TEXTO PAGINA: 20
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G32/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 15 de diciembre de 2003 cuentra incluido en el Informe Final del citado Estudio, no se incluye al referido profesional, por lo que se acor-dó no otorgar puntaje alguno; Que, de conformidad con la absolución de consultas, la sustentación de los trabajos profesionales propuestosdeben estar respaldados adjuntando copias simples de certificados constancias o contratos correspondiendo al Comité Especial efectuar las verificaciones correspon-dientes; Que, en tal sentido, habiendo verificado el Comité Es- pecial que el referido profesional no ha participado endicho Estudio, no corresponde otorgarle puntaje alguno; Que, asimismo, solicitan se le otorgue el máximo pun- taje en el rubro Plan y Programa de Trabajo, en el cual sele ha otorgado el puntaje de 3 puntos, en el rubro Recur-sos que se compromete a utilizar en el cual se le ha otor-gado 2 puntos y en el rubro Conocimientos e Investiga-ciones en la Zona del Estudio, en el cual se le ha otorga- do 1 punto; Que, de conformidad con el literal b) del numeral 28.3.1 de las Bases, referido al Plan y Programa de tra-bajo por desarrollar, cuya calificación máxima es de 5puntos, se calificará la forma y estrategia para desarro-llar el trabajo y lograr los objetivos y asimismo, la progra- mación en el tiempo estipulado tanto de actividades como del personal y otros recursos a emplear otorgándose 5puntos si es satisfactorio, 3 puntos si es regular y 0 pun-tos si es insatisfactorio; Que, de conformidad con el literal d) sobre Recursos que se compromete a emplear, cuya puntuación máxima es de 4 puntos, se asignarán los máximos puntajes que se indican de acuerdo a los equipos, instrumentos, soft-ware que el postor se obliga a emplear en el Proyecto yen función a su tecnología, precisión y concordancia conel servicio que se preste, siendo satisfactorio se le asig-nará el puntaje de 4 puntos, si es regular 2 puntos y 0 puntos si es insatisfactorio; Que, el numeral e) sobre Conocimiento e Investiga- ciones en la zona del Estudio señala que se calificará elresultado de las investigaciones que realice el postor enla zona donde se ejecutará el proyecto y que éstas nosólo deben circunscribirse al proyecto mismo sino debe- rán comprender las repercusiones de las regiones y po- blados involucrados y el puntaje se asignará con 3 pun-tos si es satisfactorio, 1 punto si es regular y 0 puntos sies insatisfactorio; Que, según se advierte del Informe del Comité Espe- cial, los recursos que se compromete a utilizar el postor son considerados por el Comité Especial insuficientes para la campaña de mediciones que se realizan fueradel alcance de las localidades en zonas donde no hayapoyo logístico y asimismo, se señala que no incluyeequipo de campaña el cual es importante y necesarioteniendo en cuenta las brigadas que permanecen en el campo y respecto a los conocimientos e investigaciones en la zona del estudio, señala el Comité Especial que elpostor no ha investigado la información disponible en elMinisterio de Transportes y Comunicaciones y en otrossectores respecto a dos temas de importancia que defi-nirían las condiciones de navegabilidad actual: El tráfico de embarcaciones actuales y las empresas transportis- tas fluviales y que no menciona las estadísticas de movi-miento de mercancías por el río Huallaga; Que, señala el Comité Especial que la propuesta del postor Hidráulica & Oceanografía Ingenieros Consulto-res S.A. - ECSA Ingenieros tiene planteamientos de al- ternativas para mejorar la navegabilidad así como iden- tifica los problemas que requieren darse solución paraincrementar los tráficos fluviales; así como propone unametodología de trabajo coherente con los objetivos delestudio, incluso propone la implementación del sistemaGIS para el río Huallaga así como la confección de car- tas electrónicas como innovación tecnológica, lo cual es de gran utilidad para los propósitos del Estudio; Que, asimismo señala el Comité Especial respecto a los tiempos de participación de los especialistas y el tiem-po de elaboración del estudio, según el cronograma