Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2003 (01/01/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 1 de enero de 2003

Autorizan contratar servicio de coauspicio para el desarrollo del VI Curso de Especializacion en MORDAZA de Valores
RESOLUCION CONASEV Nº 106-2002-EF/94.10 MORDAZA, 27 de diciembre de 2002 VISTOS: El Requerimiento Nº 2002-001365 de fecha 20 de diciembre de 2002, el Memorandum Nº 2148-2002-EF/94.11 de fecha 16 de diciembre de 2002, del Presidente del Comite Academico del VI Curso de Especializacion en MORDAZA de Valores - CEMV; el Informe Conjunto Nº 0162002-EF/94.20/94.35 de fecha 23 de diciembre de 2002, de las Gerencias de Asesoria Juridica y de Administracion y Finanzas y el Memorandum Nº 2243-2002-EF/94.35, de fecha 23 de diciembre de 2002, de la Gerencia de Administracion y Finanzas, con el cual se presenta a la Gerencia General, la solicitud de contratacion de servicios personalisimos; CONSIDERANDO: Que, el Presidente del Comite Academico del VI Curso de Especializacion en MORDAZA de Valores - CEMV mediante el Memorandum Nº 2148-2002-EF/94.11, comunica las razones por las que el referido Comite Academico acordo la eleccion de la Universidad del MORDAZA para el desarrollo de una serie de acciones que contribuyan a mejorar la calidad del VI Curso de Especializacion en MORDAZA de Valores; Que, mediante Requerimiento Nº 2002-001365, la Gerencia de Investigacion y Desarrollo solicita la contratacion del servicio de coauspicio con la Universidad del MORDAZA para el desarrollo de acciones en el MORDAZA del VI Curso de Especializacion en MORDAZA de Valores; Que, el Presidente del Comite Academico del VI Curso de Especializacion en MORDAZA de Valores - CEMV considera que es conveniente contratar con la Universidad del MORDAZA el servicio requerido, por ser la unica que reune las siguientes condiciones: a) El Comite Academico tenia como objetivo coordinar con una Universidad de prestigio y de reconocida trayectoria en el medio financiero y economico; b) Es la unica universidad en el MORDAZA que cuenta actualmente con una Maestria en Finanzas en la cual su contenido se encuentra plenamente vinculada con las materias objeto del Curso de Especializacion en MORDAZA de Valores y por tanto pasibles de ser objeto de convalidacion; c) La Universidad del MORDAZA cuenta con un destacado equipo de profesores, los cuales han conformado, en su mayoria, la plana docente de los anteriores cinco Cursos de Especializacion en MORDAZA de Valores, siendo reconocidos y bien calificados por los alumnos asistentes al mismo; d) La Universidad del MORDAZA cuenta con la experiencia suficiente en este MORDAZA de convenios con organismos reguladores, tal es el caso del convenio ejercido con la Superintendencia de Banca y Seguros respecto a la convalidacion de creditos para la Maestria en Finanzas otorgada a los alumnos del Curso del Programa de Extension en Banca, Finanzas, Seguros, Pensiones y Supervision; Que, el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que son servicios personalisimos los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, conforme a lo dispuesto en el literal h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las contrataciones de servicios personalisimos estan exoneradas de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa que les correspondan, procediendo su contratacion mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 20º de la citada norma;

Que, de otro lado, a traves del Informe Conjunto Nº 016-2002-EF/94.20/94.35, de las Gerencias de Asesoria Juridica y de Administracion y Finanzas, se ha determinado que la Universidad del MORDAZA reune las caracteristicas requeridas para la realizacion del servicio a contratarse, el cual, en este caso, puede calificarse como uno de servicio personalisimo, por lo que es aplicable la causal de exoneracion prevista en el literal h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, cabe precisar que de acuerdo con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, se trataria de una Adjudicacion Directa Selectiva, pues el monto asciende a US$ 13,000.00 incluidos los impuestos de ley. El costo de dicha prestacion se financiara con recursos propios, el cual se encuentra debidamente presupuestado; Estando a lo dispuesto por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, para la contratacion del servicio referido en la parte considerativa de la presente Resolucion, hasta por un monto de US$ 13,000.00 (Trece mil y 00/100 Dolares Americanos) incluidos los impuestos de ley, por el servicio de coauspicio para el desarrollo del VI Curso de Especializacion en MORDAZA de Valores; los cuales seran financiados con recursos propios. Articulo 2º.- Disponer que, la Gerencia de Administracion y Finanzas cumpla con verificar todas las formalidades inherentes a la contratacion de la Universidad del MORDAZA mediante un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia dentro del MORDAZA de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 3º.- Disponer que la presente Resolucion se publique en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo que se remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; conforme a lo dispuesto en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA EYZAGUIRRE MORDAZA Presidente 23229

CONTADURIA PUBLICA DE LA NACION
Aprueban Instructivo Nº 19 sobre MORDAZA para facilitar la transferencia de la informacion contable y administrativa a las nuevas autoridades municipales
RESOLUCION DE CONTADURIA Nº 156-2002-EF/93.01 MORDAZA, 30 de diciembre del 2002 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 7º de la Ley Nº 24680 del Sistema Nacional de Contabilidad, senala entre otras funciones a la Contaduria Publica de la Nacion, la de orientar, normar y evaluar las actividades de los organos de contabilidad del sistema; asi como establecer normas tecnicas para su funcionamiento; Que, de acuerdo a la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 26864 de Elecciones Municipales y su modificatoria el Articulo 1º de la Ley Nº 27734, se eligen Alcal-

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