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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G33/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 2 de diciembre de 2003 registral el Registrador Público y el Tribunal Registral; por lo que en contra de lo resuelto por el Tribunal Registral solose podrá interponer demanda contencioso administrativaante el Poder Judicial, de acuerdo al artículo 218º de la LeyNº 27444. Consecuentemente, contra las resoluciones delTribunal Registral no procede recurso administrativo algu- no, ante el Tribunal Fiscal, por temas relativos a derechos registrales”. Criterio adoptado en la Resolución Nº 151-2003- SUNARP-TR-A del 19 de setiembre de 2003. 22308 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G20/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G2D /G74/G65/G6D/G61/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G2D /G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G70/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G56/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G5A/G6F/G6E/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G20/G4E/GBA/G20/G58/G49/G20/G2D/G20/G53/G65/G64/G65/G20/G49/G63/G61/G20/G79/G20/G61/G70/G72/G75/G65/G2D/G62/G61/G6E/G20/G73/G75/G20/G69/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G78/G74/G72/G61/G6E/G65/G74/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G53/G55/G4E/G41/G52/G50 RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 555-2003-SUNARP/SN Lima, 27 de noviembre de 2003CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 1º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado,se declaró al Estado Peruano en proceso de moderni-zación en sus diferentes instancias, dependencias, en-tidades, organizaciones y procedimientos, con la fina-lidad de mejorar la gestión pública y construir un Esta- do democrático, descentralizado y al servicio del ciu- dadano; Que, dentro de ese marco la SUNARP viene desa- rrollando el Proyecto de Interconexión Nacional, con elobjetivo de reducir el tiempo de respuesta al requerimien-to de información registral, beneficiando a todos los usua-rios del Sistema Nacional de los Registros Públicos, ha-biéndose aprobado ya, por Resolución del Superinten- dente Nacional de los Registros Públicos Nº 043-2003- SUNARP/SN, el inicio del funcionamiento del serviciodenominado “Publicidad Registral en Línea”, el mismoque comprendía a nivel nacional la información de losRegistros de la Propiedad Inmueble, Personas Jurídicasy Personas Naturales; Que, por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 246-2003-SUNARP/SN, de fe- cha 26 de mayo de 2003, se aprobó la incorporación del Sistema de Registro Vehicular - SIR RPV, utilizado en laZona Registral Nº IX - Sede Lima, a la Extranet de laSUNARP, y por ende al Servicio de Publicidad Registral enLínea; Que, en la misma Resolución citada en el consideran- do precedente, se dispuso que en forma progresiva, y enun término no mayor a un año, se extienda el uso del Siste- ma de Registro Vehicular - SIR RPV, a las demás Zonas Registrales, incorporando el contenido de los correspon-dientes Registros de Propiedad Vehicular a la Extranet dela SUNARP, con la finalidad de permitir al público su con-sulta, por medio del Servicio de Publicidad Registral enLínea; Que, en ese sentido, habiendo concluido los trabajos de adecuación del Sistema Informático Registral para el Registro de Propiedad Vehicular - SIR RPV, utilizado por la Zona Registral Nº XI - Sede Ica, para su incorporación a laExtranet de la SUNARP, y por ende al Servicio de Publici-dad Registral en Línea, corresponde declarar su puesta enproducción, así como disponer su incorporación a la Ex-tranet de la SUNARP; Estando a lo dispuesto por el artículo 7º, literales d) y v), del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolu- ción Suprema Nº 135-2002-JUS, de fecha 11 de julio de 2002;SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar la puesta en producción del Sistema Informático Registral para el Registro de Propie-dad Vehicular - SIR RPV en la Zona Registral Nº XI - SedeIca, así como aprobar su incorporación a la Extranet de la SUNARP y al Servicio de Publicidad Registral en Línea, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional delos Registros Públicos Nº 043-2003-SUNARP/SN. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de losRegistros Públicos 22419 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C /G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G66/G69/G73/G2D /G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G33 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 374-2003-PRES Huacho, 17 de noviembre del 2003 VISTOS: El Memorándum Nº 314.B-2003-GRL/ SGRA, el Informe Nº 267-2003-GRL/GRPPAT, el Infor- me Nº 305-2003-GRL/GRPPAT, el Informe Nº 286-2003GRL/SGRA, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 027-2003-PRES, modificado por Resolución Ejecutiva Regio-nal Nº 036-2003-PRES, la Resolución Ejecutiva Regio-nal Nº 071-2003-PRES, la Resolución Ejecutiva Regio- nal Nº 208-2003-PRES, la Resolución Ejecutiva Regio- nal Nº 226-2003-PRES, la Resolución Ejecutiva Regio-nal Nº 332-2003-PRES y el Proveído de Gerencia Ge-neral Regional; y, CONSIDERANDO: Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno Regional de Lima, para el ejercicio pre-supuestal 2003, aprobado por Resolución Ejecutiva Regio-nal Nº 027-2003-PRES, modificado por Resolución Ejecu-tiva Regional Nº 036-2003-PRES, Resolución Ejecutiva Regional Nº 071-2003-PRES, Resolución Ejecutiva Regio- nal Nº 208-2003-PRES, Resolución Ejecutiva Regional Nº226-2003-PRES y por Resolución Ejecutiva Regional Nº332-2003-PRES, no fueron contempladas la ejecución deobras y la edición e impresión de calendario procesos quecorresponden a adjudicaciones directas selectivas, así como tampoco fue contemplada la repotenciación de maquinaria pesada que corresponde a una AdjudicaciónDirecta Pública, procesos contenidos en el Informe Nº 286-2003-GRL/SGRA y su cuadro adjunto; Que, mediante el Informe Nº 267-2003-GRL/GRPPAT se aprobó el calendario ampliado del mes de octubre del 2003; Que, mediante el Informe Nº 305-2003-GRL/GRPPAT se aprobó el calendario ampliado del mes de noviembredel 2003; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de cada Entidad, deberá preveer los bienes, servicios y obras que se reque-rirán durante el ejercicio presupuestal así como el montodel presupuesto requerido, señalando además que ésteserá aprobado por el Titular del Pliego; Que, conforme a las atribuciones contenidas en los ar- tículos 20º y 21º incisos d) y v) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867;