Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2003 (15/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

MORDAZA, miercoles 15 de enero de 2003

NORMAS LEGALES

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INACC
Designan funcionaria responsable de brindar informacion de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica
INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCION JEFATURAL Nº 002-2003-INACC/J MORDAZA, 10 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, Ley Nº 27806, dispone que dicha Ley tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion, consagrado en el numeral 5) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; Que, de acuerdo al articulo 3º de la Ley Nº 27806 todas las actividades y disposiciones de las entidades de la Administracion publica estan sometidas al MORDAZA de publicidad; asimismo, establece que el Estado adoptara medidas basicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuacion de las entidades de la Administracion Publica y tienen la obligacion de entregar la informacion que demanden las personas en aplicacion del MORDAZA de publicidad; Que, para tal efecto, el ultimo parrafo del articulo senalado asi como el articulo 8º de la Ley Nº 27806 disponen que las entidades obligadas a brindar informacion, identificaran bajo responsabilidad de su MORDAZA representante, al funcionario responsable de brindar la informacion solicitada en virtud de lo establecido en la referida ley; Que, conforme al literal a) del articulo 11º de la Ley MORDAZA citada, toda solicitud de informacion debe ser dirigida al funcionario designado por la entidad de la Administracion Publica para realizar esta labor, por lo que resulta necesario efectuar la respectiva designacion; De conformidad con las funciones y atribuciones contenidas en los incisos f), h) e i) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, aprobado por D.S. Nº 053-2002-EM; y, Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina General de Administracion; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora de la Unidad de Administracion Documentaria y Archivo del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, como la funcionaria responsable de brindar la informacion que demanden las personas en aplicacion del MORDAZA de publicidad, con el fin de garantizar y promover la transparencia en la actuacion de la entidad, en virtud de lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion aprobado por Ley Nº 27806. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BARCELLOS M. Jefe Institucional 00724

VISTO, el Informe Nº 041-2002-INPE-CEPAD del 3 de diciembre del 2002 de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario y el Oficio Nº 185-2002-INPE/05 de la Oficina de Auditoria General; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 813-2002INPE-P se aperturo MORDAZA administrativo disciplinario a los ex funcionarios de la Direccion Regional MORDAZA, Nivel F-4 Keneth MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director General y ex Presidente del Comite Especial; Nivel F-4 Crnl. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director General; Nivel F-2 MORDAZA MORDAZA MENDIETA MORDAZA ex Director de Asesoria Juridica y ex Miembro del Comite Especial; Nivel F-2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director de Administracion y ex Miembro del Comite Especial; Nivel F-2; MORDAZA MENCHOLA MORDAZA ex Director de Administracion y ex Miembro del Comite Especial; Nivel F-2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los ex miembros del Comite Especial, senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en merito al Informe Nº 026-2002-INPE/CEPAD, elaborado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, que tuvo como sustento el Informe Nº 005-2002INPE/05 del 13 de MORDAZA del 2002, habiendose iniciado el MORDAZA administrativo disciplinario MORDAZA del ano en que el Presidente del INPE, tomo conocimiento de la presunta comision de la falta administrativa disciplinaria, en conformidad con lo establecido en el articulo 173º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, anteriormente mediante Resolucion Presidencial Nº 076-2002-INPE/P se aperturo MORDAZA administrativo disciplinario por irregularidades en el MORDAZA de Licitacion Publica Nº 001-2001-INPE/17 en merito al Informe Nº 001-2002-INPE/05 "Examen Especial de Verificacion a la Denuncia por Presuntas Irregularidades en el MORDAZA de Seleccion en la Pr imera Convocatoria de la Licitacion Publica Nº 001-2001INPE/17" en el cual estan tambien comprendidos los procesados Keneth MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MENDIETA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, guardando conexion con el presente procedimiento, motivo por el cual, mediante Oficio Nº 185-2002-INPE/OR del 15 de MORDAZA del 2002, la Oficina General de Auditoria, comunico a la Presidencia del INPE que el Informe Nº 001-2002-INPE/05 constituye antecedente parcial del Informe Nº 005-2002INPE/05 del 13 de MORDAZA del 2002, por lo que, al guardar conexion ambos Informes de la Oficina General de Auditoria en cuanto a los hechos, identidad con respecto a los procesados mencionados en el presente parrafo y fundamentos, siendo el ultimo Informe de la Oficina de Auditoria General de alcance integral, conforme se establece en su Oficio Nº 185-2002-INPE/05, de conformidad con lo establecido en el articulo 149º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, procede acumular el MORDAZA administrativo disciplinario instaurado mediante Resolucion Presidencial Nº 076-2002-INPE/P al MORDAZA administrativo disciplinario instaurado mediante Resolucion Presidencial Nº 813-2002.INPE/P, a efectos de que no se imponga una sancion administrativa sucesiva o simultanea por el mismo hecho con respecto a los procesados mencionados en el presente parrafo, conforme lo establece el inciso 10º del articulo 230º de la acotada MORDAZA legal, habiendose MORDAZA los hechos materia del presente procedimiento que han merecido el descargo respectivo, aportando los procesados nuevos medios probatorios; Que, los referidos procesados fueron debidamente notificados personalmente con la Resolucion Presidencial Nº 813-2002-INPE/P, resolucion de apertura de MORDAZA administrativo, el dia 23 de octubre del 2002, conforme consta de los cargos de notificacion que obran en el expediente, habiendo concluido esta Comision Especial de Procesos Administrativos con el MORDAZA administrativo disciplinario el 3 de diciembre del 2002, por lo que se ha cumplido con el plazo dentro del cual se debe llevar a cabo dicho MORDAZA, de acuerdo a lo establecido en el articulo 163º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM;

INPE
Acumulan procesos administrativos disciplinarios e imponen sancion disciplinaria a ex funcionarios de la Direccion Regional MORDAZA
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 1013-2002-INPE-P MORDAZA, 30 de diciembre de 2002

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