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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (01/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 36

PÆg. 238342 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de febrero de 2003 Aprueban Directiva TØcnica Extraordi- naria N” 03 que establece requisitostØcnicos y condiciones operativas deseguridad para la gestión de la fauna silvestre en aeródromos del país RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 013-2003-MTC/12 Lima, 16 de enero del 2003 Que, el inciso c) de artículo 9º de la Ley de Aeronáutica Civil, Ley Nº 27261, establece que la Dirección General deAeronáutica Civil aprueba y deja sin efecto las directivas técnicas; Que, la Sétima Disposición Transitoria y Final de la Ley de Aeronaútica Civil, Ley Nº 27261 precisa que la Direc-ción General de Aeronáutica Civil tiene competencia ex-clusiva para regular, inspeccionar y vigilar las operacionesaeroportuarias que realicen operadores públicos y priva- dos, a las que se refieren los Anexos del Convenio de Chi- cago de 1944; Que, la Tercera Disposición Transitoria y Final de la Ley Nº 27261 señala que el Reglamento de la Ley de Aeronaú-tica Civil Nº 24882 y sus Anexos mantienen su vigenciahasta la promulgación de los reglamentos respectivos; Que, el Anexo 14 al Convenio sobre Aviación Civil In- ternacional “Aeródromos” contiene normas y métodos re-comendados internacionalmente sobre las condiciones deseguridad que deben ser exigidas en los Aeródromos loscuales corresponde ser adoptados por los Estados Miem-bros del Convenio; Que, a fin de lograr que las operaciones aéreas que se realizan en los Aeródromos ubicados en el territorio nacio-nal, se desarrollen en condiciones de seguridad y a fin decontribuir a la disminución de los riesgos que puedan afec-tar a los pasajeros, personal aeronáutico, mercancías yaeronaves, es conveniente incorporar los estándares y re- comendaciones internacionales propuestos por la Organi- zación de Aviación Civil Internacional en materia de Ges-tión de la Fauna Silvestre, mediante la aprobación de di-rectivas que establezcan los criterios y condiciones parael manejo del Peligro de la Fauna Silvestre para las aero-naves; Que, en ese sentido, es necesario dictar las normas técnicas correspondientes; De conformidad coon la Ley de Aeronáutica Civil, Ley Nº 27261 y su reglamento vigente aprobado por D.S. Nº050-2001-MTC y estando a lo opinado por la Dirección deSeguridad Aérea; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Técnica Extraor- dinaria Nº 03 que establece los requisitos técnicos y con-diciones operativas de seguridad, para la Gestión de la Fauna Silvestre en los Aeródromos del territorio nacional. Artículo Segundo.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publica-ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILSON BENZAQUÉN R. Director General de Aeronáutica Civil DIRECTIVA TÉCNICA EXTRAORDINARIA Nº 3 SISTEMA DE GESTIÓN DEL PELIGRO DE LA FAUNA SILVESTRE EN LOS AERÓDROMOS 1. PROPÓSITO El propósito de esta Directiva Técnica Extraordinaria es minimizar y evitar choques de aeronaves con fauna sil-vestre que pongan en riesgo la seguridad de los pasaje-ros, personal aeronáutico, mercancías y aeronaves. Paraello los operadores de los aeródromos deberán implemen-tar un “Sistema de Gestión del Peligro de la Fauna Silves- tre” a cuyo efecto conformarán el “Comité de Aeródromopara el Control de la Fauna Silvestre” y crearán un “Progra-ma para el Control de la Fauna Silvestre”. La presencia de fauna silvestre en los aeródromos y sus proximidades constituye una amenaza para la seguri- dad de las aeronaves, la gravedad del peligro potencial de la fauna silvestre depende de la ubicación geográfica, elatractivo que tenga el lugar para la fauna silvestre y de ladensidad del tránsito aéreo. 2. APLICABILIDAD Esta Directiva Técnica Extraordinaria es aplicable y da responsabilidades al “Comité de Aeródromo para el Con-trol de la Fauna Silvestre”, a los operadores de aeródro-mos, explotadores aéreos al servicio de tránsito aéreo, alas tripulaciones técnicas y a la Dirección General de Ae- ronáutica Civil. 3. REGULACIONES RELACIONADAS Y REFEREN- CIAS TÉCNICAS - Anexo 14 de la Organización de Aviación Civil Inter- nacional (OACI). - Doc. OACI 9137-AN/898 - Parte 3 Manual de servi- cios de aeropuerto. - Doc. OACI 9332-AN/909 - Manual sobre el sistema de notificación de la OACI de los choques con aves (IBIS). - Doc. OACI 9774-AN/969 - Manual de certificación de Aeródromos. - Doc. OACI 9184-AN/902 - Parte 2 Manual de planifi- cación de aeropuertos. - Regulación Aeronáutica del Perú, RAP-139 - Certifi- cación de Aeropuertos. - Manual de Fauna Silvestre en Aeropuertos, de la Ad- ministración de Aviación General FAA y el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de NorteaméricaUSDA. 4. DEFINICIONES Para efectos de esta Directiva Técnica Extraordinaria se asumen las siguientes definiciones: 4.1 Choques con fauna silvestre en aeródromos : Son aquellos que se producen a una altura de hasta 60 m (200ft) durante la aproximación-aterrizaje y de hasta 150 m (500ft) durante el despegue-ascenso. 4.2 Servicio de tránsito aéreo : Expresión genérica que se aplica, según el caso, a los servicios de información devuelo, alerta, asesoramiento de tránsito aéreo, control detránsito aéreo. 4.3 Fauna silvestre: Cualquier animal silvestre, inclu- yendo mamíferos, aves, reptiles, peces, anfibios, molus-cos, crustáceos, celentéreos u otros invertebrados, inclu-yendo cualquiera de sus partes, productos, huevos o sudescendencia; así como animales salvajes y domésticos que se encuentran fuera del control de sus propietarios. 4.4 NOTAM: Aviso distribuido por medios de telecomu- nicaciones que contiene información relativa al estableci-miento, condición o modificación de cualquier instalaciónaeronáutica, servicio, procedimiento o peligro, cuyo cono- cimiento oportuno es esencial para el personal encargado de las operaciones de vuelo. 4.5 Tripulación técnica: Este término se refiere a los tripulantes de vuelo que cumplen funciones en la cabinade mando de una aeronave. 4.6 Sistema de gestión del peligro de la fauna sil- vestre: Concepto que involucra el manejo que realiza el “Comité de Aeródromo para el Control de la Fauna Silves-tre”. 4.7 Programa para el Control de la Fauna Silvestre: Texto escrito y desarrollado por el aeródromo donde consi-