TEXTO PAGINA: 37
PÆg. 238343 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de febrero de 2003 dera toda la organización, responsabilidades, funciones y procedimientos respecto al control de la fauna silvestre. 4.8 “Comité de Aeródromo para el Control de la Fau- na Silvestre”: Organización que agrupa a diversas enti- dades públicas y privadas cuya finalidad es la de reducir el riego que pueda causar la fauna silvestre a las aeronaves y que normalmente son factores externos al aeródromo. 4.9 Hallazgos de fauna silvestre: Cualquier observa- ción de fauna silvestre que comprometa la seguridad delos pasajeros, aeronaves y tripulación; así como restos de fauna silvestre encontrados en la pista de aterrizaje o cer- canías. 4.10 Choque o impacto con aves : Se considera cho- ques de aeronaves con aves cuando: - El piloto reporta haber impactado con una o más aves. - Se evidencia un daño estructural a la aeronave gene- rado por el impacto de una o más aves. - La presencia de aves en el aeródromo tuvo efectos negativos significativos durante un vuelo, como despegueo aterrizaje abortados, desborde de la pista de aterrizaje por parte de la aeronave para evitar la colisión, parada de emergencia a alta velocidad o cualquier maniobra produc-to de un inminente choque con ave (este concepto se apli-ca de igual forma a cualquier choque o impacto con cual-quier tipo de fauna silvestre). 5. FECHA EFECTIVA 1 de marzo de 2003.6. PROCEDIMIENTOS 6.1 COMITÉ DE AERÓDROMO PARA EL CONTROL DE LA FAUNA SILVESTRE Este “Comité de Aeródromo”, deberá de realizar las co- ordinaciones que permitan el cumplimiento de los proble-mas externos al aeródromo y verificar el cumplimiento del programa de fauna silvestre y asegurarse que el “Sistema de Gestión del Peligro de la Fauna Silvestre” funcione. Asimismo deberá realizar las gestiones con la finalidad de: 6.1.1 Recomendar e invitar a las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que utilicen el presente sistema de ges- tión, con la finalidad de obtener la mayor cantidad de infor- mación posible en beneficio de todas las operaciones aé-reas que se realizan en el territorio nacional. 6.1.2 De conformidad con lo establecido en el Doc. OACI 9137-AN/898 Parte 3 - Manual de Servicios de Aeropuer-to, solicitar a las municipalidades provinciales y distritales del sector, no establecer rellenos sanitarios ni botaderos a menos de 13 kilómetros de los aeródromos. 6.1.3 Realizar las coordinaciones con las autoridades competentes, con la finalidad de erradicar los desechosclandestinos, criaderos de porcinos, restaurantes de ca-rreteras, fabricas alimentarias, centros de reciclado, des- carga de canales de desechos cercanos al Aeródromo y otras actividades que atraigan la presencia de fauna sil-vestre dentro del aeródromo y fuera de éste hasta un míni-mo de 3 Km. 6.1.4 Aprobar su Reglamento. 6.1.5 El comité será presidido por el jefe de aeropuerto o el coordinador del “Programa de Fauna Silvestre”, se re- unirá por lo menos cada seis (6) meses y deberá contar almenos con dos entidades externas al Aeródromo para rea-lizar sus reuniones. 6.2 OPERADORES DE AERÓDROMO 6.2.1 A fin de cumplir con la implementación de un “Sis- tema de Gestión del Peligro de la Fauna Silvestre”, los ope-radores de aeródromo deberán conformar un “Comité deAeródromo” para el control de la fauna silvestre, el mismoque deberá de reunir a todas las entidades involucradas fuera y dentro de la localidad tales como la Dirección Ge- neral de Salud Ambiental (DIGESA), el Instituto Nacionalde Recursos Naturales (INRENA), la Municipalidad Pro- vincial y Distrital del sector, la Policía Ecológica, las enti-dades que manejan los servicios de agua potable y alcan-tarillado, los Explotadores Aéreos, Fuerzas Armadas, laFiscalía y otras entidades que se encuentren directa o in-directamente involucradas. Asimismo para la implementación de dicho sistema y de acuerdo al Doc. OACI 9137-AN/898 Parte 3 Manual deServicios de Aeropuerto, el operador de aeropuerto debe-rá designar al coordinador del “Programa para el Controlde Fauna Silvestre”, al oficial de control de fauna silvestrey determinar las dependencias de los aeródromos que par- ticiparán en su ejecución. 6.2.2 El operador del aeródromo elaborará y aplicará un “Programa para el Control de la Fauna Silvestre” cuyotexto” deberá contener como mínimo lo siguiente: a) Índice. b) Página de enmiendas. c) Lista de páginas efectivas.d) Objetivos.e) Funciones y responsabilidades de: • Jefe de aeropuerto o encargado. • Coordinador del “Programa de Fauna Silvestre”. • Oficial de “Control de la Fauna Silvestre”.• Dependencias del aeródromo en su rol dentro del pro- grama. f) Identificación de los sitios atractivos para la fauna sil- vestre. g) Clasificación de las especies en cuanto al riesgo po- tencial dentro del aeródromo y fuera de éste. h) Definiciones.i) Procedimientos para realizar inspecciones en los pun- tos de interés o sitios atractivos para la fauna silvestre. j) Procedimientos para los métodos de dispersión y re- pulsión de la fauna silvestre. k) Procedimiento de respuesta inmediata para la dis- persión de fauna silvestre. l) Procedimiento para la notificación de choques con aves. m) Procedimientos para mantener los registros de las notificaciones de choques con aves y de los reportes dehallazgos de fauna silvestre, así como la preparación deestadísticas que incluye las zonas de mayor riesgo. n) Procedimiento de comunicación y entrega a la DGAC y al “Comité de Aeródromo para el control de la fauna sil- vestre”, de los literales l) y m) anteriores. o) Normas nacionales respecto a la protección de fau- na silvestre en extinción y otras que condicionen su hosti-gamiento o eliminación. p) Programa de capacitación para adiestrar a las per- sonas que participan en el “Programa del Aeródromo para el Control de la Fauna Silvestre”. q) Procedimiento para la entrega de los formularios de notificación de choques con aves y formatos de hallazgosde fauna silvestre. 6.2.3 Los reportes de notificación de choques con aves, así como los reportes de hallazgos de fauna silvestre de- berán enviarse mensualmente a la DGAC. 6.2.4 El operador del aeródromo deberá adoptar las me- didas necesarias con la finalidad de evitar el cultivo y usodel terreno del aeródromo, que genere un atractivo para lafauna silvestre. 6.2.5 El operador del aeródromos deberá poner en co- nocimiento de las empresas y el personal que labora en laplataforma de los aeródromos, la existencia del “Programadel Aeródromo para el Control de la Fauna Silvestre” y delformato de hallazgo de fauna silvestre, con la finalidad deque informen adecuadamente cualquier ave o mamífero observado que genere un riesgo potencial al normal des- envolvimiento de las operaciones aéreas. 6.2.6 El operador del aeródromo deberá talar los árbo- les cercanos a la(s) pista(s) de aterrizaje y calles de roda-je, hasta una distancia de por lo menos, ciento cincuenta(150) metros del eje y de su proyección. 6.2.7 El operador del aeródromo deberá disponer la rea- lización de un estudio de la fauna silvestre que se interrela-