Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2003 (22/08/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

Pag. 250128

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 22 de agosto de 2003

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 10.4 del articulo 10º de dicha MORDAZA, la observancia del Ciclo del Proyecto es obligatoria y tal como lo senala el numeral 10.5 del articulo 10º de la misma Ley, cualquier excepcion a este se realiza a traves de un Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Sector correspondiente y por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, el Proyecto Especial Olmos Tinajones constituye un organo de la administracion publica del Gobierno Regional de MORDAZA, en el MORDAZA de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 015-2003-VIVIENDA; Que, el Proyecto Especial Olmos Tinajones considera esencial para el cumplimiento de sus objetivos la ejecucion de un Proyecto de Inversion Publica referido a la construccion, operacion y mantenimiento del tunel trasandino y la primera etapa de la Presa Limon; Que, el Gobierno de la Region MORDAZA y PROINVERSION han organizado un concurso para otorgar la concesion del Proyecto de Inversion Publica a que se refiere el parrafo precedente; Que, existen razones de interes Sectorial y Regional para proceder a la ejecucion de dicho Proyecto de Inversion Publica, que justifican su tratamiento excepcional; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Excepcion al cumplimiento de la fase de Preinversion del Ciclo del Proyecto al Proyecto de Inversion Publica denominado construccion, operacion y mantenimiento del tunel trasandino y la primera etapa de la Presa Limon. Exceptuese del cumplimiento de la fase de preinversion del Ciclo del Proyecto a que se refiere la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica, incluida la declaracion de viabilidad, al Proyecto de Inversion Publica denominado Construccion, operacion y mantenimiento del tunel trasandino y la primera etapa (altura 41-45 metros) de la Presa Limon. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de agosto del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 15696

Infraestructura y de Servicios Publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM; Que, la indicada convocatoria se ha realizado bajo los lineamientos del "Plan de Promocion de Incorporacion de Inversion Privada en el Proyecto Olmos para la Concesion al Sector Privado de la Construccion, Operacion y Mantenimiento del Tunel Trasandino y la primera etapa de la Presa Limon", aprobado por acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION del 28 de MORDAZA de 2003 y ratificado mediante Resolucion Suprema Nº 1242003-EF publicado el 30 de MORDAZA de 2003; y por el Gobierno Regional del departamento de MORDAZA, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 029-2003GR.LAMB/PR del 26 de MORDAZA de 2003; Que, el referido plan considera el compromiso asumido por el Gobierno Nacional de aportar setenta y siete millones y 00/100 dolares amer icanos (US$ 77'000,000.00) provenientes de operaciones de endeudamiento externo de la Republica del Peru; recursos que debe ofertar el postor adjudicatario de la buena pro y cuyo repago corresponde al Gobierno Nacional; Que, el Gobierno Regional del departamento de MORDAZA, en su condicion de Concedente, a traves de los Oficios Nº 1497-2003-GR.LAMB/PR-GGR del 11 de MORDAZA de 2003 y Nº 1514-2003-GR.LAMB/PR-GGR del 14 de MORDAZA de 2003, ha solicitado al Gobierno Nacional, el establecimiento de condiciones financieras que MORDAZA factible la obtencion y concertacion del endeudamiento externo MORDAZA indicado, de tal manera que correspondan a las condiciones vigentes en el MORDAZA financiero internacional para este MORDAZA de operaciones; Que, segun el Articulo 25º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, corresponde al Ministerio de Economia y Finanzas, entre otros aspectos, planear, dirigir y controlar los asuntos relativos al endeudamiento, asi como armonizar la actividad economica; Que, en tal sentido, es necesario establecer las condiciones financieras que se deberan considerar en el Concurso de Proyectos Integrales para la Concesion al Sector Privado de la Construccion, Operacion y Mantenimiento del Tunel Trasandino y la primera etapa de la Presa Limon del Proyecto Olmos, en lo que respecta los aportes que efectuara el Gobierno Nacional mediante operaciones de endeudamiento externo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Las condiciones financieras a considerar en el Concurso de Proyectos Integrales para la Concesion al Sector Privado de la Construccion, Operacion y Mantenimiento del Tunel Trasandino y la primera etapa de la Presa Limon del Proyecto Olmos, en lo que respecta a las operaciones de endeudamiento externo mencionadas en la parte considerativa de esta MORDAZA legal, seran las siguientes:
- Monto de financiamiento : SETENTA Y SIETE MILLONES y 00 DOLARES AMERICANOS (US$ 77'000,000.00). - Periodo de MORDAZA : No menor a 3 anos. - Periodo de amortizacion : No menor a 10 anos. - Periodo de total : No menor a 13 anos. - Tasa de interes : No mayor a LIBOR a 6 meses en US$ mas un spread del 4%.

Establecen condiciones financieras relativas a concurso de proyectos para concesion de la construccion y mantenimiento del Tunel Trasandino y primera etapa de la Presa Limon del Proyecto Olmos
RESOLUCION SUPREMA Nº 175-2003-EF MORDAZA, 21 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Regional del departamento de MORDAZA y la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, han convocado el Concurso de Proyectos Integrales para la Concesion al Sector Privado de las Obras de Trasvase del Proyecto Olmos, de acuerdo con las disposiciones del Texto Unico Ordenado de las Normas con Rango de Ley que Regulan la Entrega en Concesion al Sector Privado de las Obras Publicas de

Articulo 2º.- La concertacion de las operaciones de endeudamiento externo indicadas en el articulo precedente debera sujetarse a la legislacion vigente sobre endeudamiento publico y estaran incluidas dentro del limite MORDAZA de concertacion de endeudamiento que se establecera mediante la Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004. Articulo 3º.- Dejese sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 316-2002-EF/10. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 15697

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.