detrabajo del postor Hidráulica & Oceanografía Ingenieros Consultores S.A. - ECSA Ingenieros se aprecia que una mayor parte en tiempo de ejecución del estudio corres-ponde a trabajos de campo y mediciones básicas, con lo cual el tiempo de participación de especialistas se redu-ce y es coherente con el cronograma de trabajo propuestoy que el tiempo propuesto de ejecución del proyecto de150 días calendario resulta coherente con el cronogra-ma propuesto; Que, como se ha señalado para la impugnación del postor Hidráulica & Oceanografía Ingenieros Consulto-res S.A. - ECSA Ingenieros, en aplicación de los crite-rios establecidos en las Bases y el numeral 23 del artí-culo 2º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre- to Supremo Nº 013-2001-PCM, el Comité Especial ha considerado otorgarle en los referidos rubros dicha pun-tuación; Que, respecto a la calificación otorgada al beneficia- rio de la Buena Pro en el rubro experiencia similar elimpugnante señala que no se le ha debido otorgar pun- taje a las experiencias que corresponden a subcontra- tos y que asimismo, respecto a los Estudios de Navega-bilidad del río Urubamba, en el tramo comprendido entreel Campamento Malvinas hasta la confluencia del ríoUrumbamba con el río Atalaya en época de vaciante yen época de creciente, señala que se trata de un solo proyecto y que no cumple con los 100 Km; Que, sin embargo, en la absolución de consultas se señaló que se considerarían los trabajos subcontratadossiempre que se ajusten a los criterios de evaluación se-ñalados en las Bases, por lo que carece de sustento loseñalado por el apelante; Que, en relación a que los estudios observados co- rresponden a un solo proyecto, cabe indicar que a fojas159 de la propuesta técnica obra un certificado en don-de se hace referencia a dos estudios, uno que corres-ponde a la época de creciente y otro a la época de va-ciante. Asimismo, respecto al Estudio de Navegabilidad del río Camisea, en el tramo comprendido entre el Cen- tro Poblado de Camisea hasta la confluencia del río Ca-misea con el río Cashiriari, época de creciente, como sedesprende del Informe del Comité Especial no mereciópuntaje alguno; según se ha podido verificar a fojas 154,el referido Estudio comprendió una navegabilidad de aproximadamente 50 Km, cuando de acuerdo a la abso- lución de consultas Nº 12 , el tramo del río de los Estu-dios de Navegabilidad que se sustenten deben tenermínimo 100 Km.; Que, sobre el Especialista en Hidrología e Hidráulica Fluvial, así como el Especialista en Navegabilidad, el ape- lante señala que no corresponde que la empresa Hi- dráulica & Oceanografía Ingenieros Consultores S.Aacredite estas experiencias; que los Estudios de Nave-gabilidad del río Urubamba, en el tramo comprendidoentre el campamento Las Malvinas hasta la confluenciadel río Urubamba con el río Tambo (Atalaya) en época de creciente y en época de vaciante corresponden a un solo proyecto y que el Estudio de Navegabilidad del ríoCamisea en el tramo comprendido entre Centro PobladoCamisea hasta la confluencia del río Camisea con el ríoCashiriari, época de creciente, no debe ser considera-do; Que, asimismo, respecto al Especialista en Hidrolo- gía e Hidráulica Fluvial señalan que de acuerdo a la ab-solución de consultas, en cuanto a la experiencia gene-ral, solamente se tiene que considerar la elaboración deestudios, por lo que las mediciones topográficas y estu-dios básicos no deben ser considerados para la expe- riencia general; Que, el literal a)2 del numeral 28.2.2 de las Bases referido a la experiencia en estudios en general del Es-pecialista en Hidrología e Hidráulica Fluvial señala quese otorgará 0,4 puntos hasta un máximo de 2 puntos; Que, con el Certificado de Trabajo que obra a fojas 200 de la propuesta técnica se acredita una relación de trabajos que son calificados como estudios, por lo queacreditándose 5 estudios resulta correcta la puntuaciónde 2 puntos otorgada a dicho rubro; Que, asimismo, de acuerdo a la absolución de con- sultas, solamente en el caso del Jefe de proyecto se se- ñala que la experiencia como Jefe de Proyecto en estu- dios en general y similares se sustentará con copia sim-