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PÆg. 250332 NORMAS LEGALES Lima, martes 26 de agosto de 2003 elevado el expediente a la Presidencia del Consejo Supe- rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, a fin queemita pronunciamiento, razón por la cual el procedimientoselectivo ha sido suspendido hasta nuevo aviso, conformefluye del Aviso de Postergación publicado en el Diario Ofi-cial El Peruano y El Comercio, el 17 de agosto del presenteaño; Que, con relación al Servicio de Transporte Aéreo a tra- vés de pasajes nacionales e internacionales, reservacionesy servicios conexos a nivel nacional: con fecha 25 de mayodel presente año se publicó el Aviso de la Primera Convo-catoria del Concurso Público Nº 001-2003-GG-PJ, el mis-mo que el 24 de junio último fue declarado desierto por elnúmero mínimo de postores, conforme lo dispone el artícu-lo 32º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado; Que, el 10 de julio del presente año, se inició la Se- gunda Convocatoria del Concurso Público Nº 001-2003-GG-PJ, proceso que también fue declarado desierto el 12de agosto del presente año, por el número mínimo de pos-tores, razón por la cual se está evaluando las causas quemotivaron dicha declaratoria antes de convocar nuevamen-te, en cumplimiento de lo señalado por el artículo 32º delTexto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado; Que, de lo expuesto precedentemente, resulta evidente que las causas que vienen motivando el retraso en la culmi-nación de los procesos de selección, escapan al dominio dela Entidad, impidiendo que se pueda contar con los serviciosde limpieza y transporte aéreo de manera regular, y por tanto,persiste la necesidad de tomar una acción rápida para contra-tar lo indispensable a fin de paliar la urgencia; Que, en ese contexto, la Subgerencia de Logística de la Gerencia de Administración y Finanzas de la Gerencia Generaldel Poder Judicial, solicita la declaración de la situación de ur-gencia por el plazo de 90 días calendario, autorizándoles a efec-tuar la contratación de los referidos servicios a través de unprocedimiento de Menor Cuantía, hasta por el valor referencialascendente a S/. 929,038.58 (novecientos veintinueve mil trein-tiocho con 58/100 nuevos soles), desagregado de la siguientemanera: 1) Servicio de Limpieza: S/. 774,038.58 (setecientossetenticuatro mil treintiocho con 58/100 nuevos soles); 2) Ser-vicio de Transporte Aéreo: S/. 155,000.00 (ciento cincuenticin-co mil y 00/100 nuevos soles); Que, las adquisiciones y contrataciones se deben ce- lebrar previo proceso de selección y según las etapas es-tablecidas en el artículo 49º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo sanciónde nulidad. Sin embargo, en la actividad cotidiana de laadministración pública se producen determinadas adqui-siciones o contrataciones que por sus características nocumplen con las exigencias deparadas a otras similares,denominándose adquisiciones o contrataciones exonera-das de procesos de selección; Que, en tal sentido, el inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, establece que están exoneradosde los procesos de Licitación Pública, Concurso Público oAdjudicación Directa, según sea el caso, las adquisicionesy contrataciones que se realicen en situación de urgenciadeclarada conforme a ley; Que, según el artículo 21º de la acotada norma, se consi- dera situación de urgencia cuando la ausencia extraordinariae imprevisible de determinado bien o servicio compromete enforma directa e inminente, la continuidad de los servicios esen-ciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene asu cargo. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisicióno contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiem-po o cantidad, según sea el caso, necesario para llevar a caboel proceso que corresponda; Que, asimismo, de acuerdo al artículo 108º, numeral 2) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, la situación de urgencia debe entenderse comouna medida temporal ante un hecho de excepción que de-termina una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo in-dispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que serealice el respectivo proceso de selección para las adquisi-ciones y contrataciones definitivas; Que, según fluye de los antecedentes, el riesgo de no con- tar con los servicios en referencia, es consecuencia de hechosextraordinarios e imprevistos, habida cuenta que, la suspen-sión del proceso de selección por observaciones no acogidas,así como las declaratorias de desierto, por sus fundamentos,se constituyen en eventos desconocidos e inesperados para laEntidad, razón