Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2003 (02/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, martes 2 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES
CONVOCATORIAS

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RECEPCION DE FORMULARIOS DE POSTULACION Hasta el 30 de diciembre del 2003 DIFUSION DE BENEFICIARIOS DEFINITIVOS A partir del 9 de enero del 2004

El Tope de Ingreso MORDAZA Anual (TIMA) comprende las remuneraciones, gratificaciones, bonificaciones, quinquenios, asignaciones, compensacion por tiempo de servicios (CTS) y cualquier otro concepto remunerativo, afin o similar de libre disponibilidad que perciba el trabajador incluyendo aquellos beneficios que se paguen al trabajador, aun cuando estos no tengan caracter remunerativo. El TIMA no comprende los bonos de productividad derivados de los convenios de gestion ni la participacion de utilidades, de ser el caso. ANEXO Nº 2 ESCALA EMPRESA NACIONAL DE PUERTOS S.A. - ENAPU S.A. Aprobada por Acuerdo de Directorio Nº 006-2003/011-FONAFE Nivel 1.1 1.2 1.3 1.4 2.1 2.2 2.3 3.1 3.2 4.1 4.2 22407 Remuneracion basica MORDAZA mensual (S/.) 7,540.00 6,989.00 6,409.00 4,894.04 4,651.60 4,239.80 3,863.96 867.46 865.67 862.10 856.74

PILOTO RENOVACION MORDAZA Adquisicion de vivienda

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA D. Secretario Ejecutivo 22404

INPE
Inician procedimiento disciplinario a servidor del INPE
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 732-2003-INPE/P MORDAZA, 6 de noviembre de 2003 VISTO, el Informe Nº 091-2003-INPE-CPPAD, de fecha 23 de octubre de 2003, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario, recepcionado por Secretaria General el 24 de octubre de 2003. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 1646-2003-INPE/OGA-ORH, de fecha de recepcion 16 de agosto de 2003, la Oficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional Penitenciario remite el Informe Nº 0217-2003-INPE/OGA-ORH-URyD de fecha 10 de setiembre de 2003, comunicando la situacion laboral del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien venia laborando en la Oficina de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, el mismo que habria incurrido en abandono laboral por ausencia injustificadas a su centro de labores; Que, del estudio y analisis del Informe Nº 0217-2003INPE/OGA-ORH-URyD de fecha de recepcion 15 de setiembre de 2003 y de los documentos que obran en el expediente, se advierte que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Especialista en Tratamiento de Inconductas Sociales, Nivel SPF, hizo abandono laboral por ausencias injustificadas por mas de tres dias consecutivos y cinco dias no consecutivos en un periodo de treinta dias calendario, asi como por mas de quince dias no consecutivos en un periodo de ciento ochenta dias calendario, segun se especifican a continuacion las fechas de inasistencias: Mes de MORDAZA de 2003, los dias 7, 8, 9, 10, 11, 14, 15, 25, 30 y 31; mes de agosto de 2003, los dias 1, 4, 5, 6, 7, 8, 11, 14, 15, 18, 19, 22, 25, 26, 27 y 28, y en el mes de setiembre, los dias 3, 4, 5, 8, 9, 10, 15, 16, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 25, 26, 29 y 30. Incumpliendo de esta manera dicho servidor sus obligaciones, y por consiguiente ha incurrido en faltas disciplinarias establecidas en el inciso b) del articulo 39º del Reglamento de Control de Asistencia, Puntualidad y Permanencia para los Trabajadores del Instituto Nacional Penitenciario, aprobado por Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 503-98-INPECR-P de fecha 16 de noviembre de 1998; Que, se ha evidenciado que existen suficientes elementos de juicio para determinar que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, habria incumplido sus obligaciones establecidas en el inciso c) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y por tanto ha incurrido en faltas de caracter disciplinarias previstas en el inciso k) del articulo 28º de la acotada MORDAZA legal; Estando a lo informado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, y contandose con

FONDO MIVIVIENDA
Modifican cronograma referido a la Convocatoria Piloto Techo Propio - Adquisicion de Vivienda Nueva en los Proyectos de Renovacion MORDAZA
RESOLUCION DE SECRETARIA EJECUTIVA Nº 061-SE-2003 MORDAZA, 28 de noviembre del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Secretaria Ejecutiva Nº 059-SE-2003 se aprobaron los cronogramas de la Sexta y Setima Convocatoria del Proyecto Techo Propio, Postulacion Individual en la modalidad de Adquisicion de Vivienda Nueva, asi como de la Convocatoria Piloto de Postulacion Colectiva en la modalidad de construccion en sitio propio y de la Convocatoria Piloto Techo Propio - Adquisicion de Vivienda Nueva en los Proyectos de Renovacion MORDAZA, Postulacion Individual o Colectiva; Que, por razones operativas y con el objeto de ampliar el plazo otorgado a los postulantes resulta necesario modificar el cronograma aprobado en la Resolucion mencionada en el considerando precedente, en lo referente a la Convocatoria Piloto Techo Propio - Adquisicion de Vivienda Nueva en los Proyectos de Renovacion Urbana; De conformidad con las Resoluciones Ministeriales Nº 242-2003-VIVIENDA, Nº 248-2003-VIVIENDA; SE RESUELVE: 1. Modificar el cronograma establecido en el primer numeral de la Resolucion de Secretaria Ejecutiva Nº 059-SE2003, en lo referente a la Convocatoria Piloto Techo Propio - Adquisicion de Vivienda Nueva en los Proyectos de Renovacion MORDAZA, segun el siguiente detalle:

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