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PÆg. 236388 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de enero de 2003 AÑO 2002 NÚMERO VARIACIÓN PORCENTUAL MES ÍNDICE MENSUAL ACUMULADA ENERO 99,48 - 0,52 - 0,52 FEBRERO 99,44 - 0,04 - 0,56 MARZO 99,98 0,54 - 0,02ABRIL 100,71 0,73 0,71 MAYO 100,85 0,14 0,85 JUNIO 100,62 - 0,23 0,62JULIO 100,65 0,03 0,65 AGOSTO 100,75 0,10 0,75 SETIEMBRE 101,23 0,47 1,23OCTUBRE 101,96 0,72 1,96 NOVIEMBRE 101,55 - 0,40 1,55 DICIEMBRE 101,52 - 0,03 1,52 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Men- sual de Indicadores de Precios de la Economía, corres- pondiente al mes de diciembre del 2002, documento quecontiene la Información Oficial del Índice de Precios al Consumidor. Regístrese y comuníquese. EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 23331 ˝ndice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional correspon-diente al mes de diciembre de 2002 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 384-2002-INEI Lima, 31 de diciembre del 2002CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 797 establece las Nor- mas de Ajuste por Inflación del Balance General con In- cidencia Tributaria, usando para tal caso de corrección,el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional; Que, la Resolución Ministerial Nº 041-91-EF/93, dis- pone que el Instituto Nacional de Estadística e Informáti- ca (INEI) publique mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, el Índice de Precios Promedio Mensual al PorMayor a Nivel Nacional; Que, el INEI elabora el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, adoptando comoperíodo Base: Año 1994 = 100,00 a partir del mes de enero de 1999; Que, es conveniente disponer la publicación de la Va- riación Mensual y Acumulada del Índice de Precios Pro- medio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de diciembre del 2002, y del Boletín Mensual de Indicado-res de Precios de la Economía, que contiene la informa- ción oficial del Índice de Precios al Por Mayor; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la publicación, del Índice de Pre- cios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacionalque contiene la Base: Año 1994 = 100,0 correspondiente al mes de diciembre del 2002, así como la publicación de la variación mensual y acumulada del Índice de PreciosPromedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional: AÑO/MES NÚMERO ÍNDICE VARIACIÓN PORCENTUAL BASE 1994 MENSUAL ACUMULADA 2002 ENERO 151,599182 -0,18 -0,18 FEBRERO 150,929564 -0,44 -0,62 MARZO 151,111959 0,12 -0,50ABRIL 152,121067 0,67 0,16 MAYO 152,142525 0,01 0,18AÑO/MES NÚMERO ÍNDICE VARIACIÓN PORCENTUAL BASE 1994 MENSUAL ACUMULADA JUNIO 152,101959 -0,03 0,15 JULIO 152,988783 0,58 0,74 AGOSTO 153,276826 0,19 0,93 SETIEMBRE 154,686014 0,92 1,85 OCTUBRE 155,490183 0,52 2,38 NOVIEMBRE 155,075785 -2,27 2,11 DICIEMBRE 154,411106 -0,43 1,67 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Men- sual de Indicadores de Precios de la Economía, que con- tiene la información Oficial del Índice de Precios Prome- dio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspon-diente al mes de diciembre del 2002. Regístrese y comuníquese.EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 23332 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Autorizan adquisición de hemoglobinó- metros y microcubetas mediante proce- so de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 450-2002-J-OPD/INS Lima, 18 de diciembre del 2002Visto, el Memorándum Nº 1021-2002-DG-OGA/INS, de fecha 18 de diciembre del 2002, remitido por el Direc-tor General de Administración; CONSIDERANDO:Que, el Instituto Nacional de Salud como Organismo Público Descentralizado del Sector Salud, tiene entreotras funciones establecer normas y procedimientos de prevención, protección, recuperación y rehabilitación en el campo de la nutrición y alimentación de la población; Que, mediante documento de visto que a su vez contie- ne el Memorándum Nº 1506-2002-DG-CENAN/INS y el Memorándum Nº 1549-2002-DG-CENAN/INS el CentroNacional de Alimentación y Nutrición informa de la existen- cia de dos bienes, Hemoglobinómetros (fotómetros portáti- les) y Microcubetas, que por sus características técnicasno pueden ser sustituidos por otros bienes del mercado, asimismo informa que existe un solo proveedor en el país de los referidos bienes, añadiendo que los equipos mencio-nados, son necesarios para la Ejecución del Monitoreo Na- cional de Indicadores Nutricionales - MONIN; Que, mediante Informe Nº 267-2002-DG-OGAJ/INS, de fecha 18 de diciembre del 2002, la Oficina General de Asesoría Jurídica determinó, en función al documento de visto, que los bienes anteriormente identificados cumplencon lo establecido en el inciso f) del Artículo 19º del De- creto Supremo Nº 012-2001-PCM, TUO de la Ley de Con- trataciones del Estado; Que, estando los Informes técnico y legal preceden- tes, y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, TUO de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Con la visación de la Dirección General del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición, la Oficina Generalde Administración y la Oficina General de Asesoría Jurídi- ca del Instituto Nacional de Salud y de conformidad con lo establecido en el literal f) del Artículo 19º y el literal a)del Artículo 20º del TUO de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001- PCM y del Artículo 116º de su Reglamento, aprobadopor D.S. Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR, la exoneración de los proce- sos de Adjudicación Directa Selectiva la adquisición de cin-