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PÆg. 236394 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de enero de 2003 de acuerdo con los proyectos que serán aprobados por LUZ DEL SUR. Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado no convencio-nales a lo autorizado por el Ministerio de Agricultura, el mis- mo que mediante Resolución Administrativa Nº 269-97-AG- AD.LC/ATDR.CHRL del 18 de diciembre de 1997 otorgó Li-cencia de aguas subterráneas y por la Dirección General de Salud Ambiental (Ministerio de Salud) que mediante Resolu- ción Directoral Nº 0896/2001-DIGESA/SA de fecha 19 deNoviembre de 20001, otorgó autorización sanitaria del siste- ma de tratamiento de aguas residuales domésticas y de re- húso de caudal del efluente de su sistema de tratamiento. Artículo Tercero.- DISPONER, que los interesados de- berán presentar a PROHVILLA el Programa de “MonitoreoAmbiental” que debe implementarse dentro de la empresa y del entorno inmediato. Así también el “Diagnóstico Ambien- tal Preliminar “ de acuerdo a la normatividad vigente sobre elPAMA. Igualmente deberá presentar PROHVILLA un Plan de Emergencia y requisito obligatorio para la etapa de recep- ción de obras de habilitación urbana. Artículo Cuarto.- DISPONER, el estricto cumplimien- to de lo dispuesto en el Artículo Segundo de la Ordenan- za Nº 398 de fecha 11 de setiembre de 2002. Artículo Quinto.- DISPONER, que la cancelación de pago del aporte al Servicio de Parques de Lima- SER- PAR deberá efectuarse previo a la recepción de las obrasde habilitación urbanas. Artículo Sexto.- DISPONER, la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargode los interesados, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de notifica- ción de la presente. Artículo Séptimo.- TRANSCRIBIR la presente Re- solución a la Municipalidad Distrital de Chorrillos PRO- HVILLA, al Servicio de Parques (SERPAR), a la OficinaRegistral de Lima y Callao para su inscripción correspon- diente y a la Dirección Municipal de Fiscalización y Con- trol para las acciones de su competencia. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS BRINGAS CONSTANTINI Director Municipal Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 23223 MUNICIPALIDAD DE ATE Rectifican resolución que autorizó subdivisión sin cambio de uso y sinobras de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 00230 Ate, 2 de diciembre de 2002 EL DIRECTOR DE GESTIÓN URBANA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO:Visto los Expedientes Nºs. 15570-00, 12333-01 y 241-01 seguido por la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA PRO COMPRALOS TOPACIOS; MANUELA MALCA SANTAYA, MARGARI- TA FLORES JOYA Y OTROS, respecto a la rectificación de la Resolución Subdirectoral Nº 00681-2001 del 27 de julio del2001, que autorizó la Subdivisión sin Cambio de Uso de lote 5 de la Mz. "C" de la Habilitación Urbana, ubicada en el distri- to de Ate, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Subdirectoral Nº 00681 del 27 de julio del 2001 se autoriza la Subdivisión sin Cambio de Uso y sin Obras del terreno de 819.15 m2 constituidopor el lote 5 de la Mz. "C" de propiedad de la Asociación de Vivienda Pro Compra de Terreno Los Topacios, cuyas Obras de Habilitación fueron Recepcionadas por Resolu-ción Nº 097-92-MLM-/SMDU/DMDU, ubicado en el distri- to de Ate, provincia y departamento de Lima;Que, efectuada la verificación técnica se ha podido esta- blecer errores, en las áreas de los sublotes resultantes, lin- deros y medidas perimétricas, consignadas en la Resolu- ción, Planos y Memoria Descriptiva, inducido por informa-ción de la Ficha Matriz de la Oficina Registral de Lima y Ca- llao, ya subsanadas; y de la documentación presentada por los propios interesados y profesional responsable; Que, intervienen en el presente trámite de Rectifi- cación los adquirientes de los sublotes resultantes en vir- tud de los Contratos de Adjudicación otorgados a su fa-vor por Escritura Pública y Contratos de Compraventa que obran en el Expediente, haciéndose presente que debe dejarse a salvo los derechos adquiridos de los mis-mos y terceros respecto a las nuevas áreas, linderos, medidas perimétricas que se aprueban; Que, la Asociación Pro Compra de Terrenos LOS TO- PACIOS, mediante Documento Acumulativo al Expedien- te Nº 13977 del 4 de octubre del 2001 impugna la Reso- lución Subdirectoral, materia de Rectificación alegandono ajustarse a la realidad ni a los Contratos Suscritos, habiéndose acreditado que estos hechos, se deben a errores de los propios interesados, al presentar los docu-mentos técnicos inexactos; aparte de que la Ficha Re- gistral de la Oficina Registral de Lima y Callao merece todo valor legal en virtud a la Fe Registral señalada en elArt. 2014º del Código Civil; por lo que debe declararse infundada la impugnación formulada; Sobre los nuevos Planos de Subdivisión presentados por los adquirientes de los sublotes resultantes, cuyos derechos no pueden desconocerse, en base al principio de eficacia y presunción de veracidad establecido en laLey del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, se presume que los documentos y declaraciones formuladas por los administrados en la forma prescritapor la Ley, responden a la verdad de los hechos que ellos afirman, salvo prueba en contrario; por lo que procede declarar infundada la Impugnación formulada; De acuerdo con lo informado por la Subdirección de Obras Privadas; y lo dispuesto por el Reglamento Nacio- nal de Construcción; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución de Alcal- día Nº 1730 del 28 de diciembre del 2000; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Rectificar la Resolución Subdirectoral Nº 00681 del 27 de julio del 2001 por la que se autorizó la Subdivisión sin Cambio de Uso y sin Obras del lote 5 Mz. "C"de la Habilitación Urbana Asociación Pro Compra de Terreno Los Topacios, cuya Recepción de Obras fue aprobada por Resolución Nº 097-92-MLM/SMDU/DMDU, ubicado en el dis-trito de Ate, provincia y departamento de Lima; de acuerdo con los planos adjuntos signados con el Nº 25-02-SDOP- DGU/MDA y Nº 26-02-SDOP-DGU/MDA, y Memoria Des-criptiva que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El nuevo cuadro de áreas de los sublotes es el siguiente: LOTE MATRIZ 819.15 m2 LOTE Nº DE LOTE ÁREA m2LOTE 5-A 207.59 m2 LOTE 5-B 209.09 m2LOTE 5-C 134.79 m2 LOTE 5-D 133.84 m2 LOTE 5-E 133.84 m2 TOTAL 5-LOTES819.15 m2 Artículo Tercero.- Autorizar la Libre Venta de los su- blotes resultantes de la subdivisión que se aprueba, de- jando a salvo los derechos adquiridos por terceros y de la "Asociación de Vivienda Pro Compra Los Topacios". Artículo Cuarto.- Declarar IMPROCEDENTE la Im- pugnación interpuesta por la Asociación Pro Compra de Terrenos Los Topacios, contra la Resolución SubdirectoralNº 00681-01, del 27 de julio del 2001, por los fundamen- tos establecidos en los considerandos de la presente Resolución. Artículo Quinto.- Disponer la publicación en el Dia- rio Oficial El Peruano de la presente Resolución en el plazo de 30 días de notificada, por cuenta de los intere-sados.