Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2003 (22/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, viernes 22 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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dad con el articulo 118º, inciso 21) de la Constitucion Politica del Peru y articulos 16º y 18º del Decreto Supremo Nº 015-2001-JUS; Que es necesario designar al Secretario Especializado de MORDAZA Presidenciales de la Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 19º del Decreto Supremo Nº 015-2001-JUS modificado por Ley Nº 27594, y Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, a la doctora RIFKA MORDAZA BARACK MORDAZA como Secretaria Especializada de MORDAZA Presidenciales de la Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 15588

MIMDES
Autorizan adquisicion de leche en MORDAZA comercial para la atencion de ninos beneficiarios del PACFO, mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA ALIMENTARIA RESOLUCION JEFATURAL Nº 422-2003-PRONAA/J MORDAZA, 21 de agosto de 2003 VISTOS: Los Informes Tecnico y Legal Nºs. 889-2003-GT/PRONAA, y 263-2003-OJ/PRONAA de fecha 21 de agosto de 2003, emitidos por la Gerencia Tecnica y la Oficina Juridica, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 034-2002-PCM, publicado el 14 de MORDAZA de 2002, se dispone, fusionar bajo la administracion del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria, entre otros Programas administrados por el Instituto Nacional de Salud, al Programa de Complementacion Alimentaria para Grupos en Mayor Riesgo - PACFO, cuyo objetivo es prevenir la desnutricion, evitando danos irreversibles e irreparables en el crecimiento y desarrollo intelectual de aproximadamente 324,788 ninos, de 6 a 36 meses de edad, residentes en el ambito administrado por quince (15) Gerencias Locales, ubicadas en nueve (9) departamentos del pais; Que, de acuerdo a lo manifestado por la Gerencia Tecnica en el Informe Nº 889-2003-GT/PRONAA, se ha generado un problema en la adquisicion de papilla, producto preelaborado, en polvo cocido, de reconstitucion instantanea y homogenea, llegando a obtener una mezcla fortificada, que constituye la unica racion alimentaria del Programa PACFO, lo cual ha ocasionado el desabastecimiento parcial del citado producto agroindustrial, que impide la atencion de aproximadamente 57,855 ninos del mencionado Programa; Que, de conformidad a lo expuesto por el mencionado Organo Tecnico, las dificultades tienen su origen en diversos reclamos por parte de las pequenas y medianas empresas, que observa los criterios de evaluacion para la preseleccion de plantas procesadoras de papilla, aduciendo que estos los desfavorecian; por lo que, ha resultado necesario modificarlos, a efectos de realizar un MORDAZA de Adquisicion que se adecue a los principios de

transparencia, de trato MORDAZA e igualitario, libre competencia y eficiencia, asi como lograr la compra de un producto que reuna los requisitos de calidad optimos; Que, atendiendo a que la papilla es un producto alimenticio que, por su naturaleza y por estar dirigido a la poblacion infantil de 6 a 36 meses, su produccion requiere de estandares que aseguren la calidad e inocuidad del producto; que este alimento es unico en el MORDAZA, toda vez que ha sido formulado para complementar y contribuir a la adecuada nutricion infantil, es decir, cuando la adquisicion es llevada por la Entidad Publica que ejecuta el PACFO; y, que su MORDAZA de adquisicion, produccion y certificacion de calidad se realizan en un periodo prolongado de tiempo, por lo que, se requiere sustituir su compra por la cantidad de 521,852.10 kilogramos de leche en MORDAZA comercial, valorizada en la suma aproximada de S/. 2'545,620.00 a fin de lograr la atencion, a los 57,855 ninos beneficiarios del Programa PACFO, por el periodo de treinta (30) dias, en tanto se efectua el MORDAZA de Adquisicion regulado por la Ley Nº 27060, Ley que Establece la Adquisicion Directa de Productos Alimenticios del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria, a los Productores Locales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-99-PROMUDEH, conducente a la compra de papilla; Que, ante los hechos descritos en los parrafos precedentes, surge la necesidad de declarar en Situacion de Urgencia la adquisicion de un producto que sustituya a la papilla, producto no disponible, a traves de la emision de la presente Resolucion Jefatural, en concordancia con lo dispuesto por los articulos 19º (inciso c), 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y por el articulo 108º de su Reglamento, modificado por Decreto Supremo Nº 079-2001PCM, en tanto culmine el MORDAZA para la compra de papilla regulado por la Ley Nº 27060, Ley que Establece la Adquisicion Directa de Productos Alimenticios del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria, a los Productores Locales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-99-PROMUDEH; Que, mediante el Informe Tecnico MORDAZA senalado, la leche en su MORDAZA comercial resulta el producto sustituto adecuado para el presente caso; Que, debido a las consecuencias generadas por la situacion descrita, resulta necesario comunicar a la Contraloria General de la Republica y al Organo de Auditoria Interna del PRONAA, a fin que implementen las medidas pertinentes; Con las visaciones de la Oficina Juridica, Oficina de Administracion, Gerencia Tecnica, Gerencia de Operaciones y de la Direccion Ejecutiva; Estando a las atribuciones conferidas al Jefe del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, senaladas en los incisos h) y j) del articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones del PRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2001-PROMUDEH; y, de conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM, respectivamente; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Urgencia la adquisicion de la cantidad de 521,852.10 kilogramos de leche en MORDAZA comercial, valorizada en la suma aproximada de Dos Millones Quinientos Cuarenta y Cinco Mil Seiscientos Veinte y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2'545,620.00) a fin de lograr la atencion a los 57,855 ninos, beneficiarios del Programa de Complementacion Alimentaria para Grupos en Mayor Riesgo - PACFO, por el periodo de treinta (30) dias. Articulo Segundo.- EXONERAR la referida adquisicion de los requisitos del MORDAZA de Licitacion Publica instaurados por la Legislacion vigente, debiendo realizarse bajo la modalidad del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo Tercero.- AUTORIZAR al Comite Especial Permanente de la Sede Central del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, a efectos que realice el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, destinados a la adquisicion de la leche en MORDAZA comercial segun lo regulado por los articulos precedentes, debiendo observar estrictamente las for-

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