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PÆg. 237382 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de enero de 2003 SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACUMULAR, el proceso administrativo disciplinario instaurado mediante Resolución Presiden- cial Nº 076-2002-INPE/P al proceso administrativo disci-plinario instaurado mediante Resolución Presidencial Nº 813-2002-INPE/P, con respecto a los ex funcionarios de la Dirección Regional Lima, Nivel F-4 Keneth AugustoMORA LANDEO ex Director General y ex Presidente del Comité Especial; Nivel F-2 Luis Alberto MENDIETA SAN- CHEZ ex Director de Asesoría Jurídica y ex Miembro delComité Especial; Nivel F-2 Gregorio MENDOZA ROME- RO ex Director de Administración y ex Miembro del Co- mité Especial; Luis Alberto SÁNCHEZ MIRANDA exMiembro del Comité Especial y Mónica Beatriz ROMAN ALVAREZ, ex Miembro del Comité Especial, por los moti- vos expuestos en la parte considerativa. Artículo 2º.- IMPONER, a los ex funcionarios de la Dirección Regional Lima, Nivel F-4 Keneth Augusto MORA LANDEO ex Director General y ex Presidente del ComitéEspecial la sanción disciplinaria de CESE TEMPORAL de tres (3) meses sin goce de remuneraciones; Nivel F-2 Gregorio MENDOZA ROMERO ex Director de Adminis-tración y ex Miembro del Comité Especial la sanción dis- ciplinaria de CESE TEMPORAL de tres (03) meses sin goce de remuneraciones; Nivel F-2 Walter MENCHOLAVASQUEZ ex Director de Administración y ex Miembro del Comité Especial la sanción disciplinaria de CESE TEMPORAL de tres (3) meses sin goce de remuneracio-nes; Nivel F-2 Luis Alberto MENDIETA SANCHEZ ex Di- rector de Asesoría Jurídica y ex Miembro del Comité Es- pecial la sanción disciplinaria de CESE TEMPORAL detreinta y cinco (35) días sin goce de remuneraciones; Ni- vel F-2 Rocío Elizabeth MARCELO HERMOZA ex Direc- tora de Administración la sanción disciplinaria de CESETEMPORAL de treinta y cinco (35) días sin goce de remuneraciones; Luis Alberto SÁNCHEZ MIRANDA ex Miembro del Comité Especial la sanción disciplinaria deSUSPENSIÓN de veinte (20) días sin goce de remune- raciones y Mónica Beatriz ROMAN ALVAREZ ex Miem- bro del Comité Especial la sanción disciplinaria de SUS-PENSIÓN de diez (10) días sin goce de remuneraciones por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3º.- ABSOLVER de los cargos efectuados en el presente proceso administrativo al ex funcionario Nivel F-4 Crnl. Víctor FIGUEROA ROMERO ex DirectorGeneral de la Dirección Regional Lima, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Reso- lución. Artículo 4º.- DISPONER que la Oficina de Auditoría General amplíe las investigaciones con respecto al ex asesor Víctor GALINDO CABRERA quien fuera contra-tado para asesorar y apoyar en forma permanente al Comité Especial de Licitación Pública Nº 001-2001-INPE. Artículo 5º.- DISPONER que la Oficina General de Administración adopte las medidas necesarias para el recupero de la suma S/. 18,255.70 pagados en exceso a los proveedores por la provisión de alimentos de acuerdoa lo recomendado por la Oficina de Auditoría General. Artículo 6º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a través de la Oficina de Recursos Humanos del INPE,para los efectos de Ley. Regístrese y comuníquese.JAVIER BUSTAMANTE RODRÍGUEZ Presidente 00654 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Declaran nulidad de licitación pœblica internacional para la adquisición dematerial de laboratorio y gabinete RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 011-2003-J-OPD/INS Lima, 14 de enero del 2003CONSIDERANDO: Que, el Comité Especial de la Licitación Pública Internacional Nº 002-2002-OPD/INS, segunda convo- catoria, para la adquisición de material de laboratorioy gabinete para el Instituto Nacional de Salud, otorgó la buena pro con fecha 24.10.02, entre