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PÆg. 250326 NORMAS LEGALES Lima, martes 26 de agosto de 2003 gias alternativas y reprogramación de acciones en los casos pertinentes. Las Actividades y recursos disponibles, del re-ferido plan operativo, serán reorientados para apoyar lo dis-puesto en la presente Directiva. 5.6 Los Jefes de las Oficinas monitorearán diariamente los avances de los trabajos para asegurar su calidad y cumplimien-to oportuno e informarán al Despacho Viceministerial de Ges-tión Institucional sobre los resultados intermedios y finales. 5.7 Cuando el caso lo requiera los Equipos de Trabajo, podrán solicitar el apoyo de personal de otras dependen-cias del Ministerio de Educación o Instituciones externas. 5.8 Los Coordinadores de los Equipos Técnicos son responsables el planeamiento, organización, conducción,control y reporte permanente del avance de los trabajos,así mismo están facultados para establecer las coordina-ciones a que hubiere lugar. VI. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Las Direcciones Nacionales y Oficinas del MED, brindarán las facilidades de información a los inte-grantes de los Equipos técnicos. Segunda.- La Oficina de Administración brindará el apoyo administrativo y logístico para el cumplimiento de lasresponsabilidades asignadas. Tercera.- Las Instancias Intermedias de Gestión facilita- rán la información y documentación necesarias para elmejor cumplimiento del Plan de Trabajo. VII. DISPOSICIÓN FINAL Cualquier situación no prevista en la presenté Directiva será coordinada por los Jefes de las Oficinas y autorizadaspor el Viceministerio de Gestión Institucional. Lima, 21 de agosto de 2003. NIDIA PUELLES BECERRA Viceministra de Gestión Institucional 15841 ENERGÍA Y MINAS Modifican conformación de la Comisión de Transferencia de Entrega del ministerio encargada de implementar Acuerdos de Gestión en Proyectos deElectrificación Rural RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 354-2003-MEM/DM Lima, 22 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 231-2003-EM/DM se conformó la Comisión de Transferencia de Entrega del Minis-terio de Energía y Minas, encargada de implementar los Acuer-dos de Gestión en Proyectos de Electrificación Rural a que serefiere el Anexo del Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM; Que, resulta necesario modificar la conformación de la citada Comisión de Transferencia; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y elDecreto Supremo Nº 025-2003-EM, Reglamento de Orga-nización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el Artículo 1º de la Resolu- ción Ministerial Nº 231-2003-EM/DM, quedando conforma-da la Comisión de Transferencia de Entrega del Ministeriode Energía y Minas, por los miembros siguientes: - Sr. Hans Flury Royle, Ministro de Energía y Minas, quien la presidirá. - Sr. José Eslava Arnao, Director Ejecutivo de Proyectos.- Sr. Luis Panizo Uriarte, Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica. - Sr. Ricardo Giesecke Sara-Lafosse, Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Esta-dística e Informática. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 15847MIMDES Designan Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pœblica de Huancayo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 490-2003-MIMDES Lima, 21 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES, se aprobó la conformación de los Directorios de las Socie-dades de Beneficencia y Juntas de Participación Social,los cuales están integrados, entre otros, por dos represen-tantes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MI-MDES, uno de los cuales debe presidirlo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 399-2003-MI- MDES de fecha 27 de junio de 2003, se designó al señorJosé Luis Cahuantico Salas, como Presidente del Directo-rio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Huancayo,resultando necesario dejar sin efecto la citada Resolución; Que, la Ley Nº 26918 -Ley del Sistema Nacional para la Población en Riesgo- establece que los Directores de lasSociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Participa-ción Social continúan en sus funciones, en tanto no seanexpresamente removidos de sus cargos, por lo que resultanecesario designar al nuevo Miembro del Directorio de lacitada Sociedad de Beneficencia, en representación delMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social; De conformidad con la Ley Nº 27793, Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES modificado por Decreto Supremo Nº013-2002-MIMDES, la Ley Nº 26918 y Decreto SupremoNº 002-97-PROMUDEH modificado por el Decreto Supre-mo Nº 004-2003-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 399-2003-MIMDES de fecha 27 de junio de 2003. Artículo 2º.- Designar, al señor DANIEL FRANCISCO ALFARO PATIÑO, como Presidente del Directorio de laSociedad de Beneficencia Pública de Huancayo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA ELENA TOWNSEND Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 15807 PRODUCE Modifican Código 29 del Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento San- cionador de las Infracciones en las Ac-tividades Pesqueras y Acuícolas DECRETO SUPREMO Nº 022-2003-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el artículo 29º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley Gene- ral de Pesca, señala que la actividad de procesamiento seráejercida cumpliendo las normas de sanidad, higiene y seguri-dad industrial, calidad y preservación del medio ambiente, consujeción a las normas legales y reglamentarias pertinentes; Que en el numeral 4.1 del artículo 4º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante el DecretoSupremo Nº 012-2001-PE, precisa que la actividad pes-quera y acuícola, para los efectos de la administración,comprende todas las actividades que directa o indirecta-mente tienen por objeto la utilización de los recursos vivosdel mar y de las aguas continentales; Que asimismo, el numeral 4.2 del artículo citado en el considerando precedente, señala que el Ministerio de la Pro-ducción es el encargado de velar por el cumplimiento de lasnormas referidas a la sanidad y calidad de los productospesqueros, a la seguridad e higiene industrial pesquera; Que el artículo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, establece que las personas naturales o jurídicas que