Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2003 (01/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, miercoles 1 de enero de 2003

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Precisan que la designacion de funcionarios en cargos de confianza de Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social se efectua por resolucion del Presidente del Directorio respectivo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 738-2002-MIMDES MORDAZA, 27 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Numeral 7.6 del Articulo 7º de la Ley Nº 27793 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, dispone que el Ministro nombra y/o remueve a los titulares de los cargos de confianza del Ministerio, Organismos Publicos Descentralizados, cuando esta competencia no este atribuida al Consejo de Ministros, y eleva a este las propuestas de nombramiento en el caso contrario; Que, el citado dispositivo considera en la Estructura Organica Basica del Ministerio al Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, como Organismo Publico Descentralizado adscrito al Sector, el cual de acuerdo a lo previsto en la Ley Nº 26918 es el Organo Rector del Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo, del cual forman parte las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social; Que, la Primera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, declaro en MORDAZA de reorganizacion sectorial al Sector de la Mujer y Desarrollo Social incluyendose los Programas Nacionales, Organismos Publicos Descentralizados y demas organismos de su Sector, disponiendose en la MORDAZA Disposicion Complementaria la constitucion de una Comision Sectorial, la misma que debe elaborar una propuesta legislativa de reorganizacion integral y descentralizacion, relacionada con las Sociedades de Beneficencia Publica; Que, en tanto no se apruebe una nueva normatividad en relacion a las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social, resulta necesario precisar que la designacion de los funcionarios en los cargos de confianza de las citadas instituciones beneficas se formaliza con la emision de la Resolucion del Presidente del Directorio, con la finalidad de dotar al procedimiento de la MORDAZA dinamica posible, evitando dilaciones en el tramite de las designaciones que puedan poner en peligro el normal desarrollo de las funciones de las Beneficencias; De conformidad con las Leyes Nº 26918 y Nº 27793, Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES y Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Precisar que la designacion de funcionarios en cargos de confianza de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social, se efectua por Resolucion del Presidente del Directorio respectivo. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 463-2001-PROMUDEH de fecha 26 de diciembre de 2001. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 23327

Que, la Declaracion anexa a la Constitucion Politica del Estado establece que el Peru propicia la conservacion de la Antartida como una MORDAZA de Paz dedicada a la investigacion cientifica y la vigencia de un regimen internacional que, sin desmedro de los derechos que corresponden a la Nacion, promueva en beneficio de toda la humanidad la racional y equitativa explotacion de los recursos de la Antartida y asegure la proteccion y conservacion del ecosistema de dicho Continente; Que, la presencia del Peru en la Antartida constituye un objetivo de la Politica Exterior; Que, el Peru ha asumido derechos y obligaciones como Parte Consultiva del Tratado Antartico; Que, en MORDAZA de 2002, el Peru ha sido admitido como miembro pleno del Comite Cientifico de Investigacion Antartica (SCAR), principal foro cientifico del Sistema Antartico: Que, la Politica Nacional Antartica, aprobada por Decreto Supremo Nº 016-2002-RE, de 27 de febrero de 2002, establece como objetivo nacional la "Consolidacion de la presencia activa y permanente del Peru en la Antartida y de su status de Parte Consultiva del Tratado Antartico", para lo cual es necesario continuar con la realizacion de las campanas cientificas a la Antartida, promover la investigacion cientifica nacional orientada a la profundizacion del conocimiento antartico y, concentrar las investigaciones en las areas en las que el Peru ha desarrollado ventajas comparativas frente a otros paises; Que, los fenomenos que ocurren en la Antartida tienen un impacto directo en el ecosistema MORDAZA peruano y su clima, por lo que resulta de interes nacional la continuidad de las actividades peruanas de investigacion cientifica en dicho continente; Que, es necesario asegurar el adecuado mantenimiento de la Estacion Cientifica Peruana "Machu Picchu"; Que, mediante Ley Nº 27870 de fecha 25 de octubre de 2002, se ha creado el Instituto Antartico Peruano (INANPE), el mismo que depende sectorialmente del Ministerio de Relaciones Exteriores, constituyendose como pliego presupuestal, el cual es responsable de la organizacion y ejecucion de las campanas antarticas peruanas; Que, la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto Antartico Peruano ha propuesto la realizacion de la Decimo Cuarta Expedicion Cientifica del Peru a la Antartida (ANTAR XIV), que debera ejecutarse entre el 29 de diciembre de 2002 y el 24 de febrero de 2003; Que, la Direccion Ejecutiva de la Expedicion estara a cargo de la Fuerza Aerea del Peru, a cuyo efecto contara con el apoyo de los Grupos Aereos Nºs. 8 y 3 de la misma, de la Direccion de Hidrografia y Navegacion de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de la Direccion de Planeamiento y Operaciones del Ejercito Peruano; De conformidad con lo dispuesto en los incisos 8) y 24) de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la realizacion de la Decimo Cuarta MORDAZA Cientifica del Peru a la Antartida (ANTAR XIV), cuya organizacion y ejecucion sera de responsabilidad del Ministerio de Relaciones Exteriores por intermedio del Instituto Antartico Peruano - INANPE. Articulo 2º.- La MORDAZA Cientifica MORDAZA XIV se desarrollara en el periodo comprendido entre el 29 de diciembre de 2002 y el 24 de febrero de 2003, pudiendo efectuar la Direccion Ejecutiva los cambios de fecha que las condiciones climaticas en la Antartida pudieran exigir. Articulo 3º.- La asignacion presupuestal para la MORDAZA MORDAZA XIV, sera de US$ 869,923.45 (Ochocientos Sesenta y Nueve Mil Novecientos Veintitres y 45/100 Dolares Americanos), de los cuales US$ 496,923.45 (Cuatrocientos Noventa y Seis Mil Novecientos Veintitres y 45/ 100 Dolares Americanos) seran destinados para sufragar los costos de las actividades cientificas, logisticas y la operacion de los medios aereos y US$ 373,000.00 (Trescientos Setenta y Tres Mil y 00/100 Dolares Americanos) para la operacion de los medios maritimos. Articulo 4º.- El Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Resolucion Ministerial efectuara las transferencias financieras que MORDAZA necesarias para la ejecucion de la MORDAZA Cientifica MORDAZA XIV a la Fuerza Aerea del Peru y a la MORDAZA de MORDAZA del Peru, con cargo al presupuesto asignado a dicho Pliego. Articulo 5º.- El personal y medios que se utilicen en la ejecucion de la MORDAZA Cientifica MORDAZA XIV que-

RELACIONES EXTERIORES
Aprueban realizacion de la decimo cuarta MORDAZA cientifica del Peru a la Antartida (ANTAR XIV)
RESOLUCION SUPREMA Nº 412-2002-RE MORDAZA, 30 de diciembre de 2002

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