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PÆg. 237803 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de enero de 2003 Visto el escrito de registro Nº CE-02401002, del 25 de octubre del 2002, presentados por PACIFICO LUNA S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 115-98-CTAR- LAMB/DRP, del 30 de setiembre de 1998, se otorgó permisode pesca a plazo determinado en adecuación a la Ley Generalde Pesca y su Reglamento a la empresa pesquera PACIFICOLUNA S.A., para operar la embarcación pesquera artesanal de bandera nacional denominada "CALICOJACK I" de matrícula Nº PL-18101-CM, de 22.50 m3 de capacidad de bodega, utili-zando el sistema de líneas o espinel como aparejo de pescapara la extracción de los recursos hidrobiológicos tollo, perico,tuno y diamante, para consumo humano directo; Que mediante Resolución Directoral Nº 043-99-CTAR- LAMB/DRP, del 2 de junio de 1999, se amplió el permiso de pesca otorgado mediante Resolución Directoral Nº 115-98-CTAR-LAMB/DRP a la empresa pesquera PACIFICO LUNAS.A., para operar la embarcación pesquera artesanal de ban-dera nacional denominada "CALICOJACK I" para la extracciónde recursos hidrobiológicos pez espada, pez vela, bacalao y quimera con destino al consumo humano directo, permiso que automáticamente amplió su alcance para la extracción de to-das las especies hidrobiológicas según lo establecido en elartículo 64º del Reglamento de la Ley General de Pesca, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Que mediante Resolución Directoral Nº 187-99-PE/DNE, del 23 de agosto de 1999, se adecuó al Régimen Provisional para la extracción del recurso bacalao de profundidad esta-blecido por Resolución Ministerial Nº154-99-PE, modificadopor Resolución Ministerial Nº 184-99-PE a la embarcaciónpesquera denominada "CALICOJACK I", perteneciente a laempresa PACIFICO LUNA S.A., con matrícula Nº PL-18101- CM, de 22.50 m3 de capacidad de bodega, utilizando el siste- ma de palangre como aparejo de pesca y como sistema depreservación cajas con hielo, para dedicarse a la extraccióndel recurso bacalao de profundidad (Dissostichus eleginoi-des) con destino al consumo humano directo, fuera de lascinco (5) millas de la costa; Que mediante Resolución Ministerial Nº 236-2001-PE, del 4 de julio del 2001, se aprobó el Reglamento de Ordenamien-to de la Pesquería del Bacalao de Profundidad (Dissostichuseleginoides), el que entre sus disposiciones transitorias y com-plementarias dispuso que las embarcaciones pesqueras queobtuvieron autorización para extraer bacalao de profundidad al amparo de lo dispuesto en el Régimen Provisional estable- cido por Resolución Ministerial Nº 154-99-PE, modificada porResolución Ministerial Nº 184-99-PE y su ampliación dispuestapor Resoluciones Ministeriales Nº. 129-2000-PE y 224-2000-PE, podrían solicitar su respectivo permiso de pesca hasta el15 de agosto del 2001, señalando las condiciones y requisi- tos para tal efecto; Que a través de la Resolución Ministerial Nº 401-2001- PE, del 20 de noviembre del 2001, se modificó la SegundaDisposición Transitoria y Complementaria del Reglamentode Ordenamiento de la Pesquería del Bacalao de Profundi-dad, determinándose que el otorgamiento de permisos de pesca a los armadores que, contando con permisos de pesca originalmente otorgados como artesanales, solicita-rán permiso de pesca en el marco de dicho Reglamento,reconocería el acceso a todas las especies hidrobiológi-cas, siempre que fueran destinadas al consumo humanodirecto y que para su extracción se utilicen artes y/o apa- rejos de pesca adecuados, para cuyo efecto la Resolución que otorgara el derecho correspondiente dejaría sin efectoel permiso de pesca artesanal anteriormente concedido,previa aceptación de la renuncia presentada; Que por Resolución Ministerial Nº 132-2002-PRODUCE, del 22 de octubre del 2002, se modificó la Primera Disposi- ción Transitoria y Complementaria del Reglamento de Orde- namiento de la Pesquería del Bacalao de Profundidad,disponiendo que las embarcaciones pesqueras que obtuvieronla autorización para extraer el recurso bacalao de profundi-dad al amparo de la dispuesto en el Régimen Provisional es-tablecido por Resolución Ministerial Nº 154-99-PE, modifica- do por Resolución Ministerial Nº 184-99-PE y su ampliación dispuesta por Resoluciones Ministeriales Nº 129-2000-PE yNº 224-2000-PE, podrán