Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2003 (23/01/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 23 de enero de 2003

MORDAZA Norte al no haber resuelto un pedido de nulidad de 1293 actas electorales correspondiente al distrito de San MORDAZA de Porres de la provincia y departamento de Lima; Que el 5 de diciembre del 2002 se presento ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Norte el recurso de revision y nulidad de la votacion de mesas de sufragio; fecha en la cual aun no se habia realizado la proclamacion de resultados de la jurisdiccion distrital de San MORDAZA de Porres; Que el articulo 367º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, senala que los recursos de nulidad se presentan en el plazo de tres dias, contados desde el dia siguiente al de la proclamacion de los resultados o de la publicacion de la resolucion que origine el recurso; Que, al no haber emitido pronunciamiento el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Norte respecto del pedido de nulidad parcial de las elecciones formulado por el partido recurrente, y hallandose desactivado dicho organo temporal, corresponde a este organo electoral atender tal peticion; Que se propone la nulidad de actas de escrutinio del distrito de San MORDAZA de Porres de la provincia y departamento de MORDAZA argumentandose que algunos miembros de mesa no firmaron, no se consigno la hora de inicio y final de escrutinio; no se identifico a algunos miembros y respecto de otras actas electorales los resultados fueron ingresados al computo general, no obstante encontrarse con las observaciones MORDAZA mencionadas; Que del acta de proclamacion municipal de resultados de computo y de autoridades electas en el distrito de San MORDAZA de Porres se puede ver que las actas observadas y remitidas por la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de MORDAZA Norte fueron resueltas en su integridad por el propio MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Norte; Que, del cotejo con las actas de garantia del MORDAZA Nacional de Elecciones se constata que en las mesas de votacion cuya nulidad se solicita, existen en las actas electorales algunas omisiones imputables a los miembros de mesa; sin embargo, estas no invalidan dichas actas mas aun cuando fueron suscritas por los personeros de las agrupaciones politicas participantes, expresando su conformidad con el escrutinio realizado, por lo que, no habiendose acreditado que los hechos denunciados afecten la validez de la votacion realizada y, en consecuencia, configuren alguna causal de nulidad de las contenidas en los articulos 363º, 364º y 365 de la Ley Organica de Elecciones y el articulo 36º de la Ley de Elecciones Municipales; la nulidad deviene improcedente; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de queja presentado por MORDAZA Kano MORDAZA, personero legal titular del Partido Democratico Somos Peru; en consecuencia, AMONESTAR a los miembros del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Norte al no haber resuelto el recurso de nulidad presentado por la organizacion politica MORDAZA citada. Articulo Segundo.- Declarar INFUNDADO el recurso de nulidad parcial de las mesas de sufragio del distrito de San MORDAZA de Porres de la provincia y departamento de Lima; e INFUNDADOS los recursos de nulidad planteados contra el Acta de Proclamacion Municipal del distrito de San MORDAZA de Porres, de fecha 21 de diciembre del 2002, y VALIDO el mismo. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA ARTEAGA. MORDAZA MARQUILLO. MORDAZA VALLENAS. MORDAZA ZAVALA. BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 01213

VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentran vacantes las plazas de Fiscal Adjunto Provincial Provisional en el Distrito Judicial de Huanuco-Pasco, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Mixta de Pasco y Distrito Judicial de Ucayali, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Mixta de Puerto MORDAZA, lo que hace necesario cubrirlas provisionalmente; Estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA Pasquel Bustillos, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Huanuco-Pasco, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Mixta de Pasco. Articulo Segundo.- Nombrar al doctor Elidelgio MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ucayali, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Mixta de Puerto Inca. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion a los Fiscales Superiores Decanos de los Distritos Judiciales de Huanuco-Pasco y Ucayali, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 01309

SBS
Aprueban el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la SBS para el ano 2003
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 010-2003
MORDAZA, 10 de enero de 2003 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE ADMINISTRACION GENERAL CONSIDERANDO: Que, el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que las Entidades del Sector Publico deben elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que prevea el MORDAZA de bienes, servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal, asi como el monto del presupuesto requerido para su contratacion o adquisicion, Plan que debe ser aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad segun corresponda; Que, el Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece en su Articulo 6º que dicho Plan debe contener de manera obligatoria las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas, que se realicen durante el ano fiscal, con sus respectivas especificaciones tecnicas, valor estimado, niveles de centralizacion y desconcentracion, asi como las fechas probables de convocatoria; Que, el Numeral 3 del Titulo V. Disposiciones Generales de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE, precisa que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sera aprobado dentro de los 30 dias naturales siguientes de aprobado el Presupuesto Institucional; el mismo que se aprobo mediante Resolucion S.B.S. Nº 1289-2002 de fecha 12 de diciembre de 2002; Por tanto, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion S.B.S. Nº 352-2001 de fecha 8 de MORDAZA de 2001 y, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Superintendencia de Ban-

MINISTERIO PUBLICO
Nombran fiscales adjuntos provisionales en despachos de fiscalias provinciales mixtas de Pasco y Puerto MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 094-2003-MP-FN
MORDAZA, 21 de enero de 2003

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