Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2003 (12/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

MORDAZA, MORDAZA 12 de enero de 2003

NORMAS LEGALES

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Visto, en Audiencia Publica de fecha 27 de diciembre de 2002, el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del Partido Aprista Peruano, contra la Resolucion Numero UNO expedida en el expediente Nº 0040-2002-JNE/JEE/Y que declara infundado el recurso de nulidad de la Eleccion Municipal Distrital de Quinches, provincia de Yauyos, departamento de Lima; CONSIDERANDO:

por los articulos 363º, 364º y 365º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859 y articulo 36º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; Que en relacion al presunto soborno que se indica, debe ser puesto en conocimiento del Ministerio Publico para que proceda conforme a sus atribuciones; El MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral; RESUELVE:

Que el pedido de nulidad se sustenta en que se habrian producido cambios de domicilio dolosos a fin de que los electores que no residen en el distrito de Quinches sufraguen; pero el recurrente no ha probado su afirmacion ni la existencia de una grave irregularidad que hubiera modificado los resultados de la votacion, como requiere el articulo 36º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, o de vicio medular que afecte el MORDAZA eleccionario capaz de generar la declaracion de nulidad que se pretende, previsto en la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Por estas consideraciones y las de la resolucion apelada; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en ejercicio de la facultad conferida por el articulo 181º de la Constitucion Politica del Estado; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion inter puesto y en consecuencia CONFIRMAR la Resolucion Numero UNO de fecha 13 de diciembre de 2002 expedida en el expediente Nº 0040-2002-JNE/JEE/Y por el MORDAZA Electoral Especial de Yauyos que declara infundado el recurso de nulidad de la Eleccion Municipal Distrital de Quinches, provincia de Yauyos, departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA Secretario General 00563
RESOLUCION Nº 008-2003-JNE

Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto; en consecuencia, CONFIRMAR la Resolucion Nº 569-2002-JNE-JEE-HUARAZ de fecha 16 de diciembre de 2002 expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA que declara infundada la solicitud de nulidad de elecciones regionales en el departamento de Ancash. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del Ministerio Publico a fin que procede conforme a sus atribuciones la denuncia sobre el presunto soborno que se habria producido en la Eleccion Regional de Ancash. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General 00565

Proclaman regidor del Concejo Distrital de Ilabaya
RESOLUCION Nº 007-2003-JNE

Expediente Nº 2045-2002 MORDAZA, 2 de enero de 2003 VISTA, la queja interpuesta por el personero legal alterno de la agrupacion politica Union por el Peru - Frente Amplio, contra los miembros del MORDAZA Electoral Especial de Tacna, por no haber proclamado Regidores a los candidatos de dicha agrupacion en el Concejo Provincial de MORDAZA Basadre Grohomann y los Concejos Distritales de Ite e Ilabaya; CONSIDERANDO: Que segun el Acta de Proclamacion Municipal de Resultados de Computo y de Autoridades electas en la provincia de MORDAZA Basadre Grohomann, del 13 de diciembre del 2002, el Movimiento MORDAZA Basadrino obtuvo el primer lugar con 1,261 votos y la agrupacion politica Union por el Peru - Frente Amplio logro el MORDAZA lugar con 942 votos, por lo que, al primero le corresponde la Alcaldia y 4 Regidurias y al MORDAZA 1 Regiduria, proclamacion que ha sido correctamente realizada por el citado Jurado; Que del Acta de Proclamacion Municipal de Resultados de Computo y de Autoridades electas en el distrito de Ite, del 13 de diciembre ultimo, el Movimiento MORDAZA Basadrino obtuvo el primer lugar con 344 votos y la agrupacion politica Union por el Peru - Frente Amplio logro el MORDAZA lugar con 214 votos, por lo que, al primero le corresponde la Alcaldia y 4 Regidurias y al MORDAZA 1 Regiduria, proclamacion que ha sido realizada con arreglo a ley; Que asimismo del Acta de Proclamacion Municipal de Resultados de Computo y de Autoridades electas en el distrito de Ilabaya, del 13 de diciembre del actual, el Movimiento MORDAZA Basadrino obtuvo 497 votos, la agrupacion politica Union por el Peru - Frente

Exp. Nº 2203-2002-Apelacion MORDAZA, 7 de enero de 2003 Vista en Audiencia Publica de fecha 7 de enero de 2003, la apelacion interpuesta por el personero legal del Partido Renacimiento MORDAZA, contra la Resolucion Nº 569-2002-JNE-JEE-HUARAZ que declara infundada la solicitud de nulidad de elecciones regionales en departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que el apelante manifiesta que en diversos medios de comunicacion se ha difundido la comision de un presunto soborno y alteracion de actas electorales que habria realizado el candidato a la presidencia de la Region MORDAZA por el Partido Aprista Peruano, y que en el centro de computo de la Oficina Descentralizado de Procesos Electorales de MORDAZA no se permitio el ingreso del personero legal ni tecnico para verificar el computo de la votacion; Que el peticionante no acredita con prueba suficiente sus afirmaciones; por lo que, no se ha probado que se MORDAZA incurrido en las causales de nulidad previstas

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