TEXTO PAGINA: 50
PÆg. 236396 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de enero de 2003 Estableciéndose por vehículo y por cada media hora o fracción, en: TIPO DE UNIDAD % UIT TASA EN S/.Automóviles 0.03226 1.00 Microbús 0.0646 2.00Ómnibus 0.0969 3.00 Estableciéndose la tasa única de estacionamiento vehicular cuando se haga un uso del servicio mayor de cinco horas por cada vehículo, de la siguiente manera: TIPO DE UNIDAD % UIT TASA EN S/. Automóviles 0.3226 10.00 Microbús 0.646 20.00 Ómnibus 0.969 30.00 Artículo Segundo.- MODIFÍCASE el párrafo del Artí- culo Tercero de la Ordenanza Nº 005-99-MDSR en los términos siguientes: "En caso de verificarse el pago conforme se señala o negarse a efectuarlo será sujeto pasivo a una sanción demulta equivalente al 2% de la Unidad Impositiva Tributa- ria - UIT vigente y, los infractores que se presenten en los primeros siete días tendrán una condonación del 50%de la multa aplicada, procediéndose con los omisos de acuerdo a ley". Artículo Tercero.- MODIFÍCASE el artículo decimo- segundo de la Ordenanza Nº 004-99-MDSR, sobre inafec- taciones, agregándose el siguiente párrafo final: También están inafectos los residentes del distrito de Santa Rosa que hayan adquirido la calcomanía de pro-moción turística del año vigente. Artículo Cuarto.- REMÍTASE con la documentación pertinente, la presente Ordenanza Municipal al Servicio de Administración Tributaria (SAT), a la Comisión de Eco- nomía, Planificación y Presupuesto de la MunicipalidadMetropolitana de Lima y al Instituto de Defensa del Con- sumidor y de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo Quinto.- ENCÁRGASE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Dirección Municipal y a las Oficinas de Administración y Rentas en lo que es pertinente. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. LUIS GARCÍA VILLACORTA Alcalde 23315 Establecen tasa por gastos de manteni- miento y limpieza en las playas mari-nas del distrito de Santa Rosa ORDENANZA MUNICIPAL Nº 058 Santa Rosa, 30 de noviembre de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA POR CUANTO:El Concejo Municipal del distrito de Santa Rosa, en Sesión Ordinaria Pública de la fecha, ha dictado, con dis-pensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- ESTABLÉZCASE una tasa por gastos de mantenimiento y limpieza en las playas mari-nas del distrito de Santa Rosa, para los contribuyentes que realicen actividades comerciales durante los mesesde enero, febrero y marzo del año 2003, en dichas pla- yas; según la siguiente escala; Establecimientos (Kioscos y Similares) en Playa Chica, ubi- cados hasta en una distancia de 200 metros de la playa. - El 22.581 % de la U.I.T. (2 autorizaciones) S/. 700.00 c/aut. Establecimientos (Kioscos y Similares) en Playa Grande, ubicados hasta en una distancia de 200 metros de la playa. - El 9.6781% de la U.I.T. (7 autorizaciones) S/. 300.00 c/aut. Comercio Ambulatorio en Playa Chica: - Alquiler de Sombrillas, el 2.9033% de la U.I.T. (2 Autoriz.) S/. 90.00 c/aut. - Venta de Barquillos el 1.613% de la U.I.T. (3 Autoriz.) S/. 50.00 c/aut. - Venta de Helados, el 2.9033% de la U.I.T. (5 Autoriz.) S/. 90.00 c/aut. Comercio Ambulatorio en Playa Grande: Se aplicarán las mismas tasas y valores aplicados para Playa Chica. Establecimientos (Kioscos y Similares), ubicados a más de 200 metros de las playas. - El 16.1291% de la U.I.T. (7 autorizaciones) S/. 500.00 c/aut. Artículo Segundo.- DISPÓNGASE la adjudicación de estos servicios y/o actividades por la Temporada Verano 2003, de enero a marzo, a quienes no tengan deuda al- guna con esta Municipalidad por estos conceptos. Artículo Tercero.- FACÚLTASE a la Dirección Munici- pal establecer los modos de cobranzas anticipadas y fir- ma de los respectivos convenios. Artículo Cuarto.- DISPÓNGASE el cumplimiento de la presente Ordenanza por la Dirección Municipal y las Oficinas de Administración y Rentas en lo que es de sucompetencia. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. LUIS GARCÍA VILLACORTA Alcalde 23320 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban habilitación urbana de terre- no ubicado en el distrito RESOLUCIÓN Nº 970-2002-RASS Expediente Nº 015991-2001 M-2 Santiago de Surco, 5 de diciembre de 2002 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El petitorio de Independización de terreno Rústico efectuado por sus propietarios Cooperativa de Vivienda del Servicio de Sanidad de la Policía Nacional (COOVISAN LTDA.) y la Sucesión de don Félix Llac-tahuamán Yaurimucha, con un área de 26,182.27 m2, que formó parte de los potreros "Río Hondo" y "San Jeróni- mo" del Fundo San Juan, signado con el Nº 3, ubicadoen el distrito de Santiago de Surco; y, CONSIDERANDO: Que, la Subdirección de Obras Privadas emite el In- forme Nº 317-2002-SDOPRIV-DDU-MSS (fs. 123 a 126)indicando que el predio de los recurrentes ha quedado como una "isla rústica" dentro del contexto urbano de ese sector del distrito, inscrito en la Ficha Nº 1314559del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima con la