por la cual se ha originado el peligro que la ad-ministración de justicia y la gestión administrativa en las dife-rentes sedes del país se vean interrumpidas;Que, de lo señalado anteriormente, se concluye la exis- tencia de dos elementos importantes que permiten confi-gurar la situación de urgencia, a saber: a) la interrupciónde servicios que vienen siendo prestados; y, b) la presen-cia de hechos imprevisibles y extraordinarios que origi-nan tal interrupción; Que, a través del Informe Nº 007-2003-AS-SL-GAF-GG/ PJ, el Área de Servicios de la Subgerencia de Logística sustenta técnicamente la urgente necesidad de efectuar las contrataciones de los servicios de Limpieza en los localesdel Poder Judicial de la Zona Lima, como de TransporteAéreo a través de pasajes nacionales e internacionales,reservaciones y servicios conexos a nivel nacional, todavez que dichos servicios no pueden dejar de atenderse o suspenderse, por cuanto perjudicarían el normal desarro- llo de las labores judiciales y administrativas; situación quepuede generar un grave perjuicio a la Institución, por lo queresulta procedente contratar dichos servicios, del modo másexpeditivo posible y de acuerdo a la Ley vigente de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 116º del Re- glamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, las adquisiciones y contrataciones exoneradas, seefectúan mediante el proceso de Adjudicación de MenorCuantía, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 105ºdel referido cuerpo reglamentario; Que, es de mencionar que la normativa vigente en ma- teria de contrataciones gubernamentales precisa cuálesson los procesos de selección, por lo que en tanto se rea-licen los procesos de selección correspondiente a cadauno de los servicios submateria, es indispensable realizarel proceso de menor cuantía como una acción rápida para contratar los servicios por el período necesario, lo cual debe ser autorizado por el Titular del Pliego derivado deuna declaratoria de urgencia, como una medida temporalante un hecho de excepción; Que, la Jefatura de Asesoría Legal de la Gerencia Ge- neral del Poder Judicial, mediante Informe Legal Nº 206- 2003-OAL-GG-PJ, opina por la procedencia de la exone- ración de acuerdo a lo señalado por el inciso c) del artícu-lo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, en concordancia con elartículo 108º de su Reglamento, toda vez que se cumplencon los requisitos para la aplicación de la causal de exo- neración por situación de urgencia; Que, habiéndose revisado y encontrado conforme el Informe Técnico Nº 007-2003-AS-SL-GAF-GG/PJ y el In-forme Legal Nº 206-2003-OAL-GG/PJ, se concluye quees procedente declarar en situación de urgencia, la con-tratación de los servicios de limpieza y transporte aéreo, por un plazo de 90 días calendario o hasta la suscripción de los contratos relacionados con los citados procesos deselección, lo que ocurra primero; Que, a través del Memorándum Nº 051-2003-AP-SL-GAF- GG/PJ, el Área de Programación de la Subgerencia de Lo-gística aprueba la disponibilidad presupuestaria, con cargo a los recursos ordinarios; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19º, 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM, en concordancia con los artí-culos 105º, 108º, 113º, 114º, 115º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y en uso de las facultades conferidas por ley; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en SITUACIÓN DE UR- GENCIA la contratación del Servicio de Limpieza para loslocales del Poder Judicial - Zona Lima y el Servicio de Trans-porte Aéreo a través de Pasajes Nacionales e Internacio-nales, Reservaciones y Servicios Conexos a nivel nacio-nal, por el plazo de 90 días calendario o hasta la suscrip-ción de los contratos relacionados con los correspondien-tes Concursos Públicos, lo que ocurra primero; entendién-dose dicho plazo desde el otorgamiento de la buena pro enlos procesos de menor cuantía. Artículo Segundo.- El valor referencial de los servicios señalados en el artículo anterior, por el período referido, as- ciende a la suma de: S/. 929,038.58 (novecientos veintinue-ve mil treintiocho con 58/100 nuevos soles), desagregado dela siguiente manera: Servicio de Limpieza S/. 774,038.58(setecientos setenticuatro mil treintiocho con 58/100 nuevos soles); Servicio de Transporte Aéreo S/. 155,000.00 (ciento cincuenticinco mil y 00/100 nuevos soles); fuente de finan-ciamiento: Recursos Ordinarios. Artículo Tercero.- Las Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el artículo primero, se realizarán a través deprocesos de selección de adjudicación de menor cuantía,