Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2003 (02/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

MORDAZA, martes 2 de diciembre de 2003

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Prorrogan plazo para la obtencion del Beneficio de Regularizacion Tributaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales a que se refiere la Ordenanza Nº 017-MDPP
ORDENANZA Nº 018 MORDAZA MORDAZA, 30 de noviembre de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha, reviso la solicitud presentada por la Gerencia de Rentas por intermedio del senor MORDAZA, al MORDAZA de lo dispuesto por el inciso 4) del articulo 20º de la Ley Nº 27972, para que proceda con la aprobacion de la prorroga de los plazos para la obtencion del Beneficio Tributario dispuesto mediante la Ordenanza Nº 017-MDPP; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 9) del articulo 9º y el inciso 5) del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por mayoria la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA EL PLAZO PARA LA OBTENCION DEL BENEFICIO ESTABLECIDO MEDIANTE ORDENANZA Nº 017-MDPP Articulo Primero.- PRORROGAR los plazos para la obtencion del BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA, dispuestos mediante Ordenanza Nº 017-MDPP, de fecha 24 de noviembre del 2003. Articulo Segundo.- MODIFICAR los plazos establecidos en los articulos MORDAZA y Decimo MORDAZA de la Ordenanza Nº 017-MDPP, siendo el termino de los mismos el dia 19 de diciembre del 2003. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente dispositivo a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Servicio de Administracion Tributaria y a la Gerencia de Administracion. Registrese, comuniquese y cumplase. RENNAN S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22440

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO; VISTOS, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 25 de noviembre de 2003; y, CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Nº 056-MSI publicada el 4 de noviembre de 2003, se establecen facilidades para la regularizacion de obligaciones sustanciales y/o formales, siendo aplicable para todas aquellas personas que tengan pendiente de pago sumas derivadas de obligaciones tributarias (tributos y multas) o no tributarias (multas administrativas) vigente hasta el 30 de noviembre de 2003; Que, es politica de la presente administracion brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones sustanciales y formales MORDAZA de naturaleza tributaria y administrativa; Que, es funcion del Municipio conforme a lo dispuesto en el articulo 82º de la Ley Organica de Municipalidades, el contribuir al fortalecimiento de la educacion, promoviendo el desarrollo humano sostenible en el nivel local, vigorizando y propiciando el desarrollo de comunidades educadoras, permitiendo el fortalecimiento del MORDAZA solidario, orientado hacia el desarrollo de la actividad educadora; Que, es necesario otorgar las mayores facilidades a los centros educativos particulares del distrito a fin de que cumplan con sus obligaciones tributarias y administrativas pendientes de pago; Que, el articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza podran condonar los intereses y sanciones en forma general a sus contribuyentes; En uso de las facultades conferidas por el articulo 9º de Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, Decreto Supremo Nº 135-99-EF, Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion de acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 4º Y 8º DE LA ORDENANZA Nº 056-MSI Articulo Primero.- MODIFICAR el articulo 4º de la Ordenanza Nº 056-MSI, el cual quedara redactado de la siguiente manera: Articulo Cuarto.- De las deudas tributarias Las facilidades concedidas en materia tributaria se aplican como sigue: 1. De las obligaciones tributarias sustanciales: Por el pago al contado de los impuestos y arbitrios que constituyen renta propia de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, se condonara el cien por ciento (100%) de los intereses y reajustes aplicables, correspondiendo abonar el importe del tributo insoluto restante como sigue: Por el pago al contado de los arbitrios devengados hasta el 31 de diciembre de 1998, se condonara tambien el sesenta por ciento (60%) del tributo insoluto, correspondiendo abonar el cuarenta por ciento (40%) del tributo insoluto restante. Por el pago al contado de los arbitrios devengados del ejercicio 1999, se condonara el cincuenta por ciento (50%) del tributo insoluto, correspondiendo abonar el cincuenta por ciento (50%) del tributo insoluto restante. Por el pago al contado de los arbitrios devengados del ejercicio 2000, se condonara el cuarenta por ciento (40%) del tributo insoluto, correspondiendo abonar el sesenta por ciento (60%) del tributo insoluto restante. Por el pago al contado de los arbitrios devengados del ejercicio 2001, se condonara el treinta por ciento (30%) del tributo insoluto, correspondiendo abonar el setenta por ciento (70%) del tributo insoluto restante. Por el pago al contado de la tasa a la Licencia de Funcionamiento, o Licencia de Funcionamiento Provisional (Decreto Legislativo Nº 705) o Licencia Municipal Especial, se condonara el cien por ciento (100%) de los intere-

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 056-MSI, que establecio facilidades para la regularizacion de obligaciones sustanciales y/o formales de contribuyentes con pagos pendientes
ORDENANZA Nº 061-MSI EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA

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