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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2003 (21/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 20

PÆg. 237722 NORMAS LEGALES Lima, martes 21 de enero de 2003 MATERIAL AERONÁUTICO: - Cessna 170-B. - Cessna 182-F.- Cessna U206C.- Cessna 421.- Cessna 185.- Cessna 208. CIRCUITOS TURÍSTICOS: - Lima - Sobrevuelo Jeroglíficos de las Pampas de Pal- pa, Líneas de Nasca - Lima. - Lima - Sobrevuelo Cañón del Colca, Valle de los Volca- nes - Lima. - Lima - Sobrevuelo Cordillera Blanca, Callejón de Hua- ylas - Lima. - Lima - Sobrevuelo Reserva de Paracas - Pisco.- Lima - Sobrevuelo Valle Sagrado de Los Incas, Mac- chu Picchu - Lima. - Pisco - Sobrevuelo Jeroglíficos de las Pampas de Pal- pa, Líneas de Nasca - Pisco. - Pisco - Sobrevuelo Reserva de Paracas - Pisco.- Ocucaje - Sobrevuelo Jeroglíficos de las Pampas de Palpa, Líneas de Nasca - Ocucaje. - Ocucaje - Sobrevuelo Reserva de Paracas - Ocucaje. - Nasca - Sobrevuelo Cañón del Colca, Valle de los Vol- canes - Nasca. - Nasca - Sobrevuelo Jeroglíficos de las Pampas de Palpa, Líneas de Nasca - Nasca. - Nasca - Sobrevuelo Reserva de Paracas - Nasca.- Arequipa - Sobrevuelo Valle de los Volcanes, Cañón del Colca - Arequipa. - Sobrevuelo Valle Sagrado de los Incas, Macchu Pic- chu. BASE DE OPERACIÓN: - Aeródromo de Nasca. SUBBASES DE OPERACIONES:- Aeropuerto Internacional "Jorge Chávez". - Aeropuerto de Arequipa. - Aeródromo de Ocucaje. - Aeropuerto de Pisco. Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas a AERO ICA S.R.L. deben estar provistas de sus correspondientes Cer-tificados de Matrícula vigentes, expedidos -de ser el caso-por el Registro Público de Aeronaves de la Oficina Registral de Lima y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabili- dad vigentes, expedidos o convalidados por la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil; y, de la Póliza o Certificadode Seguros que cubran los riesgos derivados de su activi-dad aérea. Artículo 3º.- AERO ICA S.R.L. está obligada a presen- tar a la Dirección General de Aeronáutica Civil, los datos estadísticos e informes que correspondan a su actividadaérea, de acuerdo a los procedimientos que establece laDirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 4º.- AERO ICA S.R.L. está obligada a estable- cer un Sistema de Radiocomunicación entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente información del tráfi- co aéreo que realizan sus aeronaves. Artículo 5º.- AERO ICA S.R.L. empleará en su servicio, personal aeronáutico que cuente con su respectiva licenciay certificación de aptitud expedidos o convalidados por laDirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 6º.- AERO ICA S.R.L. podrá hacer uso de las instalaciones de aeropuertos y/o aeródromos privados, pre-via autorización de sus propietarios. Artículo 7º.- Las aeronaves de AERO ICA S.R.L. po- drán operar en las rutas, aeropuertos y/o aeródromos cu-yas alturas estén comprendidas dentro de sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad co- rrespondiente. Artículo 8º.- El presente Permiso de Operación será revocado de inmediato en forma automática, cuando el pe-ticionario incumpla las obligaciones contenidas en la pre-sente Resolución; o pierda alguna de las capacidades le- gal, técnica o económico-financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; o renun-cie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado deExplotador y Especificaciones Técnicas de Operación. Artículo 9º.- Si la Administración verificase la existen- cia de fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil, procederá conforme a lo se- ñalado en el Artículo 32.3 de la Ley del Procedimiento Ad- ministrativo General. Artículo 10º.- La vigencia del presente Permiso de Ope- ración queda condicionada al cumplimiento de la obligaciónpor parte de AERO ICA S.R.L., de otorgar la garantía globalque señala el Artículo 93º de la Ley Nº 27261, en los térmi-nos y condiciones que establece el Reglamento de la refe- rida Ley. El incumplimiento de ésta obligación determinará la automática revocación del presente Permiso de Opera-ción. Artículo 11º.- AERO ICA S.R.L. deberá presentar cada año el Balance de Situación, el Estado de Ganancias yPérdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de Caja proyectado para el año siguiente. Artículo 12º.- AERO ICA S.R.L. requiere para realizar sus actividades aéreas el correspondiente Certificado deExplotador, así como las Especificaciones Técnicas de Ope-ración, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamen-tación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 13º.- El presente Permiso de Operación queda sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil, Ley Nº 27261, el Re-glamento; y demás disposiciones legales vigentes; así comolas Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILSON BENZAQUÉN R. Director General de Aeronáutica Civil 00695 VIVIENDA Constituyen el ComitØ de Dirección del Programa Nacional de Agua y Sanea-miento Rural - PRONASAR RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2003-VIVIENDA Lima, 20 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 001-2000-PRES, se aceptó la donación hasta por la suma de US$ 600,000.00del Gobierno de Japón a través del Banco Mundial al Go- bierno de la República del Perú, destinada a financiar la preparación del Programa Nacional de Agua y Saneamien-to Rural - PRONASAR; Que, a través del Memorando Nº 930-2002-MTC/ 15.09.03, el Director de la Oficina General de Presupuestoy Planificación de ex Ministerio de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción informó que la Oficina de Inversiones de Ministerio de Economía y Finanzas ha de-clarado la viabilidad del Programa de Agua Potable y Sa-neamiento Rural remitiendo el Informe Técnico Nº 027-2002-EF/68.01 que opinó favorablemente respecto de la ejecu-ción y viabilidad del citado Programa; Que, con fecha 18 de julio del 2002, se suscribió el Con- venio Interinstitucional entre el Fondo Nacional de Compen-sación y Desarrollo Social - FONCODES y el ex Ministeriode Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción,a través del ex Viceministerio de Saneamiento en el marcodel Programa de Agua Potable y Saneamiento Rural - PRO- NASAR; Que, por Decreto Supremo Nº 070-2002-PCM se de- terminó la transferencia, entre otros, de los programas yproyectos bajo el ámbito del subsector Saneamiento delex Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienday Construcción al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento determinándose y regulándose en la Ley Nº 27792 y en el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIEN-DA el ámbito, estructura orgánica básica, competencia yfunciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa-neamiento, en materia de saneamiento, entre otros as-pectos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 138-2002-EF se aprobó la operación de Endeudamiento Externo acordadaentre la República del Perú y el Banco Internacional deReconstrucción y Fomento - BIRF - hasta por la suma deUS$ 50 millones de dólares americanos, destinada a finan-ciar parcialmente el PRONASAR, determinándose que la