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PÆg. 250136 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de agosto de 2003 malidades establecidas en el artículo 105º del Regla- mento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM e informar sobrelos resultados del Proceso de Selección a su término, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- REMITIR a la Contraloría General de la República copia de la presente Resolución y del Informe Técnico y Legal, en el término de diez (10) días calendario siguiente a la fecha de su aprobación. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina de Admi- nistración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y el cumplimiento de lo dispues-to en el Artículo Cuarto, bajo responsabilidad. Artículo Sexto.- Autorizar a la Oficina de Informática del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRO-NAA, para que se encargue de la publicación de la pre- sente Resolución Jefatural en la página WEB de esta En- tidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO SALINAS RIVERA Jefe del PRONAA 15673 RELACIONES EXTERIORES Aceptan renuncia al cargo de Embaja- dor Extraordinario y Plenipotenciario del Perœ en la Repœblica Federal de Alemania RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 212-2003-RE Lima, 21 de agosto de 2003CONSIDERANDO: Que por Resolución Suprema Nº 112-2002-RE de 18 de marzo del 2002 se nombró al ingeniero Alfredo Novoa Peña, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciariodel Perú en la República Federal de Alemania; VISTA:La carta de renuncia presentada por el ingeniero Al- fredo Novoa Peña al cargo de Embajador Extraordinarioy Plenipotenciario del Perú en la República Federal de Alemania; Y, estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el ingeniero Alfredo Novoa Peña,al cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Federal de Alemania. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 15704 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0699-2003-RE Mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/153, el Ministerio de Relaciones Exteriores solicita se publique fe de erra-tas de la Resolución Ministerial Nº 0699-2003-RE, publi- cada en nuestra edición del día 13 de agosto de 2003, en la página 249719.DICE: CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2003-PCM,... DEBE DECIR: CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2003-EF,... 15648 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Aprueban creación del ComitØ Directi- vo Nacional para la Prevención yErradicación del Trabajo Infantil RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 018-2003-TR Lima, 21 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Estado Peruano ha ratificado los Convenios Nº 138 sobre Edad Mínima de Admisión al Empleo y el Convenio Nº 182 sobre Prohibición de las peores formasde trabajo infantil, los que constituyen instrumentos in- ternacionales que obligan al Estado a adoptar medidas urgentes, inmediatas y eficaces para la prevención y eli-minación del trabajo infantil; Que, la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 86º reunión, celebrada en 1998 establece el principiode abolición efectiva del trabajo infantil; Que, mediante el Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno Peruano y la Organización Internacio- nal del Trabajo - OIT suscrito el 31 de julio de 1996, se acordó ejecutar a nivel nacional actividades destinadasa la erradicación progresiva del trabajo infantil, conforme al marco del Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil; Que, el 11 de diciembre del 2002, con la renovación del Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno delPerú, representado por el Ministerio de Trabajo y Promo- ción del Empleo y la Organización Internacional del Tra- bajo, representada por la Oficina Internacional del Traba-jo, se reitera el compromiso nacional por la erradicación del trabajo infantil; Que, en tal sentido el referido Memorándum estable- ce que para coordinar, evaluar y dar seguimiento a los esfuerzos a favor de la eliminación progresiva del trabajoinfantil en el país, el Gobierno Peruano a través del Mi- nisterio de Trabajo y Promoción del Empleo se compro- metió a crear un Comité Directivo Nacional conformadopor representantes de ministerios e instituciones públi- cas, representantes de organizaciones de trabajadores y de empleadores y de otras organizaciones no guberna-mentales y, en calidad de asesores, representantes de la Organización Internacional del Trabajo - OIT, y otras or- ganizaciones internacionales; Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo tiene como objetivo asegurar la plena conformidad de lasnormas y prácticas nacionales en materia laboral a los estándares y normas establecidas por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), de conformidad con lodispuesto en la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Tra- bajo y Promoción del Empleo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27711, Ley Orgánica del Mi- nisterio de Trabajo y Promoción del Empleo, y su Regla-mento de Organización y Funciones aprobado por Reso- lución Ministerial Nº 173-2002-TR;