Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2003 (15/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 15 de enero de 2003 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES

Que la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismo para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, segun lo establecido en la Setima Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, el Estado representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales asumira la calidad de propietario de aquellos bienes que, sin constituir propiedad privada no se encuentren inscritos en los Registros Publicos, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias que establezcan competencias en materia de dominio de la propiedad estatal; Que, en merito a la MORDAZA mencionada, corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno eriazo ribereno al mar de 713 288,72 m2, ubicado en la franja costera comprendida entre el MORDAZA MORDAZA y el Proyecto Especial Pachacutec en el distrito de Ventanilla y Provincia Constitucional del Callao, en el MORDAZA de lo establecido en el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y de la Resolucion de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 0112002/SBN, que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Oficio Nº 1984-2002/SBN-JAR, de fecha 20 de marzo del 2002, se formulo la consulta al Registro de la Propiedad Inmueble sobre el area de 713 288,72 m2, el cual concluyo que de acuerdo a la base grafica de la Subgerencia de Catastro no se ha determinado la existencia de inscripcion; Que, conforme el Certificado de Busqueda Catastral de fecha 11 de MORDAZA del 2002, emitido por el Registro Predial MORDAZA, indica que el terreno eriazo ribereno al mar de un area de 713 288,72 m2 no se encuentra en su jurisdiccion y que como resultado de dicha verificacion se determina la no superposicion con predios inscritos en el mencionado registro; Que, el predio esta conformado por areas de dominio publico y restringido como son las playas "Lance", "Costa Blanca" y "Carcal"; de conformidad con lo prescrito en la Ley Nº 26856; Que, los incisos i) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a promover la inmatriculacion de predios a favor del Estado cuando se carece de titulos probatorios de dominio; y que para ello, emitira en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001,Decreto Supremo Nº 1312001-EF, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Resolucion Nº 011-2001/SBN y estando a lo expresado en el Informe Tecnico Legal Nº 0386-2002/SBN-GO-JAR, de fecha de 29 de noviembre de 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo ribereno al mar de 713 288,72 m2, ubicado en la franja costera comprendida entre el MORDAZA MORDAZA y el Proyecto Especial Pachacutec, distrito de Ventanilla y Provincia Constitucional del Callao, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Registro de la Propiedad Inmueble de la MORDAZA Registral Nº IX de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 00659

RESOLUCION Nº 199-2002/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 18 de diciembre de 2002 Visto, el Expediente Nº 03869-2000 correspondiente al tramite de Inscripcion en Primera de Dominio a favor del Estado del terreno de 6 219,74 m2 ubicado al sur de la urbanizacion San MORDAZA de MORDAZA, en la ladera de cerro sin nombre, entre el Asentamiento Humano MORDAZA Residencial y Asociacion de Vivienda Magisterial 06 de MORDAZA, altura del Kilometro 10.5 de la Carretera Panamericana Sur, distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 10 de MORDAZA de 2002, se ha verificado que el predio se encuentra parcialmente ocupado por viviendas familiares sin titulo de dominio y el resto esta libre, asimismo no se cuenta con los servicios basicos de infraestructura MORDAZA, pero son factibles de instalar debido a su cercania con MORDAZA MORDAZA consolidada; Que, segun Certificado Registral de fecha 2 de setiembre de 2002, expedido por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, el terreno submateria se encuentra en MORDAZA donde no se observa inscripcion; Que, a traves del Certificado Catastral, de fecha 21 de agosto de 2002, expedido por el Registro Predial MORDAZA, se tiene que el terreno submateria no esta inscrito en el Registro Predial MORDAZA de Lima; Que, la Setima Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, dispone que el Estado representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales asumira la calidad de propietario de aquellos bienes que sin constituir propiedad privada no se encuentran inscritos en los Registros Publicos ni registrados en el Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, senala que los terrenos eriazos o riberenos son bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio de los aludidos lotes de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN; Que, los incisos i) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a promover la inmatriculacion de predios a favor del Estado cuando se carece de titulos probatorios de dominio, asi como tambien, a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001EF y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; y Resolucion Nº 315-2001/SBN y estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 0388-2002/SBN-GO-JAR, de fecha 2 de diciembre de 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la Primera Inscripcion de Dominio a favor del Estado del terreno de 6 219,74 m2 ubicado al sur de la urbanizacion San MORDAZA de MORDAZA, en la ladera de cerro sin nombre, entre el Asentamiento Hu-

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