TEXTO PAGINA: 61
PÆg. 239087 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de febrero de 2003 Declaran en situación de urgencia adquisición de combustibles para uni-dades vehiculares, maquinarias y equi-pos de la municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 012-2003-A/MDC Carabayllo, 31 de enero de 2003 Visto: En Sesión Ordinaria de Concejo en la fecha, en atención al INFORME Nº 09-2003-DSC/MDC, INFOR-ME Nº 13-2003-UL/DA/MDC, INFORME Nº 010-2003-DA/MDC y el INFORME Nº 019-2003-DAJ/MDC referidos a"Declarar en Situación de Urgencia la Adquisición de Combustibles para abastecer a las unidades vehiculares, maquinarias y equipos de propiedad de la MunicipalidadDistrital de Carabayllo"; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Lo- cal, con personería jurídica de Derecho Público, y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asun- tos de su competencia, de conformidad con lo establecidoen el Art. 194º de la Constitución Política, modificado por laLey de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680; y concordan-te con el Art. 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Inc. c) del Art. 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, precisa queestán exonerados de los procesos de Licitación Pública, Con-curso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, lasadquisiciones y contrataciones que se realicen en situacio-nes de urgencia, declaradas conforme a Ley; Que, el Art. 21º de la Ley antes acotada establece, "Se considera situación de urgencia cuando la ausencia extraordi-naria e imprevisible de determinado bien o servicio comprome-te en forma directa e inminente la continuidad de los serviciosesenciales o de las operaciones productivas que la Entidadtiene a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesariopara llevar a cabo el proceso de selección que corresponda"; Que, el Art. 113º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado aprobado con DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM establece, "Las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneración de los procesos de selección, al amparo de las causales contenidas en el Art. 19ºdel Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, requieren obligatoria-mente Informe técnico legal previo emitido por las áreas técnicay de Asesoría Jurídica de la Entidad. Dicho informe contendrá lajustificación técnica y legal de la adquisición o contratación y de la necesidad de la exoneración; y contemplará criterios de eco- nomía, tales como los costos y la oportunidad"; Que, el Art. 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado conDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con lodispuesto en los Arts. 115º y 116º del Reglamento de la citada Ley aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, establecen "... Todas las exoneraciones se aproba-rán, c) mediante Acuerdo de Concejo Municipal, en el casode los Gobiernos Locales, los que se publicarán en el DiarioOficial El Peruano; la autoridad competente para aprobar laexoneración determinará en cada caso, la dependencia u órgano que se encargará de realizar la contratación o ad- quisición exonerada, de acuerdo al monto involucrado y asu complejidad, envergadura y sofisticación"; Que, mediante los Informes de vistos, se cumple con el requisito de sustentar técnica y legalmente la justificaciónde la adquisición o contratación y de la necesidad de la exoneración fundamentando la necesidad de "Declarar en Situación de Urgencia la Adquisición de Combustibles paraabastecer a las unidades vehiculares, maquinarias y equi-pos de la Municipalidad Distrital de Carabayllo"; Estando a lo expuesto y a lo aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo, y en uso de las facultades conferidas en los Arts. 36º, 47º, 109º y 110º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA la "Adquisición de Combustibles para las uni-dades vehiculares, maquinarias y equipos de la Municipa-lidad de Carabayllo por el plazo de 60 días".Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Logís- tica, Dirección de Servicios Corporativos y Dirección deAdministración la realización del proceso de adquisición decombustibles por el período que dure la Situación de Ur-gencia declarada, de conformidad a la normatividad vigen-te, cuyo valor referencial asciende a S/. 95,675.40, el mis-mo que será financiado con la Fuente de Financiamiento09: Recursos Directamente Recaudados. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección de Admi- nistración, la publicación del presente acuerdo en el DiarioOficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles deadoptado el presente acuerdo, así como remitir a la Con-traloría General de la República, copia del acuerdo y delinforme técnico - legal, que dieron origen al presente docu-mento, dentro del plazo de Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA Alcalde 02900 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Fijan montos de la remuneración men- sual de alcalde y dieta de regidoresdel distrito durante el ejercicio presu-puestal 2003 ACUERDO DE CONCEJO Nº 007-03 Chaclacayo, 23 de enero del 2003 Reunido el Honorable Concejo Distrital de Chaclacayo en Sesión Ordinaria de fecha 23 de enero del 2003, bajo lapresidencia del señor Alcalde y con el quórum reglamentario: VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo del día 23 de enero del 2003. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26317, de fecha 29 de mayo de 1994, se moficó el Artículo 21º de la Ley Orgánica deMunicipalidades - Ley Nº 23853 dispone que los Alcaldes yRegidores son rentados conforme lo permita el Presupuestoy la disponibilidad de Recursos Propios de cada Municipa-lidad y previo acuerdo del Concejo Municipal. Que, el Acuerdo de Concejo que aprueba los montos de la Remuneración y Dietas se fija cada Ejercicio Presu-puestal, por lo que con la dispensa del trámite de lectura yaprobación del Acta. En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853 y con voto UNÁNIME delos señores Regidores. ACORDÓ: Artículo Primero.- FIJAR el monto de la Remuneración Mensual del señor Alcalde de la Municipalidad Distrital deChaclacayo en S/. 3,099.00 Nuevos Soles, durante el Ejer-cicio Presupuestal del 2003, manteniéndose el monto delEjercicio anterior. Artículo Segundo.- FIJAR el monto que por concepto de Dieta percibirán los señores Regidores de la Municipalidad Dis-trital de Chaclacayo en S/. 575.00 Nuevos Soles, durante elEjercicio Presupuestal del 2003, por asistencia efectiva a cadaSesión de Concejo, abonándose hasta un máximo de 4 Sesio-nes al mes, manteniéndose los montos del Ejercicio anterior. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del pre- sente Acuerdo a la Dirección Municipal y a la Dirección deAdministración. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR GONZALES ANDRADE Alcalde 02847