Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (20/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 102

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G38/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 20 de diciembre de 2003 Artículo 25º.- Asignaciones 25.1.- Designadas las Empresas Supervisoras para la eje- cución del Programa Anual de Supervisión, la respectivaGerencia de Fiscalización o área equivalente procederá a asignarles las funciones a realizar y las actividades y em- presas materia de supervisión y, de ser el caso, realizar ladebida presentación, para que ésta les brinde las facilida- des que sean necesarias, bajo responsabilidad. 25.2.- En caso que las Empresas Supervisadas se nega- ran a brindar las facilidades, tales como: el ingreso a sus instalaciones, la entrega de información y las demás acti-vidades que sean necesarias para el buen desarrollo del trabajo encomendado a la Supervisora, serán sujetos a sanción administrativa; sin perjuicio de ser denunciadaspor el Delito de Resistencia a la Autoridad, tipificado en el Artículo 365º del Código Penal vigente. Artículo 26º.- Informes de Supervisión Las Empresas Supervisoras, están obligadas a presentar informes al OSINERG de acuerdo a los requerimientos decada Gerencia de Fiscalización o área equivalente. El In- forme tendrá carácter de Declaración Jurada y será sus- crito por el responsable o representante legal de la Empre-sa Supervisora. Para efecto de lo que establece el artículo 425º del Código Penal, los supervisores responsables de los informes que emitan las Empresas Supervisoras, asícomo los representantes legales de éstas últimas, serán considerados como funcionarios públicos. Tratándose de consorcios constituidos por personas naturales, las perso-nas que los constituyen serán considerados funcionarios públicos para estos efectos. Artículo 27º.- Tipos de Informes Los informes de supervisión son de dos tipos: sin observa- ciones y con observaciones. 27.1.- Con los informes de supervisión sin observaciones se concluye el proceso de supervisión y basado en los in-formes de supervisión con observaciones, la Gerencia de Fiscalización correspondiente, área equivalente o la em- presa supervisora cuando se encuentre expresamenteautorizada determinará las medidas que deberán adoptar las empresas supervisadas y el plazo correspondiente para la subsanación respectiva.27.2.- La empresa supervisada sobre la que haya recaído un informe con observaciones será notificada por OSI- NERG o la propia Empresa Supervisora cuando haya sidoexpresamente facultada por la Gerencia de Fiscalización correspondiente o área equivalente. La notificación con- tendrá lo siguiente: a) Las conclusiones a que haya llegado la Empresa Su- pervisora. b) Las medidas que deberá tomar la empresa supervisa- da. c) El plazo de cumplimiento o subsanación, si correspon- de. 27.4.- La empresa supervisada tiene un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de recibido el informe de supervisión, para presentar los descargos co- rrespondientes ante OSINERG.27.5.- Los plazos de subsanación sólo podrán ser prorro- gados por OSINERG, previa solicitud plenamente justifi- cada y documentada de la empresa supervisada.27.6.- Si la comprobación de las medidas que debe adop- tar la empresa supervisada y los plazos acordados para ellos requieren de una supervisión especial, OSINERG dis-pondrá que la Empresa Supervisora realice la comproba- ción correspondiente. Artículo 28º.- Revisión y Evaluación de los Informes de Supervisión 28.1.- La revisión y evaluación de los informes de Supervi- sión que se presenten a OSINERG serán realizadas por las respectivas Gerencias de Fiscalización o área equiva-lente en forma posterior y aleatoria, para lo cual se desig- nará a los funcionarios según las especialidades. 28.2.- Sin perjuicio de las observaciones mencionadas en elInforme de Supervisión, la Gerencia de Fiscalización corres- pondiente o área equivalente se encuentra facultada a emitir Informes Complementarios en caso de detectar observa-ciones adicionales, debiendo consignar las disposiciones que correspondan para la subsanación de todos los incumpli- mientos en que incurran las empresas supervisadas. 28.3.- El incumplimiento de las observaciones detectadas porlas Empresas Supervisoras o de las disposiciones emitidas por la Gerencia de Fiscalización correspondiente o área equivalen- te podrá dar lugar al inicio del procedimiento administrativo san-cionador y la imposición de las sanciones correspondientes. Artículo 29º.- Discrepancias Cuando las entidades supervisadas no estén de acuerdo con las observaciones formuladas tienen derecho a mani- festar su discrepancia. La atención de este tipo de solicitu-des es prioritaria y debe hacerse con conocimiento del Jefe de Unidad de la Gerencia de Fiscalización correspondien- te o área equivalente, quien debe conocer de la solución oreiteración que haga el Supervisor y aprobarla. En caso de que la discrepancia continúe la Gerencia de Fiscalización correspondiente o área equivalente resolverá, previo infor-me de una Comisión conformada por tres personas de re- conocida capacidad y experiencia en las actividades bajo la supervisión de OSINERG y un Asesor Legal. Artículo 30º.- Auxilio de la fuerza pública.- De conformidad con lo dispuesto en la normatividad deOSINERG, las Empresas Supervisoras, podrán requerir el auxilio de la fuerza pública para el desempeño de sus fun- ciones. El mismo que será prestado de inmediato bajo res-ponsabilidad. TÍTULO VI EMERGENCIAS Artículo 31º.- Obligación de informar En caso de que se produzcan accidentes graves o fatales, situaciones de emergencia, interrupciones del servicio pú-blico de electricidad o paralización de operaciones, las em- presas supervisadas deberán informar por escrito a OSI- NERG, dentro del primer día hábil siguiente de producido elincidente. Dicho informe deberá ser ampliado y entregado OSINERG en un plazo máximo de diez días hábiles. TÍTULO VII RÉGIMEN DE FALTAS ADMINISTRATIVAS Y SANCIONES APLICABLE A LAS EMPRESAS SUPERVISORAS Artículo 32º.-Infracciones Las faltas administrativas cometidas por las Empresas Supervisoras por incumplimientos de los deberes y obliga-ciones que asumen de acuerdo al presente Reglamento serán sancionadas conforme a lo estipulado en el presen- te título. Constituyen infracciones sancionables, además de las in- fracciones contempladas en el Reglamento General deOSINERG y en la Ley del Procedimiento Administrativo General, las siguientes conductas: a) Realizar subcontrataciones para los trabajos encomen- dados por OSINERG sin contar con su previa autoriza- ción. b) Contratar con OSINERG estando impedido a ello por alguna disposición legal u otro tipo de mandato admi- nistrativo o judicial. c) Incumplir injustificadamente las obligaciones estableci- das en los contratos de locación de servicios celebra- dos. d) Coludirse con los administrados bajo cualquier circuns- tancia que pueda originar el otorgamiento de derechos o beneficios a éstos, que no son conformes al ordena-miento legal. Artículo 33º.- Procedimiento Administrativo Disciplina- rio El procedimiento administrativo aplicable es el establecido en el Capítulo II del Título V de la Ley de ProcedimientoAdministrativo General, Ley Nº 27444. Artículo 34º.- Responsabilidad de las Empresas Super- visoras Las Empresas Supervisoras, así como los profesionales que las integran incurren en faltas administrativas en el ejer-/G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F