TEXTO PAGINA: 13
PÆg. 237715 NORMAS LEGALES Lima, martes 21 de enero de 2003 TRATADO PARA LA CREACIÓN DEL CONSEJO SUDAMERICANO DEL DEPORTE "CONSUDE" Los Estados signatarios del presente Tratado, en ade- lante denominados "Las Partes", que se individualizan alfinal del presente documento, reunidos en Belém do Pará,Brasil, a cuatro días del mes de mayo del año dos mil dos: CONSIDERANDO: a) Que en la Primera Reunión de Organismos Estatales de Deportes de Sudamérica, realizada en Santiago de Chi-le los días 7 y 8 de julio de 1991, con la participación de delegados de Argentina, Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú y Uruguay, se acordó crear el Consejo Sud-americano del Deporte (CONSUDE) con el objeto de coor-dinar los organismos afines que lo integren y elevar el nivelde desarrollo y rendimiento del deporte y la recreación enlos respectivos países; b) Que en la reunión del CONSUDE celebrada en Asun- ción, Paraguay, en marzo de 1998, con la participación dedelegados de Argentina, Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador,Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela, se aprobó un pro-yecto de Estatutos de la organización; c) Que en la reunión del CONSUDE realizada en San Pablo, Brasil, el 26 de julio de 2000 se acordó iniciar el pro- ceso de constitución del CONSUDE como organismo inter-nacional intergubernamental; y d) Que en la reunión de CONSUDE realizada en Lima, Perú, el 26 de noviembre de 2002 se aprobaron las basesdefinitivas para la redacción de los estatutos de la organi- zación. Acuerdan lo siguiente:ARTÍCULO I - Se crea el Consejo Sudamericano del Deporte, en adelante, en los presentes estatutos, el "CON- SUDE", como organización intergubernamental que tiene por objeto impulsar y facilitar, en coordinación con los orga-nismos gubernamentales de deportes de los estados miem-bros y con los organismos internacionales del deporte, elperfeccionamiento de la legislación, organización, políticasy programas de difusión, fomento, desarrollo y protección de la actividad física y el deporte. ARTÍCULO II - El CONSUDE tendrá personalidad jurídi- ca propia y capacidad para celebrar toda clase de actos ycontratos permitidos por las leyes e intervenir en toda ac-ción judicial o administrativa en defensa de sus intereses. OBJETIVOS ARTÍCULO III - El CONSUDE tendrá los siguientes ob- jetivos: a) Promover los mecanismos de cooperación bilateral, multilateral y regional entre los países tendientes a la supe-ración de los niveles deportivos; b) Fomentar y auspiciar competencias deportivas entre dos o más países; c) Promover el intercambio de recursos humanos, tec- nológicos, documentales y bibliográficos en materia depor- tiva; d) Fomentar la cooperación entre las Partes para el de- sarrollo de la cultura física, la recreación y el deporte paratodos; e) Propender a la armonización de las legislaciones de- portivas de las Partes; f) Impulsar la colaboración con el Consejo Iberoame- ricano del Deporte (CID) y otras organizaciones deportivasinternacionales; g) Promover la ética y el juego limpio en el deporte sud- americano; h) Promover el intercambio permanente de información y de experiencias de cada una de las Partes acerca de es-tructuras, normas jurídicas y organización administrativacomo una forma de propender al enriquecimiento recípro-co; i) Promover eventos sudamericanos en todos los nive- les estudiantiles y el deporte para todos con propósitos de integración e intercambio cultural; j) Promover en los respectivos Gobiernos el dictado de políticas nacionales en materia de deporte, educación físi-ca y recreación para que formen parte de las estrategiasnacionales de desarrollo económico y social; k) Estructurar mecanismos funcionales de intercambio documental en materia de difusión; de ciencia del deporte;de orientación técnica y metodológica de actividades y com-petencias; de desarrollo de organizaciones deportivas; de infraestructura; de planificación; y de financiamiento; l) Generar criterios y mecanismos comunes y medidas prácticas para prevenir y erradicar el dopaje y la violenciaen el deporte; y m) Impulsar centros de alto rendimiento deportivo, que puedan servir a varios países en sus objetivos de elevar sunivel competitivo internacional. IDIOMAS ARTÍCULO IV - Los idiomas oficiales del CONSUDE serán el castellano y el portugués. MIEMBROS ARTÍCULO V - Serán miembros del CONSUDE, los Estados sudamericanos que ratifiquen o se adhieran alpresente Tratado, de conformidad con sus respectivos or-denamientos jurídicos y con el procedimiento establecido en estos estatutos. Los Estados miembros estarán re- presentados en el CONSUDE por las autoridades supe-riores de sus respectivos organismos gubernamentalesdel deporte. ÓRGANOS ARTÍCULO VI - Son órganos del CONSUDE: a) La Asamblea General; b) El Presidente, Vicepresidentes y Secretario Ejecuti- vo; c) El Comité Ejecutivo; y d) Las Comisiones de Trabajo. ASAMBLEA GENERALARTÍCULO VII - La Asamblea General es la autoridad máxima del CONSUDE y estará integrada por todos los Estados miembros. Las delegaciones de los Estados miem-bros del CONSUDE ante la Asamblea General estarán com-puestas por un máximo de tres delegados, de los que unode ellos ostentará el derecho al voto. ARTÍCULO VIII - La Asamblea General tendrá las si- guientes facultades: a) Elegir al Presidente y a los Vicepresidentes; b) Adoptar resoluciones y recomendaciones y conocer su cumplimiento; c) Aprobar el plan estratégico, el plan de gestión anual y el presupuesto; d) Redactar, aprobar y modificar la "Carta Sudamericana del Deporte"; e) Aprobar los reglamentos de funcionamiento; yf) Designar delegados a otros organismos deportivos internacionales. ASAMBLEA ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA ARTÍCULO IX - La Asamblea se reunirá en sesión ordi- naria una vez al año. Las sesiones extraordinarias podrán convocarse por acuerdo del Comité Ejecutivo o a peticiónde la mayoría de sus miembros. El quórum para sesionarserá la mayoría simple de los Estados miembros. PRESIDENTE, VICEPRESIDENTES Y SECRETARIO EJECUTIVO ARTÍCULO X - El Presidente y los Vicepresidentes del CONSUDE serán elegidos por la Asamblea General. La elec-ción se hará sobre la base de las autoridades superioresde los organismos gubernamentales del deporte de los res- pectivos Estados miembros que sean postulados para es- tos efectos. Los cargos del Presidente y de Vicepresidentes del CONSUDE podrán recaer en la autoridad superior de unmismo organismo gubernamental del deporte por una solavez consecutiva. El Presidente tendrá la representación judicial y extraju- dicial del CONSUDE. El primer Vicepresidente tendrá a su cargo las materias relacionadas con la gestión institucional (legislación, políti-cas, organización, etc.). El segundo Vicepresidente tendrá a su cargo las mate- rias relacionadas con la actividad física y el deporte. Un reglamento aprobado por la Asamblea establecerá las demás funciones del Presidente y de los Vicepresidentes.