Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2003 (21/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, martes 21 de enero de 2003

NORMAS LEGALES

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Instauran MORDAZA administrativo disciplinario contra ex funcionarios y funcionarias del ministerio y del INRENA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0025-2003-AG
MORDAZA, 14 de enero de 2003 VISTO: El Informe Nº 016-2002-AG/CEPAD de fecha 6 de diciembre de 2002 elaborado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que, la Sociedad de Auditoria Noles MORDAZA & Asoc. S.C. fue designada por la Contraloria General de la Republica para realizar la Auditoria - Financiera Operativa realizada al Proyecto Programa de Encauzamiento de MORDAZA y Proteccion de Estructuras de Captacion - PERPEC (Periodos 1999 y 2000); y la Auditoria Financiera - Operativa realizada al Proyecto PLAN MORDAZA MORDAZA (Periodo octubre a diciembre de 1999 y ano 2000); Que, mediante Memorando Nº 0099-2002-AG-SEGMA, la Secretaria General del Ministerio de Agricultura, solicita la implementacion de la Recomendacion Nº 1 contenida en el Tomo I y Tomo III del Informe resultante de la Auditoria Financiera Operativa realizada al Proyecto Programa de Encauzamiento de MORDAZA y Proteccion de Estructuras de Captacion- PERPEC; y la Recomendacion Nº 1 contenida en el Tomo I y Tomo III del Informe resultante de la Auditoria Financiera - Operativa realizada al Proyecto PLAN MORDAZA VERDE; Que, en la Recomendacion Nº 01 de cada uno de los Tomos de los Informes de Control se indica que el Ministro de Agricultura, disponga se inicie los correspondientes procesos para la aplicacion de las acciones disciplinarias de los funcionarios y/o servidores comprendidos en los hechos observados, previas graduacion de las responsabilidades senaladas, de conformidad con las normas vigentes; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura, luego de calificar los hechos y atendiendo a lo recomendado en el Informe resultado de la accion de control, mediante el Informe del Visto, acuerda con relacion a las Observaciones Nº 01 al Nº 18 del Tomo I, y Observaciones Nºs. 01, 02 y 04 del Tomo III del Informe resultante de la Auditoria Financiera - Operativa realizada al Programa de Encauzamiento de MORDAZA y Proteccion de Estructuras de Captacion - PERPEC (Periodos 1999 y 2000); y las Observaciones Nº 01 a Nº 18 del Tomo I, y Observaciones Nºs. 01, 02 y 04 del Tomo III del Informe resultante de la Auditoria Financiera - Operativa realizada al Proyecto PLAN MORDAZA MORDAZA (Periodo octubre a diciembre de 1999 y ano 2000); APERTURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO a los ex funcionarios y funcionarias, por incumplimiento de sus obligaciones y comision de faltas contenidas en el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, concordante con el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM que Reglamenta la precitada Ley; conforme

al detalle de los Anexos Nºs. 01 y 02 que forman parte integrante de la presente Resolucion; Que, conforme a lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, aprobada por la Ley Nº 27785, publicada el 23 de MORDAZA de 2002, el MORDAZA integral de control iniciado MORDAZA de la entrada en MORDAZA de esta ley, se regira por la normativa anterior hasta su conclusion, es decir por el Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control; Que, el inciso f) del articulo 16º del Decreto Ley Nº 26162 Ley del Sistema Nacional de Control, prescribe que los informes y/o dictamenes de una accion de control, emitidos por cualquier organo del Sistema, constituyen prueba preconstituida para la iniciacion de las acciones administrativas y/o legales a que hubiera lugar; Que, en virtud del articulo 166º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM concordante con el MORDAZA parrafo del articulo 165º del mismo cuerpo legal, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios tiene la facultad de calificar los hechos observados o denuncias que le MORDAZA remitidas y pronunciarse sobre la procedencia de abrir MORDAZA administrativo disciplinario; Estando a lo informado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura; y de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y el Decreto Supremo Nº 017-2002-AG, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, y contando con las visaciones del Despacho Viceministerial, la Secretaria General y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra los ex funcionarios y funcionarias del Ministerio de Agricultura y del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) segun corresponda, los cuales se detallan en los Anexos Nº 01 y Nº 02 que forman parte integrante de la presente resolucion, al encontrarse comprendidos en las Observaciones Nº 01 a Nº 18 del Tomo I, y Observaciones Nºs. 01, 02 y 04 del Tomo III del Informe resultante de la Auditoria Financiera Operativa realizada al Programa de Encauzamiento de MORDAZA y Proteccion de Estructuras de Captacion - PERPEC (Periodos 1999 y 2000); y las Observaciones Nº 01 a Nº 18 del Tomo I, y Observaciones Nºs. 01, 02 y 04 del Tomo III del Informe resultante de la Auditoria Financiera - Operativa realizada al Proyecto PLAN MORDAZA MORDAZA (Periodo octubre a diciembre de 1999 y ano 2000). Articulo Segundo.- Remitir los actuados a la Comision Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios del Ministerio de Agricultura, para que proceda de acuerdo a las facultades y funciones concedidas en la normatividad citada. Asi como a la Oficina General de Auditoria Interna del Ministerio de Agricultura para los fines de ley. Articulo Tercero.- Notificar la presente resolucion a los ex funcionarios y funcionaria del Ministerio de Agricultura comprendidos en la parte resolutiva de la presente, otorgandoseles el plazo de cinco (5) dias utiles contados a partir de su notificacion personal, para que presenten sus respectivos descargos, asi como las pruebas que consideren

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