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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (05/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 36

PÆg. 238610 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 5 de febrero de 2003 Ley Nº 26317, prescribe que el monto de las dietas y la remuneración del señor Alcalde, se fija conforme a la dis-ponibilidad presupuestal de cada municipio y previo acuer-do del respectivo Concejo Municipal, correspondiéndoleal Alcalde percibir una remuneración mensual y a losRegidores una dieta por asistencia efectiva a cada Se-sión de Concejo; Que, el artículo 3º de la norma modificatoria antes indicada, preceptúa que el acuerdo para fijar el monto dela dieta se adopta una vez al año hasta el 31 de marzo decada ejercicio Presupuestal; Que, el Alcalde y Regidores son funcionarios elegi- dos por voluntad popular y como tales su función es ve-lar por el bienestar y el desarrollo integral de los vecinosde la jurisdicción a la que representan; y, Estando a lo acordado por UNANIMIDAD del Pleno del Concejo de esta Corporación y a las facultades con-feridas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº23853; SE ACORDÓ:Artículo Primero.- MANTENER durante el ejercicio del 2003, la remuneración del señor Alcalde, establecidoen 2 U.I.T. mensuales. Artículo Segundo.- ESTABLECER en 0.165 U.I.T. vigente el monto de la Dieta que percibirá cada Regidordel Concejo Distrital de Santa María del Mar, para el Ejer-cicio Presupuestal del 2003, por asistencia efectiva a cadaSesión de Concejo, con un máximo de dos (2) sesionespagadas al mes. Artículo Tercero.- Dispensar el trámite de aprobación del Acta, para la inmediata ejecución del presente acuer-do y encargar a la Dirección Municipal de esta Corpora-ción, la publicidad y el cumplimiento del presente acuer-do. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ÁNGEL RAÚL ABUGATTAS NAZAL Alcalde 02195 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Fijan montos por servicios de emisión mecanizada de actualización de valo- res, determinación y otros, co- rrespondientes a impuestos predial,vehicular, alcabala, arbitrios y multas ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000003 Callao, 20 de enero de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión fecha 20 de enero de 2003; aprobó la siguiente Ordenan-za Municipal: CONSIDERANDO:Que, la Cuarta Disposición Final de la Ley de Tributación Municipal, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776,faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emi-sión mecanizada de actualización de valores, determinaciónde impuestos y de recibos de pago correspondientes, inclui- da su distribución a domicilio, no más de 0.4 de la UIT vigen-te al uno (01) de enero de cada ejercicio; Que, por Decreto Supremo Nº 191-2002-EF, fijó el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) en Tres mil ciennuevos soles (S/. 3,100.00), a partir del uno (01) de ene-ro del 2003; Que, mediante Memorándum Nº 738-2002-MPC-DGA- TR-DAT la Dirección de Administración Tributaria fija elcosto de derechos de emisión 2003 del Impuesto Pre-dial, Vehicular, de Alcabala, Arbitrios Municipales, Órde-nes de Pago, Resoluciones de Determinación y Resolu-ciones de Multa Tributaria; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo estable- cido en la Ley Nº 23853 – Ley Orgánica de Municipalida-des, se ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL, REFERIDA AL COBRO DEL SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA Y OTROS DE ACUERDO AL DECRETO LEGISLATIVO Nº 776. Artículo Primero.- AUTORÍCESE para el ejercicio 2003 el servicio de emisión mecanizada de actualizacióny distribución de valores, determinación de impuestos yrecibos de pago correspondientes al Impuesto Predial,Impuesto al Patrimonio Vehicular, Impuesto de Alcabalay Arbitrios Municipales. Artículo Segundo.- Fíjese el monto a cobrar por el servicio de emisión de actualización y distribución devalores, determinación del tributo y recibos de pago delImpuesto Predial del año 2003 de la siguiente manera: - De 1 a 5 predios S/. 12.40 (Doce y 40/100 Nuevos Soles).- Más de 5 predios S/. 2.00 (Dos y 00/100 Nuevos Soles). Artículo Tercero.- Fíjese en S/. 12.40 (Doce y 40/100 Nuevos Soles) el monto a cobrar por el servicio de emi-sión de actualización y distribución de valores y recibosde pago del Impuesto Vehicular del año 2003. Artículo Cuarto.- Fíjese en S/. 12.40 (Doce y 40/100 Nuevos Soles) el monto a cobrar por el servicio de emi-sión de actualización y distribución de valores y recibosde pago del Impuesto de Alcabala. Artículo Quinto.- Fíjese en S/. 0.50 (50/100 Nuevos Soles) el monto a cobrar por el servicio de emisión y dis-tribución de cada recibo de pago mensual por conceptode los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardinesy Seguridad Ciudadana. Artículo Sexto.- Fíjese en S/. 3.10 (Tres y 10/100 Nuevos Soles) el monto a cobrar por el servicio de emi-sión y distribución de cada Orden de Pago, Resoluciónde Determinación y Resolución de Multa Tributaria. Artículo Sétimo.- Encárguese a la Dirección Gene- ral de Administración Tributaria y Rentas el cumplimientode lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 02197 Modifican Ordenanza y establecen disposiciones relativas al RØgimen Tributario de los Arbitrios de Lim- pieza Pœblica, Parques y Jardines ySeguridad Ciudadana en el Cercadodel Callao ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000004 Callao, 20 de enero de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: