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PÆg. 237172 NORMAS LEGALES Lima, domingo 12 de enero de 2003 El Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Único.- Admitir la iniciativa legislativa ciu- dadana promovida por la organización política nacional Fuerza Democrática cuyo texto se adjunta en el Anexoque es parte integrante de la presente Resolución, y remitirla al Congreso de la República para el trámite co- rrespondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General ANEXO INICIATIVA LEGISLATIVA "El Partido FUERZA DEMOCRÁTICA al amparo del artículo 17º de la Ley Nº 26300 Ley de los Dere- chos de participación y Control Ciudadano, presen-tan la siguiente iniciativa legislativa de Reforma Cons- titucional. CONSIDERANDO: Que, nuestro ordenamiento constitucional atraviesa por un estado de precariedad e incertidumbre a raíz de la promulgación, por la dictadura, de la denominada "Constitución" de 1993. "Constitución" surgida como con-secuencia del golpe de Estado del 5 de abril de 1992, orientada fundamentalmente a servir de soporte a una cleptocracia que pretendió perpetuar su presencia anti-democrática en el Poder del Estado y que careció de legitimidad. Que, a pesar del golpe de Estado, la Constitución Política de 1979 no perdió su vigencia jurídica; por cuanto ella, contenía una garantía para su inviolabili- dad. Esta garantía, está referida en el contenido delos artículos 82º y 307º de la citada Carta Política. En tal sentido, la denominada "Constitución de 1993" se aprobó transgrediendo deliberadamente las dis-posiciones antes mencionadas, lo que conlleva a demandar su nulidad; y el restablecimiento y puesta en vigencia de la Constitución Democrática de 1979. Que, la Ley Nº 27600, promulgada el 15 de di- ciembre del año 2001, al disponer en su artículo 2º que la Comisión de Constitución, Reglamento y Acu-saciones Constitucionales del Congreso de la Repú- blica, proponga un "proyecto de reforma total de la Constitución", está propiciando una forma antijurídi-ca, vedada y censurable, para dar curso de aparien- cia legal a la usurpación del poder constituido del pueblo peruano. Que, incluso conforme a las atribuciones consigna- das en el artículo 102º de la denominada "Constitución de 1993"; el actual Congreso de la República carece dela atribución constitucional de formular una nueva Consti- tución, bajo la agazapada denominación de "reforma to- tal". Que, si se pretende hacer una nueva Constitución, como fluye de la pretensión de hacerle una reforma to- tal, esa facultad corresponde, en una nación democráti-ca, al pueblo mediante el ejercicio de su Poder Constitu- yente, de crear o reformar la organización política, jurí- dica y social de la Nación, lo que ha de llevarse a cabomediante una Asamblea constituyente, que modifique la corrupta organización anterior del Estado, y que incor- pore las cambios estructurales producido en democra-cia.Que, la Asamblea Constituyente, es totalmente autónoma de cualquier otro Poder Estatal, encarnala plenitud de la soberanía, es la máxima expresión de la voluntad popular, no reconoce ningún poder superior en relación con sus funciones específicasde aprobar una Carta Política y goza de absoluta li- bertad para fijar sus procedimientos y manera de actual; sin compromisos con el gobierno de turno ylos grupos de poder. EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA HA DADO LA LEY SIGUIENTE: Artículo 1º.- DE LA NULIDAD DE LA "CONSTITU- CIÓN DE 1993": Declárase la Nulidad de la denominada "Consti- tución Política de la República de 1993" a partir de lapromulgación de la presente ley; dejando a salvo las Leyes Orgánicas que establecieron la estructura y funcionamiento de las Instituciones creadas duranteel tiempo que se le estimó como vigente, asimismo, de los actos jurídicos celebrados por el Estado y el Gobierno que no estén involucrados en actos de co-rrupción, ni colisione con nuestro ordenamiento jurí- dico nacional; y de la plena vigencia a los Derechos de Participación y Control ciudadanos. Asimismo,quedan vigentes los términos para los que fueran elegidas las autoridades en los comicios del año 2001. Artículo 2º.- DE LA VIGENCIA DE LA CONSTITU- CIÓN DE 1979: Declárase la vigencia de la Constitución Política del Perú de 1979, dada por la Asamblea Constituyente el 12 de julio de 1979 y promulgada el 28 de julio de 1980. Artículo 3º.- DE LA CONVOCATORIA A UNA ASAMBLEA CONSTITUYENTE: El Congreso definirá, en un plazo de 90 días con- tados a partir de la vigencia de esta ley, si ha de pro- cederse a la reforma parcial o total de la Constitu-ción de 1979. Si el Congreso opta por la reforma parcial, la llevará a cabo de acuerdo al procedimien- to establecido en la Constitución de 1979, salvo locorrespondiente a la participación del Senado. Si el Congreso opta por la reforma total se convocará a Elecciones para Representantes a una AsambleaConstituyente, en el curso del año 2003; la cual ten- drá como finalidad única el debate de la Reforma Total de la Constitución y tendrá una duración de un añopara completar su encargo. La Asamblea Constitu- yente se elige en distrito electoral único y estará com- puesta por 60 miembros. Artículo 4º.- Los miembros del actual Congreso pue- den ser candidatos a la Asamblea Constituyente debien-do dejar el Congreso en el momento de su proclamación como diputados constituyentes. Artículo 5º.- Los miembros de la Asamblea Constituyente recibirán como remuneración la mitad de la que reciben actualmente los congresistas de la República. Artículo 6º.- DE LA DEROGATORIA Deróguense los artículos 2º, 3º y 4º de la Ley Nº 27600 y todas las normas que se opongan a la presente ley. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES: Primera.- Las disposiciones contenidas en la Consti- tución Política de 1979 referidas a la Bicameralidad y al número de representantes quedan en suspenso, hastala promulgación de la nueva Constitución Política del Perú por la Asamblea Constituyente. Segunda.- El Poder Ejecutivo dentro de los 30 días de decidido por el Congreso si la reforma que se le hará a la Constitución de 1979 es total, realizará la convoca-