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PÆg. 237633 NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de enero de 2003 nen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, de conformidad con lo esta- blecido en el Art. 194º de la Constitución Política, y con- cordante con el artículo 2º de la Ley Orgánica de Munici- palidades, Ley Nº 23853; Que, las Municipalidades son competentes para apro- bar su régimen de organización interior; Que, las instituciones de servicio público deben tener una actividad dinámica y proactiva, las mismas que se de- ben totalmente a los vecinos; Que, es necesario un reordenamiento de las diversas áreas, buscando una adecuada distribución y homologa- ción con pleno sentido, así como una capacitación de los estamentos que la integran; Estando a lo expuesto y a lo aprobado en Sesión Or- dinaria de Concejo, por votación UNÁNIME con dispen- sa del trámite de aprobación del Acta; y en uso de las facultades conferidas en los artículos 36º, 47º, 109º y 110º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalida- des; ACUERDA:Artículo Único.- DECLARAR EN EMERGENCIA, RE- ORGANIZACIÓN Y REESTRUCTURACIÓN ORGÁNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, TÉCNICA Y FUNCIO- NAL la Municipalidad de San Isidro. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JORGE SALMÓN JORDAN Alcalde 01069 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Declaran en urgencia al distrito en materia de población, salud y sanea- miento ambiental ACUERDO DE CONCEJO Nº 001 San Juan de Lurigancho, 4 de enero de 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO; en su I- 2003 Sesión Ordinaria de fecha 4 de enero del 2003, en materia de población, salud y sanea- miento ambiental; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía política, econó- mica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalida- des, señala en su Capítulo III del Concejo Municipal, indica en su Artículo 36º. Los Concejos Municipales ejercen las siguientes atribuciones Dictar, modificar y derogar las or- denanzas y edictos municipales de su competencia; Que, el mismo cuerpo legal, señala en su artículo 66º que son funciones de las Municipalidades en materia de población, salud y saneamiento ambiental; Inc. 1), Normar y controlar las actividades relacionadas con el saneamien- to ambiemtal , y el Inc. 12), ejecutar el servicio de limpieza pública, ubicar las áreas para la acumulación de basura y/o el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, el artículo 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, indica que se considera Situación de Urgencia cuan- do la ausencia extraordinaria e imprevisible de determina- do bien o servicio compromete en forma directa e inmi- nente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; Que, en vista de encontrarse en situación caótica el servicio de limpieza pública del distrito de San Juan de Lurigancho, y ante la grave situación económica por laque se atraviesa por el legado de la gestión anterior, de- bido al deficiente servicio que se estaba prestando, es que se requiere declarar en estado de urgencia el servi- cio de limpieza pública; Estando a lo dispuesto y de conformidad con el artí- culo 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, y el Concejo por Mayoría, y con dispensa de la lectura y trámite de la aprobación del acta; ACUERDA:Artículo Primero.- Declarar en Urgencia al distrito de San Juan de Lurigancho en materia de población, salud y saneamiento ambiental, en el área específica del servicio de limpieza pública. Artículo Segundo.- Establecer que el plazo para de- clarar en urgencia es de 120 (ciento veinte días) calenda- rio, a partir de la fecha del presente Acuerdo, luego de lo cual emitirá su Informe de la Dirección de Desarrollo Am- biental y Salud emitirá el correspondiente informe. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General hacer de conocimiento el presente Acuerdo a la Comisión respectiva del Congreso de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Contraloría General de la República dentro de los diez (10) días calendario siguien- tes a la fecha de su aprobación, y en cumplimiento del artí- culo 19º de la Ley Nº 26850. Artículo Cuarto.- Remitir copia de la presente Resolu- ción a la Dirección de Desarrollo Ambiental y Salud y a las Unidades correspondientes para su cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 01068 Declaran en urgencia el estado finan- ciero, económico y administrativo de la municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 002 San Juan de Lurigancho, 4 de enero de 2003 Visto; en la I-2003 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 4 de enero del 2002, la cuestión previa presentada por el Regidor Juan Nerio Silva Mallqui; CONSIDERANDO: Que, es necesario declarar en Urgencia el punto tres de la agenda y dentro de esa urgencia se deberá autorizar la nueva cuenta que se va a aperturar así como la auditoría que se realizará; Que, el artículo 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, indica que se considera Situación de Urgencia cuan- do la ausencia extraordinaria e imprevisible de determina- do bien o servicio compromete en forma directa e inminen- te la continuidad de los servicios esenciales o de las ope- raciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; Que, según lo prevé el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son órganos de Go- bierno Local con autonomía política, económica y adminis- trativa en los asuntos de su competencia y el artículo 192º Inc. 2. establece que las municipalidades tienen com- petencia para administrar sus bienes y rentas; Que, según el Art. 109º de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853, establece que los Concejos Municipa- les ejercen funciones de gobierno mediante Ordenanzas, Edictos y Acuerdos y sus funciones administrativas me- diante Resolución; Estando a lo dispuesto por el artículo antes acotado y el Concejo Municipal por Mayoría aprobó la cuestión pre- via solicitada y con dispensa de la lectura y trámite de aprobación de Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- Declarar en Urgencia el estado fi- nanciero, económico y administrativo, de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho.