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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G33/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 2 de diciembre de 2003 ANEXO Nº 1 POLÍTICA REMUNERATIVA DEL BANCO DE LA NACIÓN Aprobada por Acuerdo de Directorio Nº 015-2003/008-FONAFE 1. ESCALA REMUNERATIVA CATEGORÍA Remuneración Mensual Básica Máxima GERENTE GENERAL 7,450.00 GERENTE 5,350.00 SUBGERENTE 2,760.00 APODERADO 2,300.00 FUNCIONARIO 1,242.00 PROFESIONAL 1,769.00 TÉCNICO 1,275.00 OFICINISTA 1,143.00 SERVICIO 1,011.00 2. CONCEPTOS REMUNERATIVOS - Doce (12) remuneraciones básicas mensuales. - Dos (2) gratificaciones ordinarias (julio y diciembre). - Dos (2) gratificaciones por vacaciones. - Una (1) gratificación por escolaridad.- Una (1) gratificación por 25 años de servicios: Se paga al cumplir 25 años de servicios efectivos prestados a la institución. - Compensación por Tiempo de Servicio. - Bonificación Decreto Supremo Nº 117-98-EF / Decre- to Supremo Nº 010-2002-EF S/. 164.00. Catorce (14) ve-ces al año, como extensión de las Bonificaciones Especia- les otorgadas a los pensionistas de la institución. - Bonificación Decreto Supremo Nº 143-99-EF / Decre- to Supremo Nº 010-2002-EF S/.174.00. Catorce (14) ve- ces al año, como extensión de las Bonificaciones Especia- les otorgadas a los pensionistas de la institución. - Asignaciones. - Por Convenio Colectivo- Refrigerio: S/. 0.75 diario (21 días computables). - Movilidad: S/. 2.00 diario (21 días computables).- Casado: S/. 2.50 al mes. - Hijo: S/. 1.50 al mes. - Madre Viuda: S/. 1.50 al mes.- Escolar: S/. 1.50 mensual por cada hijo en edad escolar hasta 18 años de edad. - Prima de Caja: S/. 60.00 mensual.- Adicionalmente se otorga al personal una Asignación por Sepelio equivalente a S/. 500.00 en los casos de falle- cimiento del cónyuge, hijo o padres del trabajador. - Por Mandato Legal. - Productividad por Convenio: Concepto que se origi- nó en el laudo arbitral que dio solución al Convenio Co- lectivo del año 1994 y fue luego regulada por las Reso- luciones Supremas Nº 121-95-EF, Nº 009-97-EF yNº 224-98-EF, y la Resolución Ministerial Nº 075-99, al- canzando la suma de S/. 450.00 mensuales. Con la da- ción de los Decretos Supremos Nº 168-2001-EF yNº 010-2002-EF, pasaron a formar parte de la remunera- ción básica las cantidades de S/. 220.00 y S/. 230.00, a partir del 1 de enero de 2001 y 1 de enero de 2002, res-pectivamente. - Productividad Gerencial: Concepto que se viene otor- gando desde 1994 en función a la asistencia, permanenciay puntualidad y a la evaluación del desempeño laboral, se- gún la escala proveniente de la aplicación de las Resolu- ciones Supremas Nº 104-94-EF, Nº 121-95-EF y Nº 009-97-EF. - Incremento Resolución Suprema Nº 224-98-EF: Otor- gado por la solución de los convenios colectivos de los años1997 y 1998. La forma de cálculo para estos conceptos fue de la siguiente manera:a) Para el año de 1997, se tomó como Base de Cál- culo el total de las remuneraciones a diciembre de 1996, tomando como factor el índice de precios al consumidorque ascendió a 11.84%, con la condición de tener contratovigente al 1/1/97. b) Para el año de 1998, se tomó como Base de Cálculo el total de las remuneraciones a diciembre de 1997, toman-do como factor el índice de precios al consumidor que as- cendió a 6.47%, con la condición de tener contrato vigente al 1/1/98. c) A la suma total de a) y b) se dedujo la cantidad de S/. 864.34 que fue a formar parte de la Productividad porConvenio. El monto restante se paga en 2 oportunidadesal año: junio y diciembre, de similar forma en que se can-cela la Productividad Gerencial. - Otros - Horarios Especiales: Beneficio equivalente a S/.7.50 por hora de exceso a la labor ordinaria, alcanza sólo a losfuncionarios que no perciben compensación por trabajo enhoras extraordinarias - Uniforme: Condición de trabajo cuyo origen es el Con- venio Colectivo ratificado el año 1993 y comprende actual-mente lo siguiente: - Caballeros: Un Terno, compuesto por saco, dos pan- talones, dos camisas y un par de zapatos. - Damas: Un saco, dos faldas, un chaleco, dos blusas y un par de zapatos. - Asignación Extraordinaria Extra Escolar: Beneficio establecido en el Convenio Colectivo del año 1993; se per-cibe una vez al año por todo trabajador con hijos en edad escolar, de 4 a 18 años por un monto fijado en S/. 45.00 anuales. - Beneficios no remunerativos:- Refrigerio S/. 0.50 por día, en caso de realizar horas extras. - Seguro Médico Familiar con cargo al Fondo de Em- pleados. - Canasta Navideña (1 al año).- Vales Pavo (1 al año).- Presente Navideño a hijos menores de 12 años (sólo personal activo). 3. BONIFICACIONES - Bonificación por Convenio Colectivo: Los porcentajes señalados se calculan sobre un monto fijo ascendente a S/. 179.38. - De 05 a 10 años de servicios 3.5%. - De 10 y 01 día a 15 años de servicios 4.5%.- De 15 años y 01 día a 20 años de servicios 8.5%.- De 20 años y 01 día a 25 años de servicios 12.5%.- De 25 años y 01 día a 30 años de servicios 18.5%. - Bonificación proveniente de mandato legal: Se otorga a los trabajadores que adquirieron este derecho en virtud de las Leyes Nº 11725, Nº 24504 y Nº 26513, en las pro- porciones de 30% para los varones y 25% del haber bási-co para las mujeres que cumplieran 30 y 25 años de servi-cios, respectivamente. Siendo este beneficio de la mismanaturaleza que la Bonificación por tiempo de servicios porconvenio, sólo se paga el que resultase mayor para el tra- bajador. - Bono Extraordinario por Desempeño Laboral. De ca- rácter extraordinario y no remunerativo, aplicable sólo alejercicio 2003, sujeto a evaluación de desempeño. 4. TOPE DE INGRESO MÁXIMO ANUAL CATEGORÍA TIMA I S/.300,000.00