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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (18/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 11

PÆg. 249953 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de agosto de 2003 Que, resulta pertinente desactivar las comisiones anteriormente conformadas así como emitir resolución conformando una nueva Comisión que permita diseñar lineamientos de política, determine las estrategias de intervención y disponga la implementación deun Programa de prevención, rehabilitación y reconstrucción de laszonas de alto riesgo del Cercado y Centro Histórico de Lima, conel fin de garantizar las condiciones de prevención y seguridad quedeben tener estos espacios de uso público; Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú y las atribuciones establecidas en el Art. 20º Inc. 6) y Arts. 6º y42º de la nueva Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Déjese sin efecto las Resoluciones de Alcaldía Nºs. 10695-2002 y 15337-2002 y el Decreto deAlcaldía Nº 003-2002-MML, desactivándose la ComisiónEspecial de Reducción de Riesgos e Inseguridad de Cam- pos Feriales, el Comité de Evaluación de Proyectos Eléctri- cos y Control de Riesgos en el ex Campo Ferial Las Malvi-nas; y la Comisión Mixta de Coordinación y Trabajo entre laMunicipalidad Metropolitana de Lima y los comerciantes dela Zona de Emergencia denominada Mesa Redonda, lasmismas que funcionaron hasta el 31 de diciembre del 2002. Déjese sin efecto el D.A. Nº 089-02-MML, desactivando la Comisión Especial de Prevención de Incendios del Cen-tro Histórico de Lima, a la fecha de promulgación del pre-sente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Constitúyase una Comisión Multisectorial Consultiva y Ejecutiva de la Zona de Alto Riesgo del Cercado y Centro Histórico de Lima encargada de diseñar y disponer la im- plementación de un Programa de Prevención, Rehabilitación yReconstrucción de las zonas de alto riesgo del Cercado y CentroHistórico de Lima, la misma que estará conformada por: Un representante del Alcalde, como Presidente. Un representante de la Dirección de Defensa Civil de la Municipalidad de Lima, como Secretario Ejecutivo. Un representante de la Dirección Municipal de Desarro- llo Urbano. Dirección Municipal de Fiscalización y Control. Dirección Municipal de Comercialización y Defensa al Consumidor. Dirección Municipal de Transporte Urbano.Dirección Municipal de Seguridad Ciudadana.La Oficina de Participación Vecinal.Pro Lima. La Caja Municipal de Crédito Popular de Lima. Del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.Del Ministerio Público. Artículo Tercero.- La Comisión tendrá las siguientes funciones: 1.Consolidar y complementar el diagnóstico de las zo- nas identificadas como de alto riesgo. 2. Elaborar e implementar los planes de contingencia en las zonas de alto riesgo, estableciendo las estrategias y metodologías de intervención. 3. Conformar grupos de trabajo que sean necesarios para la implementación de los Planes. 4. Disponer la programación y realización de campañas de prevención y orientación a los usuarios y propietarios de los locales comerciales, galerías comerciales o feriales, campos feriales y otros. 5. Disponer el control, supervisión y apoyo en la aseso- ría técnica para la regularización de las galerías comercialeso feriales, campos feriales y otros locales comerciales queno estén adecuados al reglamento. 6. Apoyar en la gestión para obtener financiamiento para el mejoramiento de los locales comerciales, Galerías u otros, y/o para la identificación de áreas don- de puedan desarrollarse actividades económicas. 7. Coordinar con INDECI, Osinerg, Policía Nacional del Perú y con las demás entidades y/o autoridades que fuese necesario. 8. Disponer el control y supervisión de las instalaciones eléc- tricas y sanitarias, así como de las áreas de circulación y seña-lización, asimismo de su equipamiento de prevención. 9. Identificar áreas o zonas libres de evacuación y refu- gio en caso de producirse siniestros. 10. Establecer coordinaciones permanentes con los re- presentantes de los comerciantes y/o de la sociedad civil de las zonas identificadas como de alto riesgo. 11. Elaborar Directivas para ejecutar acciones de emer- gencia. 12. Regular el horario de carga y descarga en las zonas identificadas como de alto riesgo. 13. Promover el reordenamiento urbano de las zonas de riesgo. 14. Coordinar con las comisarías el sistema de seguri- dad concertando con los comerciantes.Artículo Cuarto.- Declárese en Emergencia las zonas de alto riesgo denominada Mesa Redonda delimitadas por los jiro- nes: Ayacucho cuadras 5,6 y 7; Ucayali cuadras 6 y 7; Paruro cuadras 8,9 y 10, Puno cuadras 6 y 7, y el Campo Ferial "ElHueco" y los locales comerciales de la Zona denominada "LaCuchilla", ubicados en la intersección de las avenidas Nicolásde Piérola y Abancay, hasta que esta comisión en coordinacióncon las Direcciones de Comercialización y Defensa al Consumi- dor, Dirección de Defensa Civil y Dirección Municipal de Desa- rrollo Urbano levanten dicha calificación, dejándose sin efectoel D.A. Nº 001-02-MML y D.A. Nº 017-02-MML. Artículo Quinto.- Las acciones para la implementación de los planes de contingencia serán realizadas en estrecha coordi- nación con los representantes de los comerciantes y la SociedadCivil. En caso de incumplimiento de los acuerdos establecidos enla Comisión, serán sancionados por la Dirección Municipal deFiscalización y Control de acuerdo a sus normas establecidaspara el caso y el Ministerio Público según corresponda. Artículo Sexto.- En el plazo de siete días hábiles de la vigen- cia del Decreto de Alcaldía, los órganos municipales conforman-tes deberán proponer a sus representantes, quienes a su vezserán designados mediante Resolución de Alcaldía respectiva. Regístrese, publíquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 15392 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Prohíben viajes al exterior que irroguen gastos a la municipalidad por el resto del ejercicio presupuestal 2003 ACUERDO DE CONCEJO Nº 066-2003-MSB-C San Borja, 7 de agosto del 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJA Visto en la XV-2003 Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el pedido formulado por el señor Alcalde Dr. Alberto Tejada Norie-ga; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el artículo 194º de la Constitución del Estado, las Municipalidades gozan de au-tonomía económica, política y administrativa en los asun-tos de su competencia; Que, se ha expedido el Decreto de Urgencia Nº 017- 2003, por el que se adoptan políticas de uso eficiente y eficaz de los recursos del Estado; criterio que es plena-mente compartido por la Corporación Municipal; En uso de las facultades conferidas por el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, porUNANIMIDAD y con dispensa de trámite de aprobación de actas, ha adoptado el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- Los viajes al exterior del Alcalde, Regidores y Funcionarios que irroguen gastos a la Corpo-ración Municipal, quedan prohibidos, por el resto del ejerci-cio presupuestal 2003. Artículo Segundo.- Toda referencia al término gasto ocasionado a la Corporación Municipal, debe ser entendi- do como gasto con cargo al presupuesto aprobado para la entidad, por toda fuente de financiamiento. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 15362 Aprueban modificación del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del ejer- cicio presupuestal 2003 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 318-2003-MSB-A San Borja, 13 de agosto de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA