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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (26/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 14

PÆg. 2 ANTEPROYECTO Lima, martes 26 de agosto de 2003 N° EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 27790, se ha creado el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, el mismo que tiene entre sus funciones, regular la actividad turís-tica con el fin de impulsar su desarrollo sostenible; Que, en el marco del proceso de descentralización, resulta necesario adecuar las normas que regulan a losprestadores de servicios turísticos, con los objetivos sectoriales; Que, el país cuenta con zonas que poseen caracte- rísticas específicas para el desarrollo de las actividades vinculadas al turismo de aventura, como la escalada en roca y en hielo, por lo que resulta necesario establecernormas que prevengan los riesgos inherentes a su prác- tica en el territorio nacional, así como garantizar la pro- tección del medio ambiente; Que, es necesario establecer las condiciones míni- mas que deben cumplirse para desempeñarse como guía de montaña, así como la obligatoriedad por parte deéstos últimos de mantener actualizados sus conocimien- tos, capacidad técnica y física para el mejor ejercicio de sus funciones; De conformidad con el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Estado; la Ley Nº 26961, Ley para el Desarrollo de la Actividad Turística y en la Ley N°27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébese el Reglamento de Guías de Montaña que consta de cuatro (4) Títulos, Quince (15) artículos, y Tres (3) Disposiciones Complementarias y Finales; el mismo que forma parte integrante del presen-te Decreto Supremo. Artículo 2°.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Economía y Finanzas y Mi-nistro de Comercio Exterior y Turismo. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a losAnteproyecto de Reglamento de Guías de Montaña EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Perú es un país que cuenta con una geografía muy atractiva y propicia para la práctica de activida- des vinculadas al turismo de aventura, entre las que destaca la escalada en roca y hielo, siendo la Cordillera Blanca (Ancash), la Cordillera de Vilcabamba (Cusco) y el Valle de los Volcanes (Arequipa), los principales escenarios en los que se suele desarrollar dicho deporte de aventura. La escalada en roca y en hielo es una actividad que demanda una gran exigencia técnica y por el lugar en que se desarrolla, requiere necesariamente de profesionales especializados para la conducción delas personas que desean practicarla, con el fin de salvaguardar la integridad física de las mismas y de prevenir la ocurrencia de situaciones de riesgo. En este sentido, considerando que las actividades deportivo - turísticas, como es la escalada en roca y en hielo, constituyen una modalidad de turismo, se pretende que nuestro país cuente con guías de montaña que puedan desempeñarse eficientemente y que la actividad se desarrolle con la máximaseguridad teniendo en cuenta nuestra particular geografía. El presente Anteproyecto, tiene como objetivo establecer las condiciones mínimas que deben tener los Guías de Montaña en la prestación de sus servicios; los requisitos y procedimiento para contar con la autorización respectiva; así como la necesidad de que los Guías de Montaña se encuentren perma- nentemente actualizados para el mejor desempeño de sus funciones. En el marco del proceso de descentralización y siendo competencia del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el regular las actividades de los prestadores de servicios turísticos, de conformidadcon la Ley N° 26961, Ley para el Desarrollo de la Actividad Turística, es que se ha elaborado el presente Anteproyecto de Guías de Montaña. ANTEPROYECTO DE REGLAMENTO DE GUÍAS DE MONTAÑA TÍTULO I DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN Y COMPETENCIA Artículo 1°.- Ambito de Aplicación Quedan sujetos a las normas del presente Reglamento todas las personas que ejerzan la actividad de Guía de Montaña en el territorio nacional. Artículo 2°.- Definiciones Para los efectos de lo dispuesto en presente Reglamen-to, se entenderá por: a) Escalada en roca o hielo .- Actividad del turismo de aventura, que consiste en ascender y descender montañas de hielo, roca, de roca y hielo (mixta), oterrenos verticales y semiverticales, superando dife- rentes dificultades que implican riesgo, siendo im- prescindible aplicar técnicas especiales, contar conequipos adecuados a la dificultad que se presente y con los servicios auxiliares correspondientes. c) Guía de Montaña .- Persona que ostenta el título de Guía de Montaña expedido por Centros de Forma- ción Superior o Institutos Superiores oficialmente re- conocidos y que cuenta con la capacidad técnica yfísica necesaria para conducir a los usuarios con seguridad y bajo responsabilidad en el ejercicio de actividades de escalada en roca y hielo. Asimismo,podrán conducir a los usuarios en las actividades de caminata. Los Guías Oficiales de Turismo y los Licenciados enTurismo podrán conducir en la escalada en roca y en hielo, siempre que hubieren seguido cursos de espe- cialización sobre la materia en los Centros de For-mación Superior o Institutos Superiores oficialmente reconocidos. d) Servicios Auxiliares .- Servicio ofrecido por perso- nas que poseen capacidad física, debidamente en- trenadas para prestar apoyo en el desarrollo de la actividad de escalada en roca y hielo a cargo de unGuía de Montaña. Los servicios auxiliares son los siguientes: 1. Cocinero.- Persona encargada de preparar los alimentos que consumen los turistas que realizan la actividad de escalada en roca y hielo, durante el desarrollo de la ruta señalada por el Guía deMontaña.