Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2003 (18/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

MORDAZA, sabado 18 de enero de 2003

NORMAS LEGALES

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legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407; Que, la elaboracion y aprobacion de normas tecnicas dentro del Sistema Peruano de Normalizacion, se rige por el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas, aprobado mediante Resolucion Nº 0072-2000-INDECOPI-CRT, que derogo al reglamento aprobado mediante la Resolucion Nº 031-93/INDECOPI-CNM, ambos basados en los principios del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas citado; Que, el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas vigente, al igual que el reglamento anterior, establece en su articulo 15º que las Normas Tecnicas Peruanas seran revisadas periodicamente para lograr su actualizacion, previendo un plazo recomendable de revision de cinco (5) anos; Que, de conformidad con la reglamentacion citada, la Comision solicito a los Comites Tecnicos de Normalizacion dentro de su Plan de Trabajo 2002, la revision de las normas tecnicas que contaban con mas de cinco (5) anos de aprobacion. Asimismo, tratandose de normas tecnicas respecto a las cuales no se cuenta a la fecha con Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision solicito la opinion a diversas entidades involucradas en la materia, todo ello con el objetivo de contar con normas tecnicas confiables y permanentemente actualizadas que satisfagan sus expectativas de los usuarios; Que, como resultado de este MORDAZA de revision y actualizacion, el 8 de noviembre del 2002, el Comite Tecnico de Normalizacion de Gestion y Aseguramiento de la Calidad, informo que la NTP-ISO 9004-2:1993 debia dejarse sin efecto, debido a que el antecedente utilizado en su elaboracion, la MORDAZA tecnica ISO 9004:1991, fue anulada por la International Organization for Standardization - ISO, situacion que ha sido corroborada por la Secretaria Tecnica quien ha recomendado en tal sentido la derogatoria de la MORDAZA Tecnica Peruana MORDAZA citada; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi y el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 5 de diciembre del 2002. RESUELVE: DEJAR SIN EFECTO la siguiente MORDAZA Tecnica Peruana, por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion: NTP-ISO 9004-2:1993 GESTION DE LA CALIDAD Y ELEMENTOS DEL SISTEMA DE LA CALIDAD. Parte 2: Directivas para empresas de servicios Registrese y publiquese. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 00922

del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPICRT; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion Permanentes: a) Cementos, Cales y Yesos, b) Petroleo y Derivados. Combustibles Liquidos, y c) Leche y Productos Lacteos, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, los Comites Tecnicos de Normalizacion indicados, presentaron Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas (PNTP) en las fechas siguientes: a) Cementos, Cales y Yesos, 1 PNTP, el 08 de MORDAZA del 2002. b) Petroleo y sus Derivados. Combustibles Liquidos, 1 PNTP, el 15 de agosto del 2002. c) Leche y Productos Lacteos, 1 PNTP, el 08 de MORDAZA del 2002. Los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas citados fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema Ordinario, y sometidos a Discusion Publica por un periodo de sesenta dias calendario, contados a partir del 18 de setiembre del ano en curso; Que, no habiendose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas y luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo su aprobacion, como Normas Tecnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 12 de diciembre del 2002; RESUELVE: Primero.- APROBAR como Normas Tecnicas Peruanas, las siguientes: NTP 334.056:2002 CEMENTOS. Metodo de ensayo para determinar los tiempos de fraguado de pasta de cemento Portland por medio de las agujas Gillmore. 2ª Edicion. NTP 321.088:2002 PETROLEO Y DERIVADOS. Presion de vapor de productos de petroleo. Metodo Reid. 1ª Edicion. NTP 202.005:2002 LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS. Leche en polvo. Requisitos. 3ª Edicion. Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Tecnicas Peruanas:

Aprueban Normas Tecnicas Peruanas sobre cementos, petroleo y derivados, leche y productos lacteos
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 00139-2002/INDECOPI-CRT MORDAZA, 12 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones

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