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PÆg. 237800 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de enero de 2003 JUSTICIA Incorporan miembro alterno ante comi- sión encargada de elaborar proyecto de Reglamento de la Ley de la Derrama Judicial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 022-2003-JUS Lima, 20 de enero de 2003 Visto, la comunicación de fecha 12 de diciembre de 2002, de la Federación Nacional de Trabajadores del Poder Judicial; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 372-2002- JUS, de fecha 10 de octubre de 2002, se constituye la Comisión de trabajo que se encargará de elaborar el Reglamento de la Ley Nº 24032 que crea la Derramadel Poder Judicial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 405-2002-JUS, de fecha 5 de noviembre de 2002, se incorpora al señorWilfredo Ramón Coha Aguilar, como miembro de la men- cionada comisión; Que, mediante documento de visto se solicita la incor- poración del doctor Jaime Ccusi Álvarez, como miembroalterno ante la Comisión encargada de elaborar el proyec-to de reglamento de la Ley de la Derrama Judicial, paraaquellos casos en los que el señor Wilfredo Ramón Coha Aguilar no pueda asistir; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, De- creto Ley Nº 25993, las Resoluciones Ministeriales Nºs.372 y 405-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Incorporar al doctor Jaime Ccusi Ál- varez, como miembro alterno del señor Wilfredo RamónCoha Aguilar ante la Comisión encargada de elaborar elproyecto de reglamento de la Ley de la Derrama Judicial,conforme a lo señalado en la parte considerativa de la pre- sente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 01251 Autorizan a asociación civil el funciona- miento de centro de conciliación con sede en la ciudad de Chiclayo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 005-2003-JUS Lima, 16 de enero de 2003 Vista la solicitud de Registro Nº 025182, de fecha 4 de octubre de 2002, de la Asociación Civil CENTRO DE CON- CILIACIÓN Y MEDIACIÓN CIURLIZZA, con abreviatura CECOMCI ASOCIACIÓN CIVIL y el Informe Nº 0043-2003-JUS/STC; CONSIDERANDO: Que, la mencionada asociación civil ha solicitado auto- rización para el funcionamiento del Centro de Conciliacióndenominado CENTRO DE CONCILIACIÓN Y MEDIACIÓNCIURLIZZA, con abreviatura CECOMCI, con sede en laciudad de Chiclayo; Que, según Informe Nº 0043-2003-JUS/STC, la recu- rrente cumple con todos los requisitos establecidos en los artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Concilia-ción, y los artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de laLey de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliación; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funcionesdel Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS, que precisa alcances de las funciones del Viceminis-tro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por LeyNº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Asociación Civil CEN- TRO DE CONCILIACIÓN Y MEDIACIÓN CIURLIZZA, con abreviatura CECOMCI ASOCIACIÓN CIVIL, elfuncionamiento de su Centro de Conciliación denomi-nado CENTRO DE CONCILIACIÓN Y MEDIACIÓNCIURLIZZA, con abreviatura CECOMCI, con sede enla ciudad de Chiclayo. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará elcorrecto funcionamiento del Centro de Conciliación y apli-cará, cuando corresponda, las medidas pertinentes deacuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO SOLF MONSALVE Viceministro de Justicia 01253 Autorizan cierre de centro de concilia- ción con sede en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 006-2003-JUS Lima, 16 de enero de 2003 Vista la solicitud de Registro Nº 16209, de fecha 18 de junio de 2002, de la asociación "UNIÓN SUDAMERICANA"; CONSIDERANDO: Que, la asociación UNIÓN SUDAMERICANA, fue au- torizada mediante Resolución Viceministerial Nº 155-2001-JUS, a funcionar como Centro de Conciliación denomina-do "Unión Sudamericana", con sede en la ciudad de Lima; Que, la asociación UNIÓN SUDAMERICANA, mediante acta de asociados, de fecha 14 de junio de 2002, acordó el cierre definitivo del Centro de Conciliación; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 2108-2002- JUS/STC, emitido por la Secretaría Técnica de Concilia-ción, es pertinente atender la solicitud de la asociaciónUNIÓN SUDAMERICANA; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Or- gánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Fun-ciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS, que precisa alcances de las funciones del Vice-ministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supre-mo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR, el cierre del Centro de Con- ciliación denominado "Unión Sudamericana", con sede enla ciudad de Lima. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Viceminis- terial Nº 155-2001-JUS, de fecha 9 de julio de 2001. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO SOLF MONSALVE Viceministro de Justicia 01254