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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (01/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 35

PÆg. 238341 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de febrero de 2003 lución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un in-forme detallado describiendo las acciones realizadas y losresultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos adua- neros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 02063 Autorizan ampliación de autorización del Acuerdo de Código Compartido sus- crito entre Trans American Airlines S.A. - TACA PERU y Aerovías de MØxico S.A.de C.V . RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 012-2003-MTC/12 Lima, 16 de enero del 2003 Vista, la solicitud de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ y AEROVÍAS DE MÉXICO S.A. DE C.V., sobre la ampliación de la aprobación del Acuerdo de Co- operación Comercial de Código Compartido suscrito entreambas empresas, para el Servicio de Transporte AéreoRegular Internacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directoral Nº 292-2000-MTC/15.16 del 14 de diciembre de 2000, se autorizó el Acuerdo de Co-operación Comercial entre TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ y AEROVÍAS DE MÉXICO S.A. DE C.V., para operar en la modalidad de Código Compartido, el Servi-cio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros,carga y correo entre LIMA - MÉXICO y vv., con cuatro (4)frecuencias semanales, hasta el 7 de junio de 2001; Que, mediante Resolución Directoral Nº 097-2001-MTC/ 15.16 del 28 de junio del 2001, y Resolución Directoral Nº 146-2002-MTC/15.16 del 24 de junio del 2002 se autorizaronlas ampliaciones de la aprobación del Acuerdo de CódigoCompartido entre TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACAPERÚ y AEROVÍAS DE MÉXICO S.A. DE C.V, hasta el 3 denoviembre del 2002, fecha de vigencia de la autorización otor- gada a TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ, en los mismos términos que la Resolución anterior; Que, con Solicitud de Registro Nº 073078 del 29 de octubre de 2002 y Solicitud de Registro Nº 2002-012002 del 30 de oc-tubre de 2002, TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACAPERÚ y AEROVÍAS DE MÉXICO S.A. DE C.V. respectiva- mente, solicitaron la renovación de la autorización del Acuerdo de Código Compartido suscrito entre ambas aerolíneas paraoperar el Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regularde pasajeros, carga y correo, en la ruta MÉXICO - LIMA y vv.,con derechos de tráfico de Tercera y Cuarta Libertad del Aire,con cuatro (4) frecuencias semanales; Que, TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ está autorizada por la Autoridad Aeronáutica Peruana paraprestar Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regu-lar de pasajeros, carga y correo, en la ruta LIMA - MÉXICOy vv, con siete (7) frecuencias semanales y con derechosde tráfico de 3ª y 4ª Libertad del Aire; Que, asimismo, AEROVÍAS DE MÉXICO S.A. DE C.V., está autorizada por la Autoridad Aeronáutica Peruana me-diante Resolución Directoral Nº 273-2000-MTC/15.16 del3 de noviembre de 2000 para prestar Servicio de Transpor-te Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y co-rreo, en la ruta MÉXICO D.F. - LIMA y vv, con cuatro (4) frecuencias semanales y con derechos de tráfico de Ter- cera y Cuarta Libertad del Aire; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil de la Direc- ción de Transporte y Control Aeronáutico de los Estados Uni-dos Mexicanos ha autorizado a la empresa AEROVÍAS DEMÉXICO S.A. DE C.V. a operar bajo el sistema de Código Com-partido con la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ, en la ruta C.D. DE MÉXICO - LIMA y vv; Que, asimismo, la Dirección General de Aeronáutica Civil de la Dirección de Transporte y Control Aeronáuticode los Estados Unidos Mexicanos ha autorizado a la em-presa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ a operar bajo el sistema de Código Compartido con la em- presa AEROVÍAS DE MÉXICO S.A. DE C.V., en la rutaC.D. DE MÉXICO - LIMA y vv; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aeronáu- tica Civil del Perú, Ley Nº 27261; y, con la opinión favorablede las áreas competentes de la Dirección General de Ae- ronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la autori- zación del Acuerdo de Código Compartido suscrito entre TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ y AE- ROVÍAS DE MÉXICO S.A. DE C.V., para prestar el servi-cio de transporte aéreo regular internacional de pasajeros,carga y correo, en la ruta LIMA - MÉXICO y vv., con cuatro(4) frecuencias semanales, hasta el 02 de Mayo del 2003,fecha de vigencia de la autorización otorgada a TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ. El plazo de vi- gencia de la presente autorización, corre a partir del 4 denoviembre de 2002, fecha siguiente al vencimiento de laResolución Directoral Nº 146-2002-MTC/15.16. Artículo Segundo.- La autorización indicada en el Ar- tículo Primero se sujetará a las siguientes condiciones: 1. La presente autorización comprende la explotación y comercialización por parte de TRANS AMERICAN AIRLI-NES S.A. - TACA PERÚ, con derechos de tráfico de Terce-ra y Cuarta Libertad del Aire entre LIMA - MÉXICO y vv; y, por parte de AEROVÍAS DE MÉXICO S.A. DE C.V la ex- plotación y comercialización, con derechos de tráfico deTercera y Cuarta Libertad del Aire entre MÉXICO - LIMA yvv, pudiendo consignar ambas empresas, sus códigos de-signadores de aerolínea en los vuelos; 2. En la publicación y comercialización de los servicios materia del Acuerdo de Código Compartido que se autori- za, ambos transportadores deberán hacer mención expre-sa al público usuario, que se trata de vuelos de código com-partido de forma tal que no se induzca a error al consumi-dor, especialmente en cuanto a las características del ser-vicio, el precio y las condiciones de venta. Artículo Tercero.- Ambas empresas de transporte aéreo se encuentran obligadas a presentar mensualmente a la Di-rección General de Aeronáutica Civil, los datos estadísticos einformes que correspondan a las operaciones de código com- partido que se autorizan por la presente Resolución. Artículo Cuarto.- La presente autorización será revocada, previa comunicación a ambas empresas transportadoras, cuan-do incumplan las obligaciones contenidas en la presente Re-solución Directoral; o renuncie, se suspenda, quede sin efectoo se revoquen la respectivas autorizaciones. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier incumplimiento a la presente autorización, será sancionado en la forma queestablece el Reglamento de Infracciones y Sanciones dela Ley de Aeronáutica Civil. Artículo Quinto.- En la presente autorización, am- bas empresas responden indivisible y solidariamente frente a los pasajeros y carga transportados, sin per- juicio de las obligaciones establecidas en el respectivocontrato. Artículo Sexto.- La presente autorización queda sujeta a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; Decreto SupremoNº 050-2001-MTC; así como al cumplimiento estricto de todas las condiciones y requisitos establecidos en la presente Reso- lución Directoral tanto por parte de TRANS AMERICAN AIRLI-NES S.A. - TACA PERÚ y AEROVÍAS DE MÉXICO S.A. DEC.V, así como a las demás disposiciones legales vigentes ydirectivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILSON BENZAQUÉN R. Director General de Aeronáutica Civil 01565