Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2003 (22/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 22 de agosto de 2003 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 273-2003-PCM

el caso, las que MORDAZA priorizadas por la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion y Desastres, creada por Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM. Al efecto, realizara obras hasta por un monto ascendente a S/. 3 650 000,00 (Tres Millones Seiscientos Cincuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a sus propios recursos. Articulo 3º.- Vigencia y refrendo El presente Decreto Supremo entrara en vigencia desde la fecha de su expedicion y sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, Ministro de Agricultura, Ministro de Economia y Finanzas y Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de agosto de 2003. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 15694

MORDAZA, 21 de agosto de 2003 Visto, el Oficio Nº 435-2003-AG/DM del Ministro de Agricultura; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 111-2001-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 012-2003-PCM, se creo la Comision Nacional de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuanos - CONAPA, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 111-2001PCM, modificado sucesivamente por Decreto Supremo Nº 127-2001-PCM, Decreto Supremo Nº 025-2002-PCM, Decreto Supremo Nº 012-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 073-2003-PCM, establece que la Comision Nacional de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuanos CONAPA estara conformada entre otros, por un representante del Ministerio de Agricultura, quien sera designado por Resolucion Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros a propuesta del Sector correspondiente; Que, en consecuencia, resulta necesario designar al representante del Ministerio de Agricultura ante la Comision Nacional de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuanos - CONAPA; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27594, el Decreto Supremo Nº 111-2001-PCM y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE:

Designan representantes de los Ministerios de Justicia y de Agricultura ante la CONAPA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 272-2003-PCM MORDAZA, 21 de agosto de 2003 Visto, el Oficio Nº 618-2003-JUS/DM del Ministro de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 111-2001-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 012-2003-PCM, se creo la Comision Nacional de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuanos - CONAPA, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 111-2001PCM, modificado sucesivamente por Decreto Supremo Nº 127-2001-PCM, Decreto Supremo Nº 025-2002-PCM, Decreto Supremo Nº 012-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 073-2003-PCM, establece que la Comision Nacional de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuanos CONAPA estara conformada entre otros, por un representante del Ministerio de Justicia, quien sera designado por Resolucion Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros a propuesta del Sector correspondiente; Que, en consecuencia, resulta necesario designar al representante del Ministerio de Justicia ante la Comision Nacional de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuanos - CONAPA; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27594, el Decreto Supremo Nº 111-2001-PCM y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la senora abogada MORDAZA Rouillon Gallese como representante del Ministerio de Justicia ante la Comision Nacional de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuanos - CONAPA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 15674

Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante del Ministerio de Agricultura ante la Comision Nacional de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuanos - CONAPA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 15675

AGRICULTURA
Otorgan plazo para que poseedores de ejemplares vivos de fauna MORDAZA mantenidos como mascotas los registren ante el INRENA
DECRETO SUPREMO Nº 031-2003-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, dada por Ley Nº 27308, establece en su articulo 3º numeral 3.4, que el Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) es el organo encargado de la gestion y administracion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA a nivel nacional; Que, el Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001AG, establece en el articulo 220º que toda persona que mantenga en cautiverio especimenes de fauna MORDAZA como mascotas, debe registrarlas ante el INRENA; Que, el INRENA, dentro de sus labores de control y vigilancia, efectua comisos de especimenes vivos de fauna MORDAZA, los cuales son entregados a los zoocriaderos o zoologicos, debido a que no existen centros de rescate ni centros de custodia temporal autorizados; Que, en la actualidad existen personas naturales y juridicas que mantienen especimenes vivos de fauna MORDAZA, no registrados como mascotas, en condiciones optimas de sanidad y manejo que garantizan su bienestar y salud; a las cuales es factible autorizar su posesion legal, registrandolos en el INRENA como mascotas, en

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