta de fojas 30 a 35, en la que consta que elRegidor vacado estuvo presente en la sesión, sin haber interpuesto recurso de revisión, por lo que dicho acuerdo quedó consentido; Que de conformidad con el numeral 2) del artículo 28º de la derogada Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el artículo 35º de la Ley de Elec-ciones Municipales Nº 26864, para cubrir las vacantes que se produzca en los concejos municipales se incor- pora al candidato suplente de la misma lista, correspon-diendo asumir el cargo de Regidora a doña Mercedes Pinedo Bardales, candidata no proclamada del Frente Independiente Moralizador;El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE:Artículo Primero.- Convocar a doña Mercedes Pine- do Bardales, candidata no proclamada del Frente Indepen-diente Moralizador, para que asuma el cargo de Regido- ra del Concejo Provincial de Mariscal Cáceres, departa- mento de San Martín; debiéndosele otorgar la respectivacredencial. Artículo Segundo.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías que se requiera para elcumplimiento de la presente resolución, bajo responsabi- lidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENASVELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General 15221 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G64/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G71/G75/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G2D/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G63/G65/G6E/G74/G72/G6F/G73/G20/G70/G6F/G62/G6C/G61/G64/G6F/G73/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 370-2003-JEF/RENIEC Lima, 8 de agosto de 2003 Vistos los Informes Nº 836-2003-GO/DIEC/RENIEC de fecha 10 de julio 2003 y Nºs. 865, 866, 867-2003-GO/ DIEC/RENIEC, de fecha 14 de julio 2003; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil como un organismo autónomo, constitucionalmente encargado de organizary mantener el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relati- vos a su capacidad y estado civil. Corresponde exclusiva-mente al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil las funciones de planear, organizar, dirigir, normar y ra- cionalizar las inscripciones registrales de su competencia,entre los que se encuentran los nacimientos, matrimo- nios, defunciones y demás actos que modifican el esta- do civil de las personas; Que, la normativa registral se complementó con el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 015-98-PCM, del 23 de abril de 1998, norma que regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas, disponiendo a su vez que el SistemaRegistral está integrado, entre otros organismos, por las Oficinas Registrales encargadas del procesamiento regis- tral y demás funciones inherentes al Registro de EstadoCivil, que la Alta Dirección del Registro Nacional de Iden- tificación y Estado Civil estime convenientes, por ello, por Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF, del 3 de abril de 1996,se delegó las funciones registrales contenidas en el artí- culo 44º de la Ley Nº 26497 a las Oficinas de Registro de Estado Civil de la República ubicadas, entre otras institu-ciones, en las Municipalidades Provinciales, Distritales y de Centros Poblados Menores debidamente autorizadas; Que, atendiendo que la deficiencia más aguda en el funcionamiento técnico operativo de los Registros de