Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2003 (05/02/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 5 de febrero de 2003

Ley Nº 26317, prescribe que el monto de las dietas y la remuneracion del senor MORDAZA, se fija conforme a la disponibilidad presupuestal de cada municipio y previo acuerdo del respectivo Concejo Municipal, correspondiendole al MORDAZA percibir una remuneracion mensual y a los Regidores una dieta por asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo; Que, el articulo 3º de la MORDAZA modificatoria MORDAZA indicada, preceptua que el acuerdo para fijar el monto de la dieta se adopta una vez al ano hasta el 31 de marzo de cada ejercicio Presupuestal; Que, el MORDAZA y Regidores son funcionarios elegidos por voluntad popular y como tales su funcion es velar por el bienestar y el desarrollo integral de los vecinos de la jurisdiccion a la que representan; y, Estando a lo acordado por UNANIMIDAD del Pleno del Concejo de esta Corporacion y a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE ACORDO: Articulo Primero.- MANTENER durante el ejercicio del 2003, la remuneracion del senor MORDAZA, establecido en 2 U.I.T. mensuales. Articulo Segundo.- ESTABLECER en 0.165 U.I.T. vigente el monto de la Dieta que percibira cada Regidor del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para el Ejercicio Presupuestal del 2003, por asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, con un MORDAZA de dos (2) sesiones pagadas al mes. Articulo Tercero.- Dispensar el tramite de aprobacion del Acta, para la inmediata ejecucion del presente acuerdo y encargar a la Direccion Municipal de esta Corporacion, la publicidad y el cumplimiento del presente acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ABUGATTAS NAZAL MORDAZA 02195

de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, no mas de 0.4 de la UIT vigente al uno (01) de enero de cada ejercicio; Que, por Decreto Supremo Nº 191-2002-EF, fijo el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) en Tres mil cien nuevos soles (S/. 3,100.00), a partir del uno (01) de enero del 2003; Que, mediante Memorandum Nº 738-2002-MPC-DGATR-DAT la Direccion de Administracion Tributaria fija el costo de derechos de emision 2003 del Impuesto Predial, Vehicular, de Alcabala, Arbitrios Municipales, Ordenes de Pago, Resoluciones de Determinacion y Resoluciones de Multa Tributaria; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 23853 ­ Ley Organica de Municipalidades, se ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL, REFERIDA AL COBRO DEL SERVICIO DE EMISION MECANIZADA Y OTROS DE ACUERDO AL DECRETO LEGISLATIVO Nº 776. Articulo Primero.- AUTORICESE para el ejercicio 2003 el servicio de emision mecanizada de actualizacion y distribucion de valores, determinacion de impuestos y recibos de pago correspondientes al Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular, Impuesto de Alcabala y Arbitrios Municipales. Articulo Segundo.- Fijese el monto a cobrar por el servicio de emision de actualizacion y distribucion de valores, determinacion del tributo y recibos de pago del Impuesto Predial del ano 2003 de la siguiente manera: - De 1 a 5 predios - Mas de 5 predios S/. 12.40 (Doce y 40/100 Nuevos Soles). S/. 2.00 (Dos y 00/100 Nuevos Soles).

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Fijan montos por servicios de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion y otros, co rrespondientes a impuestos predial, vehicular, alcabala, arbitrios y multas
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000003 Callao, 20 de enero de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion fecha 20 de enero de 2003; aprobo la siguiente Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposicion Final de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion

Articulo Tercero.- Fijese en S/. 12.40 (Doce y 40/100 Nuevos Soles) el monto a cobrar por el servicio de emision de actualizacion y distribucion de valores y recibos de pago del Impuesto Vehicular del ano 2003. Articulo Cuarto.- Fijese en S/. 12.40 (Doce y 40/100 Nuevos Soles) el monto a cobrar por el servicio de emision de actualizacion y distribucion de valores y recibos de pago del Impuesto de Alcabala. Articulo Quinto.- Fijese en S/. 0.50 (50/100 Nuevos Soles) el monto a cobrar por el servicio de emision y distribucion de cada recibo de pago mensual por concepto de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana. Articulo Sexto.- Fijese en S/. 3.10 (Tres y 10/100 Nuevos Soles) el monto a cobrar por el servicio de emision y distribucion de cada Orden de Pago, Resolucion de Determinacion y Resolucion de Multa Tributaria. Articulo Setimo.- Encarguese a la Direccion General de Administracion Tributaria y Rentas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 02197

Modifican Ordenanza y establecen disposiciones relativas al Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana en el Cercado del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000004 Callao, 20 de enero de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO:

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