Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2003 (13/02/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 13 de febrero de 2003

tuciones del sector en el ambito provincial, acordadas por el Gobierno Regional respectivo, de conformidad con la finalidad y objetivo de la presente Ley. Los miembros del CPS son designados por un ano renovable por sus representados, salvo en los casos de los representantes de los servicios de salud privados, los trabajadores del sector y las organizaciones sociales de la comunidad que son elegidos por un ano, pudiendo haber reeleccion inmediata solo por una vez a fin de promover la rotacion de la representacion entre las entidades que conforman el respectivo componente. En los casos de miembros designados, estos pueden ser removidos por decision de su institucion. Se reune por lo menos una vez al mes por convocatoria del presidente, y en forma extraordinaria cuando lo soliciten por escrito cuatro de sus miembros. El quorum es el numero entero superior a la mitad de los miembros designados. Los acuerdos se toman por mayoria simple, con un minimo de tres votos favorables. La conformacion de un Comite Especial para el apoyo del CPS es opcional. Articulo 17º.- Eleccion de miembros de CRS y CPS En la eleccion de los representantes de los servicios privados, los trabajadores del sector y las organizaciones sociales de la comunidad en el CRS y CPS se procede de manera similar a lo establecido en este Reglamento para el CNS, en lo pertinente. Articulo 18º.- Consejo Distrital de Salud - CDS El Consejo Provincial de Salud puede aprobar la organizacion y conformacion del o los Consejos Distritales de Salud, cuya mision y funciones en el correspondiente ambito es definida por el Consejo Provincial de Salud. Articulo 19º.- Transferencia de competencias Los servicios publicos de salud se transferiran a los gobiernos regionales y locales de manera gradual y progresiva, debiendo ser necesariamente acompanados de los recursos financieros, tecnicos, materiales y humanos directamente vinculados a los servicios transferidos que aseguren su continuidad y eficiencia, hasta su culminacion. La oportunidad de transferir cada servicio dependera de la capacitacion integral del personal que tendra la responsabilidad de conducirlo y articular sus acciones con los demas servicios del SNCDS. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Al entrar en vigencia el presente Reglamento, se convocara de inmediato a eleccion de representantes de los servicios de salud privados, los trabajadores del sector y las organizaciones sociales de la comunidad en el CNS y CN. Culminada la eleccion de los miembros de los CN, se procede a la eleccion de presidentes y secretarios de los mismos. Segunda.- La eleccion de los representantes en el CRS de los servicios de salud privados, los trabajadores del sector y las organizaciones sociales de la comunidad sera convocada por el Director Regional de Salud en el termino de treinta dias despues de publicada la conformacion que acuerde el Gobierno Regional respectivo, segun dispone el Articulo 9º de la Ley Nº 27813; eleccion que se realizara con el procedimiento establecido en este Reglamento para la eleccion de dichos representantes en el CNS, en lo pertinente. Tercera.- La eleccion de los representantes en el CPS de los servicios de salud privados, los trabajadores del sector y las organizaciones sociales de la comunidad sera convocada por el Director Regional de Salud en el termino de noventa dias despues de publicada la conformacion que acuerde el Gobierno Regional respectivo, segun dispone el Articulo 11º de la Ley Nº 27813; eleccion que se realizara con el procedimiento establecido en este Reglamento para la eleccion de dichos representantes en el CNS, en lo pertinente. 02938

Aprueba Presupuesto Analitico de Personal de las Plazas cuyos cargos estan considerados en el Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 139-2003-SA/DM MORDAZA, 7 de febrero del 2003 CONSIDERANDO: De conformidad con la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, faculta a modificar los MORDAZA Para Asignacion de Personal y Presupuesto Analitico de Personal del Ministerio de Salud; Que, la Tercera Disposicion Complementaria del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado con D.S. Nº 013-2002-SA/DM, dispone se formule el Presupuesto Analitico de Personal; Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2002-SA se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, y por Resolucion Ministerial Nº 1980-SA/DM, se aprobo la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Salud con 1,476 cargos; posteriormente mediante Resolucion Ministerial Nº 1986-2002-SA/DM y Resolucion Ministerial Nº 064-2003-SA/DM se rectifican nomenclaturas y codigos del referido Cuadro para Asignacion de Personal; Que, mediante Ley Nº 27879, se aprobo la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, estableciendo las normas generales para las distintas fases del MORDAZA presupuestario, a que se sujetaran las Entidades Publicas; Que, existiendo los recursos financieros para el Ano Fiscal 2003, en el Presupuesto Institucional aprobado, en la Unidad Ejecutora 001-Administracion Central, para la aprobacion de 800 plazas en el Presupuesto Analitico de Personal de acuerdo a los cargos contenidos en el Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Salud; Que, la Directiva Nº 001-82-INAP/DNP, aprobada por Resolucion Jefatural Nº 019-82-INAP/DIGESNAP, establece los procedimientos sobre formulacion, aprobacion y ejecucion del Presupuesto Analitico de Personal; Estando a lo opinado por la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, Oficina General de Planeamiento Estrategico y Oficina General de Asesoria Juridica; y, Con la opinion favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1.- Aprobar el Presupuesto Analitico de Personal de las Plazas cuyos cargos estan considerados en el Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Salud, con efectividad al 1 de enero del 2003 segun el detalle que sigue:
PLIEGO UNIDAD EJECUTORA
FORMATOS A1 A B1 B

: 011 Ministerio de Salud : 001 Administracion Central
Nº EMPLEADO EMPLEADO TOFOLIOS PERMANENTE EVENTUAL TAL 8 67 2 3 80 794 06 800 -.06 6 794 -.794

DESCRIPCION DEL PAP RESUMEN DE PLAZAS DETALLE DE PLAZAS RESUMEN DE PLAZAS DETALLE DE PLAZAS TOTAL

Distribuidos segun documentos adjuntos, los mismos que forman parte de esta Resolucion. 2.- La presente Resolucion sera transcrita a la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, asi como a la Inspectoria General del Ministerio de Salud, en el termino de quince dias calendario (15) a partir de la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 02890

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