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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G31/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 15 de diciembre de 2003 DEFENSA /G50/G61/G73/G61/G6E/G20/G61/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G74/G69/G72/G6F/G20/G61/G20/G43/G6F/G6D/G61/G6E/G64/G61/G6E/G2D /G74/G65/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 517-2003-DE/SG Lima, 14 de diciembre de 2003 Vista, la solicitud de pase a la Situación Militar de Retiro formulada por el General de Ejército ComandanteGeneral del Ejército CHIABRA LEÓN Roberto Enrique,por la causal "A su solicitud". CONSIDERANDO: Que, el pase a la Situación Militar de Retiro por la causal "A su solicitud", constituye un derecho del Perso-nal Militar de las Fuerzas Armadas contenido en el inci-so "j" del artículo 55º del Decreto Legislativo Nº 752 "LEYDE SITUACIÓN MILITAR DE LOS OFICIALES DEL EJÉRCITO, MARINA DE GUERRA Y FUERZA AÉREA"; Que, el artículo 66º establece que el que pasa a la situación de retiro permanecerá en la Reserva hasta pordos (2) años después de sobrepasado el límite de edadcorrespondiente a su grado; Que, el citado Oficial General no tiene impedimento para pasar a la Situación Militar de Retiro por la causal solicitada, tal como infiere el artículo 65º del referidoDecreto Legislativo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Le-gislativo Nº 752, LEY DE SITUACIÓN MILITAR DE LOS OFICIALES DEL EJÉRCITO, MARINA DE GUERRA Y FUERZA AÉREA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Pasar a la Situación de Retiro por la causal "A su solicitud", con fecha 14 de diciembre del 2003, al señor General de Ejército Comandante Generaldel Ejército CHIABRA LEÓN Roberto Enrique, con CIPNº 104979800, dándosele las gracias por los muy impor-tante servicios prestados a la Nación. Artículo 2º.- La presente Resolución será refrenda- da por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y archívese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 23309 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G6E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G41/G67/G72/G65/G67/G61/G64/G6F/G20/G4D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G79/G20/G41/GE9/G72/G65/G6F/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G6D/G62/G61/G6A/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G20/G42/G6F/G6C/G69/G76/G69/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1984-2003-DE/EP Lima, 12 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley del Ministerio de Defensa, artículo 4º in- ciso f) ha previsto entre sus funciones, la de participar y fomentar la implementación de políticas y acuerdos in- ternacionales, destinados a garantizar la Defensa Re-gional y Seguridad Hemisférica; Que, la concepción contemporánea de Seguridad y Defensa Nacional tiene directa relación con los temasde política exterior, en el contexto de sistema de seguri- dad colectiva en el ámbito regional y de seguridad coo- perativa en el ámbito hemisférico;Que, en tal sentido y en atención al nuevo marco legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la implementaciónde políticas y acuerdos bilaterales o multilaterales destinados a garantizar la Defensa Regional y la Seguridad Hemisférica; Que, estas variables plantean el desafío de las Fuerzas Armadas profesionalizadas para que desarrollen sus activida- des en el marco del accionar conjunto e interoperativo, en ob- servancia de los estándares internacionales en la misión cons-titucional conferida a estos cuerpos de seguridad; Que, en atención a los lineamientos que en materia Militar han sido diseñados por la Organización de las Naciones Uni-das y la Organización de Estados Americanos, reviste la im- portancia la interrelación en el ámbito castrense, la misma que es sugerida por el Consejo de Seguridad Hemisférica de laOrganización de Estados Americanos; Que, en el informe final de la comisión para la Reestructu- ración Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado por Resolu-ción Suprema Nº 038-DE/SG incluye un Capítulo relacionado a “Aspectos de Política Exterior en relación a la Defensa Na- cional” en el que se hace referencia entre otros a la importan-cia de un sistema colectivo de Seguridad Regional; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno, respecto a las medidas de aus-teridad y racionalidad del gasto en el Sector Público, ha reducido al mínimo indispensable las autorizaciones de viaje del Personal de Oficiales Superiores, para que pres-ten servicios en las Agregadurías de Defensa y/o Milita- res acreditadas en el extranjero; Que, los Agregados de Defensa dependen del Jefe de Misión y actúan como asesores de éste, en toda ne- gociación y gestión que competa a su especialización, debiendo cumplir además las instrucciones que les im-partan, entre las que deben destacarse las señaladas en los considerandos precedentes; Que, con Resolución Ministerial Nº 1676 DE/EP/CP- JAPE 1-1/ del 21 de octubre del 2002, se nombró al se- ñor Coronel de Ingeniería BRICEÑO CASTRO JUAN MA- NUEL, como Agregado Militar y Aéreo a la Embajadadel Perú en Bolivia, a partir del 1 de enero del 2003; Que, es necesario ampliar el nombramiento en Mi- sión Diplomática del señor Coronel de Ingeniería BRI-CEÑO CASTRO JUAN MANUEL, para que continúe prestando servicios como Agregado Militar y Aéreo a la Embajada del Perú en Bolivia de 1 de enero al 31 dediciembre del 2004; Que, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034-DE/SG de 21 de junio 2001 y la Resolución Ministerial Nº 1062-DE/CCFFAA de fecha 1 de diciembre de 1994, re- gulan los conceptos que se abonan al personal militar ycivil de las Fuerzas Armadas que viaja al exterior en Mi- sión Diplomática; y, Estando a lo opinado por el Comandante General del Ejército; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ampliar el nombramiento en Misión Di- plomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exte-riores, señor Coronel de Ingeniería BRICEÑO CASTRO JUAN MANUEL, CIP Nº 105776600 como Agregado Mi- litar y Aéreo a la Embajada del Perú en Bolivia, del 1 deenero al 31 de diciembre del 2004. Artículo 2º.- El citado Oficial Superior pasará a re- vistar a órdenes del Comando Administrativo del Cuar-tel General del Ejército, por el período que dure la Mi- sión Diplomática. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, estará a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la Misión enco- mendada, de acuerdo a la normatividad legal vigen-te. Artículo 4º.- El Comandante General del Ejército, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o términode la Misión Diplomática, sin exceder el período total es- tablecido. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 23260