otros posto- res, a las firmas Droguería Importadora La MercedE.I.R.L. en los ítems 58, 181, 209 y BIONET S.A. en los ítems 153, 200, 213 y 214, en razón de haber ob- tenido el más alto puntaje total en los referidos ítemsdel citado proceso de selección; Que, con fecha 31.10.02, el Presidente del Comité Especial del mencionado proceso de selección comuni-có, mediante Informe Nº 04-2002-CE/INS, que con poste- rioridad al otorgamiento de la buena pro, a efectos de la suscripción del contrato, el Comité Especial a su cargo,al efectuar una revisión de la descripción técnica de los bienes materia del proceso, contenida en el acta de otorgamiento de buena pro, observó que, los bienes con-tenidos en los ítems Nº 58, 181 y 209; así como en los ítems Nº 153, 200, 213 y 214, adjudicados a las firmas Droguería Importadora La Merced E.I.R.L. y BIONET S.A.,respectivamente, eran bienes elaborados en el extranjero, no obstante lo cual se les había otorgado un puntaje adicional en aplicación a lo dispuesto por el D.U. Nº 064-2000, Ley Nº 27143 y sus modificatorias, sin correspon- derle, al haber presentado las referidas empresas, las declaraciones juradas que disponía la referida norma paraacreditar que los bienes ofertados eran elaborados en el territorio nacional, razón por lo cual solicitaron a la Jefa- tura de la Entidad, disponga la verificación posteriorcorrespondiente; Que, mediante Informe Nº 307-2002-DG-OGA/INS, de fecha 26.12.02, el Director General de Administración,hizo de conocimiento de la Jefatura de la institución, el Informe Nº 240-2002-OBT-DILOG/INS, emitido por el Área de Obtención a cargo de la Dirección Ejecutiva de Logís-tica, por el que se comunicaba que, habiendo realizado la verificación de los ítems 58, 181 y 209 adjudicados a la empresa Droguería Importadora la Merced E.I.R.L. yde los ítems 153, 200, 213, y 214 adjudicados a la em- presa BIONET S.A., se había podido constatar que los bienes que los conformaban correspondían a bieneselaborados fuera del territorio nacional y no son, por tan- to, productos nacionales, tal como afirman las referidas empresas postoras en sus declaraciones juradas antescitadas; Que, en este sentido las declaraciones juradas presen- tadas por las firmas postoras y beneficiadas con la bue-na pro en los ítems 58, 181, 209, adjudicados a la firma Droguería Importadora la Merced E.I.R.L. y de los ítems 153, 200, 213, y 214 adjudicados a la firma BIONET S.A.,contienen información falsa, consignada por las mismas a través de sus representantes legales, así aparece a fojas 51 de la propuesta técnica presentada por la firmaDroguería Importadora La Merced E.I.R.L. y a fojas 03 de la propuesta técnica presentada por la firma BIONET S.A., en las que se puede constatar que los bienes con-tenidos en los ítems observados, no han sido elaborados en territorio nacional; Que, el artículo 19º del Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, señala son responsables del contenido de las declaraciones juradas que presenten a los efectos delos procesos de selección, las personas naturales o los representantes de las personas jurídicas que las suscriban y que su falsedad es sancionada de acuer-do a las normas de la materia, en aplicación a su vez, del principio de presunción de veracidad establecido en la Ley Nº 27444, conforme al cual, en la tramita-ción del procedimiento correspondiente se presume que los documentos y declaraciones formulados, res- ponden a la verdad de los hechos que ellos afirman,siendo sujetos a verificación posterior; Que, el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que el Titular del Pliego podrá declarar de oficio la nulidad del proceso de selección por causales estable-cidas en el articulo 57º del T.U.O de la Ley de Con- trataciones y adquisiciones aprobado por Decreto Su- premo Nº 012-2001-PCM;