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PÆg. 238614 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 5 de febrero de 2003 Son contratos a plazo fijo con una vigencia máxima de tres (3) años (Art. 15º Ley, y 39º in fine del reglamento). Que, conforme se desprende de los considerandos de las Resoluciones de Alcaldía Nºs. 153, 154, 159, 190y 228-2002-MDNCH, la anterior Autoridad Municipal haefectuado una ficción totalmente ilegal al interpretar quelos contratos de naturaleza temporal suscritos con losservidores de la Municipalidad se han convertido de he-cho en contratos permanentes, toda vez que dicha inter-pretación contraviene expresamente lo dispuesto en elArt. 28º del Reglamento de la Ley de Bases de la CarreraAdministrativa al no cumplirse el requisito obligatorio delprevio concurso, previsto expresamente para dicha mo-dalidad de contratación; Que, las normas que rigen las acciones de personal de la Administración Pública son normas de derecho pú-blico y por ende de observancia y cumplimiento estricto yobligatorio, bajo sanción de nulidad como lo prevé el Art.28º del D.S. Nº 005-90-PCM; Que, de lo señalado anteriormente se desprende que se habría beneficiado con la contratación a personas quehabrían estado prestando servicios bajo contratos deLocación de Servicios, la cual por la naturaleza de sucontratación no se encuentran comprendidas bajo las dis-posiciones de la Ley de Bases de la Carrera Adminis-trativa y su respectivo Reglamento, lo que hace presumirla comisión de falta administrativa disciplinaria por partede los funcionarios que intervinieron en la emisión delacto administrativo en cuestión; Que, el numeral 202.1 de la Ley Nº 27444 de Proce- dimiento Administrativo General establece que en cual-quiera de los casos en que los actos administrativos pre-senten una causal de nulidad se puede declarar de oficiola nulidad de dichos actos, aun cuando hayan quedadofirmes, siempre que agravien el interés público; Que el Art. 10º de la norma antes acotada establece las causales de nulidad, citando entre otros la contraven-ción a la Constitución, a las Leyes o a las normas regla-mentarias; Que, la Unidad de Personal señala que no es cierto que las plazas se encuentran con disponibilidad presu-puestal, debido a la falta de financiamiento demostradoal no haberse pagado a los servidores de la Municipali-dad durante el mes de diciembre, ejercicio 2002, además la gratificación; este hecho demuestra la afectación de laLey de Gestión Presupuestal del Estado, Ley Nº 27209; Que, por tales considerandos la Oficina de Asesoría Legal opina por la declaratoria de nulidad de las Resolu-ciones de Alcaldía Nºs. 153, 154 (de fecha 11 de octubredel 2002) 159 (25 de octubre del 2002), 190 (12 de no-viembre del 2002) y 228-2002-MDNCH (18 de diciembre2002); Que, con voto UNÁNIME de los miembros y lo dis- puesto en la Ley Orgánica de Municipalidades -Ley Nº23853, el Reglamento Interno del Concejo, aprobado porAcuerdo de Concejo Nº 019-2000 de fecha 10 de febrerodel 2000; ACUERDA:Artículo Primero.- DECLARAR de oficio, la nulidad y dejar sin efecto las Resoluciones de Alcaldía Nºs. 153-2002-MDNCH; 154-2002-MDNCH de fecha 11 de octu-bre del 2002; 159-2002-MDNCH; 190-2002-MDNCH y228-2002-MDNCH; de fechas 25 de octubre, 12 de no-viembre y 18 de diciembre del 2002 respectivamente, porlas razones expuestas en la parte considerativa del pre-sente Acuerdo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Ase- soría Legal, el inicio de las acciones legales para hacerefectiva la responsabilidad del emisor del acto inválido. Artículo Tercero.- AUTORIZAR al Sr. Alcalde Dr. Va- lentín Fernández Bazán, para que mediante Resoluciónde Alcaldía y en coordinación con la Dirección Municipalse designe una Comisión de Especialistas para la Revi-sión de Planillas de esta Municipalidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección Munici- pal, Oficina de Administración, Oficina de Presupuesto yPlanificación y a la Unidad de Personal el cumplimientodel presente acuerdo. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.VALENTÍN FERNÁNDEZ BAZÁN Alcalde 02193 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA - Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU