Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2003 (01/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 1 de enero de 2003

de acuerdo con los proyectos que seran aprobados por LUZ DEL SUR. Obras Sanitarias.- Seran ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado no convencionales a lo autorizado por el Ministerio de Agricultura, el mismo que mediante Resolucion Administrativa Nº 269-97-AGAD.LC/ATDR.CHRL del 18 de diciembre de 1997 otorgo Licencia de aguas subterraneas y por la Direccion General de Salud Ambiental (Ministerio de Salud) que mediante Resolucion Directoral Nº 0896/2001-DIGESA/SA de fecha 19 de Noviembre de 20001, otorgo autorizacion sanitaria del sistema de tratamiento de aguas residuales domesticas y de rehuso de caudal del efluente de su sistema de tratamiento. Articulo Tercero.- DISPONER, que los interesados deberan presentar a PROHVILLA el Programa de "Monitoreo Ambiental" que debe implementarse dentro de la empresa y del entorno inmediato. Asi tambien el "Diagnostico Ambiental Preliminar " de acuerdo a la normatividad vigente sobre el PAMA. Igualmente debera presentar PROHVILLA un Plan de Emergencia y requisito obligatorio para la etapa de recepcion de obras de habilitacion urbana. Articulo Cuarto.- DISPONER, el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 398 de fecha 11 de setiembre de 2002. Articulo Quinto.- DISPONER, que la cancelacion de pago del aporte al Servicio de Parques de Lima- SERPAR debera efectuarse previo a la recepcion de las obras de habilitacion urbanas. Articulo Sexto.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados, en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha de notificacion de la presente. Articulo Septimo.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital de Chorrillos PROHVILLA, al Servicio de Parques (SERPAR), a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para su inscripcion correspondiente y a la Direccion Municipal de Fiscalizacion y Control para las acciones de su competencia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CONSTANTINI Director Municipal Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA 23223

Que, efectuada la verificacion tecnica se ha podido establecer errores, en las areas de los sublotes resultantes, linderos y medidas perimetricas, consignadas en la Resolucion, Planos y Memoria Descriptiva, inducido por informacion de la Ficha Matriz de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, ya subsanadas; y de la documentacion presentada por los propios interesados y profesional responsable; Que, intervienen en el presente tramite de Rectificacion los adquirientes de los sublotes resultantes en virtud de los Contratos de Adjudicacion otorgados a su favor por Escritura Publica y Contratos de Compraventa que obran en el Expediente, haciendose presente que debe dejarse a salvo los derechos adquiridos de los mismos y terceros respecto a las nuevas areas, linderos, medidas perimetricas que se aprueban; Que, la Asociacion Pro Compra de Terrenos LOS TOPACIOS, mediante Documento Acumulativo al Expediente Nº 13977 del 4 de octubre del 2001 impugna la Resolucion Subdirectoral, materia de Rectificacion alegando no ajustarse a la realidad ni a los Contratos Suscritos, habiendose acreditado que estos hechos, se deben a errores de los propios interesados, al presentar los documentos tecnicos inexactos; aparte de que la Ficha Registral de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao merece todo valor legal en virtud a la Fe Registral senalada en el Art. 2014º del Codigo Civil; por lo que debe declararse infundada la impugnacion formulada; Sobre los nuevos Planos de Subdivision presentados por los adquirientes de los sublotes resultantes, cuyos derechos no pueden desconocerse, en base al MORDAZA de eficacia y presuncion de veracidad establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, se presume que los documentos y declaraciones formuladas por los administrados en la forma prescrita por la Ley, responden a la verdad de los hechos que ellos afirman, salvo prueba en contrario; por lo que procede declarar infundada la Impugnacion formulada; De acuerdo con lo informado por la Subdireccion de Obras Privadas; y lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Construccion; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1730 del 28 de diciembre del 2000; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Rectificar la Resolucion Subdirectoral Nº 00681 del 27 de MORDAZA del 2001 por la que se autorizo la Subdivision sin Cambio de Uso y sin Obras del lote 5 Mz. "C" de la Habilitacion MORDAZA Asociacion Pro Compra de Terreno Los Topacios, cuya Recepcion de Obras fue aprobada por Resolucion Nº 097-92-MLM/SMDU/DMDU, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; de acuerdo con los planos adjuntos signados con el Nº 25-02-SDOPDGU/MDA y Nº 26-02-SDOP-DGU/MDA, y Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El MORDAZA cuadro de areas de los sublotes es el siguiente: LOTE MATRIZ LOTE Nº DE LOTE LOTE LOTE LOTE LOTE LOTE 5-A 5-B 5-C 5-D 5-E 207.59 209.09 134.79 133.84 133.84 819.15 m2 AREA m2 m2 m2 m2 m2 m2

MUNICIPALIDAD DE ATE
Rectifican resolucion que autorizo subdivision sin cambio de uso y sin obras de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 00230 Ate, 2 de diciembre de 2002 EL DIRECTOR DE GESTION MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: Visto los Expedientes Nºs. 15570-00, 12333-01 y 241-01 seguido por la ASOCIACION DE VIVIENDA PRO COMPRA LOS TOPACIOS; MORDAZA MORDAZA SANTAYA, MORDAZA MORDAZA JOYA Y OTROS, respecto a la rectificacion de la Resolucion Subdirectoral Nº 00681-2001 del 27 de MORDAZA del 2001, que autorizo la Subdivision sin Cambio de Uso de lote 5 de la Mz. "C" de la Habilitacion MORDAZA, ubicada en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Subdirectoral Nº 00681 del 27 de MORDAZA del 2001 se autoriza la Subdivision sin Cambio de Uso y sin Obras del terreno de 819.15 m2 constituido por el lote 5 de la Mz. "C" de propiedad de la Asociacion de Vivienda Pro Compra de Terreno Los Topacios, cuyas Obras de Habilitacion fueron Recepcionadas por Resolucion Nº 097-92-MLM-/SMDU/DMDU, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima;

TOTAL

5-LOTES 819.15 m2

Articulo Tercero.- Autorizar la Libre Venta de los sublotes resultantes de la subdivision que se aprueba, dejando a salvo los derechos adquiridos por terceros y de la "Asociacion de Vivienda Pro Compra Los Topacios". Articulo Cuarto.- Declarar IMPROCEDENTE la Impugnacion interpuesta por la Asociacion Pro Compra de Terrenos Los Topacios, contra la Resolucion Subdirectoral Nº 00681-01, del 27 de MORDAZA del 2001, por los fundamentos establecidos en los considerandos de la presente Resolucion. Articulo Quinto.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente Resolucion en el plazo de 30 dias de notificada, por cuenta de los interesados.

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