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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (18/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 3

PÆg. 249945 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de agosto de 2003 octubre de 1995 a favor de RUTH BIBIANA GALARZA RE- VATTA; con fecha 20 de agosto de 1998 a favor de HISELA LOURDES CÁRDENAS DE ACOSTA; con fechas 11 de mayo de 2000 y 15 de junio de 2001 a favor de SHERLEYGIANNINA NEIRA SÁNCHEZ; y con fecha 16 de mayo de2002 a favor de MARITZA CECILIA SÁNCHEZ SOTOMA-YOR; Que, con referencia al caso de la pensionista fallecida OLGA ALEJANDRINA ANGELES CASTRO VDA. DE SA- LAS, el Informe Nº 09-2003-MTC/06.ABA señala que, pos-teriormente al fallecimiento de ésta, ocurrido el 25 de abrilde 2001, de acuerdo al Acta de Defunción expedida por laMunicipalidad de Jesús María, se ha cobrado por conceptode pensiones un monto ascendente a S/. 11,653.00, figu- rando en las planillas de pago de pensiones correspondien- tes a los años 2002 y 2003 firmas de doña CATALINA JU-LIA SALAS ANGELES y de la supuesta fallecida, como re-ceptoras del pago de pensiones; Que, en relación al caso de la pensionista fallecida EMMA RAVELO POLO VDA. DE CASTAÑEDA, el Informe Nº 09- 2003-MTC/06.ABA señala que, posteriormente al falleci- miento de ésta, ocurrido el 21 de marzo de 2001, de acuer-do al Acta de Defunción expedida por la Municipalidad deMiraflores, se ha cobrado por concepto de pensiones unmonto ascendente a S/. 4,522.00, para lo cual se ha pre-sentado un Certificado de Supervivencia de la supuesta fallecida expedido ante el Notario de Lima Jaime Tuccio Valverde con fecha 18 de julio de 2001, figurando ademásen planillas de pago de pensiones correspondientes al año2001 firma de doña ANITA ESTRELICIA CASTAÑEDA RA-VELO DE VARGAS, como receptora del mencionado pago; Que, con referencia al caso de la pensionista fallecida MARÍA ISABEL ROCHA VELÁZQUEZ VDA. DE BEDRILLA- NO, el Informe Nº 09-2003-MTC/06.ABA señala que, poste-riormente al fallecimiento de ésta, ocurrido el 27 de agostode 2000, de acuerdo al Acta de Defunción expedida por laMunicipalidad de Jesús María, se ha cobrado por conceptode pensiones un monto ascendente a S/. 17,238.00, para lo cual se ha presentado un poder presuntamente falso, supuestamente otorgado por el pensionista con fecha 23de enero de 2002 a favor de MANUEL RODOLFO BEDRI-LLANO ROCHA; Que, el Informe de la Oficina General de Auditoría Inter- na indica que los hechos expuestos configuran indicios ra- zonables de la comisión de Delitos contra la Fe Pública, mediante los cuales las señaladas personas presuntamen-te se habrían apropiado de dinero del Estado ilícitamente,por lo que se deberán remitir los actuados al ProcuradorPúblico encargado de los asuntos judiciales de este Minis-terio para la formalización de la denuncia penal respectiva ante el Ministerio Público; Que, cabe señalar que, de acuerdo al inciso f) del Artículo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, los infor-mes generados de una acción de control constituyen pruebapreconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que sean recomendadas en dichos informes; Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Procu- rador Público de este Ministerio para que en representa-ción y defensa de los intereses del Estado interponga lasacciones judiciales correspondientes; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667 y Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Co- municaciones para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones legalesque correspondan contra RUTH BIBIANA GALARZA RE-VATTA, SHERLEY GIANNINA NEIRA SÁNCHEZ, MARIT-ZA CECILIA SÁNCHEZ SOTOMAYOR, HISELA LOURDESCÁRDENAS DE ACOSTA, CATALINA JULIA SALAS ANGE- LES, ANITA ESTRELICIA CASTAÑEDA RAVELO DE VAR- GAS, MANUEL RODOLFO BEDRILLANO ROCHA y las demás personas que resulten responsables por los hechosdescritos en la parte considerativa de la presente Resolu-ción Ministerial. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial, así como los antecedentes del caso, al mencio- nado Procurador Público para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 15417Otorgan concesión a Nortek Communica- tions S.A.C. para prestar servicio porta- dor local RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 644-2003-MTC/03 Lima, 14 de agosto de 2003 VISTA, la solicitud formulada por la empresa NORTEK COMMUNICATIONS S.A.C. para que se le otorgue conce-sión para la prestación del servicio portador local, en diver-sas provincias del Perú; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por De-creto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde alMinisterio de Transportes y Comunicaciones, otorgar con-cesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supre-mo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios públicosportadores se prestan bajo el régimen de concesión, lacual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripción de un contrato deconcesión aprobado por el Titular del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones; Que, el artículo 32º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios públicos portadores se encuentra el servicio portador local; Que, la Dirección General de Gestión de Telecomu- nicaciones, mediante Informe Nº 037-2003-MTC/17, seña-la que habiéndose verificado el cumplimiento de los requi-sitos que establece la legislación para otorgar la concesión solicitada para el servicio portador local, es procedente la solicitud formulada por la empresa NORTEK COMMUNI-CATIONS S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Or- denado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por De-creto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus mo- dificatorias, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el TUPAdel Ministerio; Con la opinión favorable del Viceministro de Comu- nicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa NORTEK COM- MUNICATIONS S.A.C. concesión para la prestación delservicio portador local, por el plazo de veinte (20) años,en el área que comprende la provincia de Arequipa, del departamento de Arequipa; la provincia de Chiclayo, del departamento de Lambayeque; la provincia de Trujillo,del departamento de La Libertad; la provincia de Piura,del departamento de Piura; la provincia de Cusco, deldepartamento de Cusco; la provincia de Lima, del depar-tamento de Lima y la Provincia Constitucional del Ca- llao. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con la empresa NORTEK COMMUNICATIONS S.A.C.para la prestación del servicio público a que se refiere elartículo precedente, el cual consta de veinticinco (25) cláu-sulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación delMinisterio, suscriba el contrato de concesión que se aprue-ba mediante la presente resolución. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de con-cesión no es suscrito por el solicitante en el plazo máximode sesenta (60) días hábiles computados a partir de la pu-blicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 15413