solicitar su respectivo permiso depesca hasta el 31 de diciembre del 2002; Que mediante el escrito del visto, la empresa PACIFICO LUNA S.A., solicita permiso de pesca para operar la em- barcación pesquera "CALICOJACK I" con matrícula Nº PL- 18101-CM, de 21.61 m3 de capacidad de bodega, en laextracción del recurso bacalao de profundidad, con desti-no al consumo humano directo, de conformidad con el Re-glamento de Ordenamiento de la Pesquería del Bacalao deProfundidad (Dissostichus eleginoides), aprobado por Re- solución Ministerial Nº 236-2001-PE; Que luego de la evaluación efectuada a los documentos alcanzados por la recurrente se ha determinado que ha cum- plido con presentar los requisitos establecidos en el Procedi- miento Nº 3 del Texto Único de Procedimientos Administrati-vos del Ministerio de Pesquería, (actualmente Ministerio de laProducción), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE y con las condiciones establecidas en el Reglamento deOrdenamiento de la Pesquería del Bacalao de Profundidad, aprobado por Resolución Ministerial Nº 236-2001-PE, y sus modificatorias dispuestas por las Resoluciones MinisterialesNº 401-2001-PE y Nº 132-2002-PRODUCE, así como hacumplido con presentar la renuncia al permiso de pescaartesanal otorgado para la operación de la embarcación "CA-LICOJACK I" por lo que resulta procedente aceptar la renun- cia formulada y otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Proce-samiento Pesquero mediante Informe Nº 007-2002-PE/DNEPP-Dch, y con la opinión favorable de la Oficina Ge-neral de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25977-Ley Gene- ral de Pesca; su Reglamento, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 012-2001-PE; el Reglamento de Ordenamiento de laPesquería del Bacalao de Profundidad (Dissostichus elegi-noides), aprobado por Resolución Ministerial Nº 236-2001-PE, su modificatoria mediante Resoluciones Ministeriales Nº 401-2001-PE y Nº 132-2002-PRODUCE; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería,aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo Nº 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aproba-do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa PACIFICO LUNA S.A., permiso de pesca para operar la embarcación pesquera "CA-LICOJACK I" con matrícula Nº PL-18101-CM de 21.61 m3 de volumen de bodega, en la extracción del recurso hidrobiológi- co bacalao de profundidad, con destino al consumo humanodirecto, utilizando como aparejo de pesca el palangre o espi-nel, fuera de las cinco (5) millas de la costa; autorizando asi-mismo la extracción de todas las especies hidrobiológicas,con excepción de los recursos plenamente explotados, siem- pre que sean destinados al consumo humano directo y que en su captura se empleen artes y/o aparejos de pesca adecua-dos, por los fundamentos expuestos en la parte considerativade la presente resolución. Artículo 2º.- Aceptar la renuncia formulada por la em- presa PACIFICO LUNA S.A., al permiso de pesca artesa- nal otorgado para operar la embarcación pesquera "CALI- COJACK I" de matrícula PL-18101-CM a través de la Re-solución Directoral Nº 115-98-CTAR-LAMB/DRP, del 30 desetiembre de 1998, ampliado por Resolución Directoral Nº043-99-CTAR-LAMB/DRP, del 2 de junio de 1999 y en con-secuencia, dejar sin efecto el derecho administrativo otor- gado por tales resoluciones. Artículo 3º.- Incluir a la embarcación pesquera "CALI- COJACK I" con matrícula Nº PL-18101-CM, así como lapresente resolución, en los Anexos I y III de la ResoluciónMinisterial Nº 375-2001-PE. Artículo 4º.- La vigencia del permiso de pesca otorga- do por la presente Resolución está supeditada a la operati- vidad de la embarcación pesquera y al pago anual por con-cepto de derechos de pesca que acredite el interesado conla respectiva constancia. El incumplimiento del pago en elplazo y condiciones fijados será causal de suspensión ocaducidad del derecho otorgado, según corresponda. Asi- mismo, constituirá causal de caducidad del permiso de pesca incrementar la capacidad de bodega de la embarca-ción sin la correspondiente autorización. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Mi-nisterio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pes- quería de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, An- cash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero 01273