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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G39/G38/G36/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 15 de agosto de 2003 locales y establecimientos comerciales que cuenten con licencia especial de funcionamiento, ubicados en zonifi- cación comercial, cuyos giros sean bar, pub y restauran- te, debiendo cesar sus actividades: - Lunes, hasta las 01.00 horas del día martes. - Martes, hasta las 01.00 horas del día miércoles.- Miércoles, hasta las 01.00 horas del día jueves. - Jueves, hasta las 01.00 horas del día viernes. - Viernes, hasta las 03.00 horas del día sábado.- Sábado, hasta las 03.00 horas del día domingo. - Domingo, hasta las 01.00 horas del día lunes. - Vísperas de feriados, hasta las 03.00 horas. Artículo Segundo.- Aquellos locales y estableci- mientos comerciales que por su naturaleza o condiciónde servicio o actividades requieran un horario mayor al establecido en el artículo primero, deberán presentar una solicitud, debidamente sustentada, a la Municipalidad deSan Isidro, la misma que será calificada por el órgano pertinente. Artículo Tercero.- Encárguese el cumplimiento de lo dispuesto por la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Gerencia de Seguridad Ciuda- dana. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. San Isidro, a los 12 días del mes de agosto de 2003.JORGE SALMÓN JORDÁN Alcalde 15232 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G43/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G45/G78/G74/G72/G61/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4E/G61/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G4E/G69/GF1/G6F/G73/G2C/G20/G4E/G69/GF1/G61/G73/G20/G79/G20/G41/G64/G6F/G6C/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G65/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2003-MDSL San Luis, 8 de agosto de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Consti- tución Política del Estado y la Ley Orgánica de Munici-palidades Nº 27972, las municipalidades son los órga- nos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; re-presentan al vecindario y promueven la adecuada pres- tación de los servicios públicos locales, fomentan el bien- estar de los vecinos y el desarrollo integral y económicode las circunscripciones de su jurisdicción; Que, es un derecho fundamental la identidad de las personas, debidamente consagrada en el Texto Constitu-cional y en la Declaración Universal de los Derechos de la Persona Humana; Que, la Ley de Inscripción de Nacimientos Vía Admi- nistrativa Extraordinaria - Ley Nº 26497, así como el Tex- to Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, apro- bado mediante Ordenanza Nº 0126-2002-CDSL señalanlos documentos que deberán presentar los interesados para inscribirse en el Libro de Nacimientos de la División de Registro Civil de esta entidad municipal; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y de conformidad con el Acuerdo de ConcejoNº 0031-2003-CDSL; DECRETA: Artículo Primero.- AUTORIZAR la realización de la Campaña de Inscripción Extraordinaria de Nacimientosde Niños, Niñas y Adolescentes que al momento de ins- cribirse tengan 31 días de nacidos hasta 16 años de edad y que hayan nacido o vivan en el distrito de San Luis; la misma que se llevará a cabo desde el 1 hasta el 30 deseptiembre del presente año. Artículo Segundo.- SEÑALAR que para la referida inscripción extraordinaria de nacimientos se deberá pre-sentar los siguientes requisitos: - Haber nacido o vivir en el distrito de San Luis. - Certificado de Nacimiento, expedito por un médico u obstetriz. - Tarjetas de vacunas del nacido.- Documentos de identidad de ambos padres. - Constancia de estudios expedita por el Director del Centro Educativo, indicando que no tienen partida. - Recibos de Luz, Agua y/o Teléfono de los padres. - Certificados de Antecedentes Policiales con huellas dactilares (para los de 16 años). - Los datos de dos testigos portando sus documen- tos de identidad. Artículo Tercero.- Aprobar como pago único la suma de S/. 4.00 nuevos soles por concepto de carpeta de trá- mite. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Administrativa, Secretaría General y la División de Registro Civil, en cuan-to les corresponda. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 15237 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL /G46/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G61/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G61/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G72 /G65/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G6C/G61/G20/G6F/G62/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G61/G72/G6E/GE9/G20/G64/G65/G20/G73/G61/G6E/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 21-2003-MDSM San Miguel, 12 de agosto de 2003EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria celebrada el 13 de junio del 2003; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú - Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 - estable- ce que las Municipalidades Provinciales y Distritales sonlos órganos de gobierno local y tienen autonomía econó- mica política y administrativa en los asuntos de su com- petencia; Que, la Norma IV del Texto Único Ordenado del Códi- go Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135- 99-EF, establece que los gobiernos locales, medianteOrdenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contri- buciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que se-ñala la ley; Que, de conformidad al inciso 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, se estable-ce que el Concejo Municipal puede aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos. Asimismo, de acuerdo al inciso 9) del mismo artículo, elConcejo Municipal puede crear, modificar, suprimir o exo- nerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y de- rechos, conforme a ley; Que, de acuerdo a la Ordenanza Nº 28-2001-MDSM, de fecha 10 de diciembre del 2001, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Munici-palidad de San Miguel (TUPA), el cual establece en el