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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (13/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 47

PÆg. 239073 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de febrero de 2003 Que, asimismo habiendo vencido los plazos estableci- dos en el Cronograma aprobado mediante ResoluciónAdministrativa Nº 121-2002-P-CSJCL/PJ, es pertinente dejarsin efecto el mismo; Que en consecuencia, en uso de las facultades conferi- das por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE:Artículo Primero.- CONVOCAR en forma directa y pública a los Profesionales y/o Técnicos de las diversas especialida-des, que cumplan con los requisitos para ser seleccionadoscomo Peritos Judiciales, al Proceso de Inscripción, Evaluacióny Selección de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Jus-ticia del Callao, el mismo que se desarrollará según el nuevocronograma que deberá elaborarse para tal efecto. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, el Cronograma de Inscripción, Evaluación y Selección de Peritos Judicia-les aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 212-2002-P-CSJCL/PJ. Artículo Tercero.- RATIFICAR a los señores doctores Diodoro Antonio Gonzáles Ríos, Presidente de la PrimeraSala Penal, Miguel Torres Méndez, Vocal de la Sala Civil yHugo Garrido Cabrera, Juez Titular del Tercer Juzgado Es-pecializado Civil de esta Corte Superior, como Miembros dela Comisión de Evaluación y Selección de Peritos Judicialesdel Callao; así como RATIFICAR a sus Miembros de apoyoLicenciado Germán Podestá Berrocal, Administrador de laSede Distrital y señora Abogada Rocío Sánchez Saavedra,Responsable del Registro de Peritos Judiciales del Callao. Artículo Cuarto.- PÓNGASE la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dela Oficina de Control de la Magistratura, de la GerenciaGeneral del Poder Judicial, de la Oficina de AdministraciónDistrital y del Registro de Peritos Judiciales del Callao. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.CARLOS ZECENARRO MATEUS PresidenteCorte Superior de Justicia del Callao 02872 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan contratación de servicio de comunicación inalÆmbrica medianteproceso de adjudicación directa de me-nor cuantía RESOLUCIÓN DE EXONERACIÓN Nº 001-GG-2003 Lima, 12 de febrero del 2003 VISTOS: El Informe Técnico anexo al Memorándum Nº F200-MA- 2003-006, de la Gerencia de Sistemas del 27 de enero de2003, en el que se sustenta la necesidad de contratar direc-tamente, por un año, con la empresa Telefónica Móviles S.A.C.,el servicio de comunicación de datos para el acceso a Inter-net a través de conexión móvil por un módem inalámbrico encomputadoras portátiles, por cuanto la mencionada compa-ñía es la única operadora de telefonía móvil que los ofrece. El Memorándum Nº K000-MA-2003-158 emitido por la Oficina Legal el 12 de febrero del 2003, en el que se opinaque la contratación del servicio señalado anteriormente,debe efectuarse mediante un proceso de adjudicación demenor cuantía, ya que se trata de un servicio que no admi-te sustituto. CONSIDERANDO QUE: En el informe técnico señalado en el primer párrafo del exordio de esta resolución, se señala que el Banco requie-re contratar el servicio de comunicación de datos a travésde telefonía móvil desde computadoras personales, permi-tiendo el acceso por demanda vía Internet a los serviciosinformáticos del Banco y de otras entidades de interésparticular, la misma que por su naturaleza, volumen y acce- so reservado, requiere de mecanismos informáticos de co-municación y acceso digital por demanda. Se señala también en el informe, que el servicio requeri- do para el año 2003 lo presta la empresa Telefónica Móvi-les S.A.C. y es la única operadora de telefonía móvil queofrece los servicios de transmisión de datos por medio deun adaptador módem inalámbrico, conforme a lo indicadoen su carta del 27 de enero del 2003. El marco jurídico en el que se realizan las contrata- ciones del Banco Central para la adquisición de bienes opara la contratación de servicios, está determinado por elTexto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Su-premo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento (Decreto Supre-mo Nº 013-2001-PCM) y normas modificatorias. De acuerdo con el inciso f) del artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, están exonerados del proceso de adju-dicación directa, la contratación de servicios que no admi-ten sustitutos. Conforme al artículo 20º de la misma Ley, cuando por las causas que se menciona en el artículo 19º, se exonerela contratación del servicios del requisito de adjudicacióndirecta, debe recurrirse al proceso de adjudicación de me-nor cuantía, debiendo tal exoneración aprobarse median-te resolución del Titular del Pliego de la Entidad. A tenor del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y elartículo 115º de su Reglamento, copia de la resolución queaprueba la exoneración y los informes que la sustentandeben ser remitidos a la Contraloría General de la Repúbli-ca dentro de los diez días calendario siguientes a la fechade su aprobación y publicada en el diario oficial El Peruanodentro de los diez días hábiles de su emisión u adopción. Los motivos expuestos precedentemente permiten con- cluir que la contratación del servicio de comunicación inalám-brica no admite sustituto, por lo que se enmarca dentro de lodispuesto en el inciso f) del artículo 19º de la citada Ley. El monto anual de la contratación determina la exonera- ción de un proceso de adjudicación directa. Se ha cumplido con las exigencias contenidas en el artículo 113º del Reglamento antes citado, por lo que co-rresponde a esta Gerencia General aprobar la exoneración. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar del proceso de adjudicación di- recta la contratación del servicio de comunicación inalám-brica, por cuanto éste no admite sustituto. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administración para que contrate el servicio anual antes indicado, con laempresa Telefónica Móviles S.A.C, por un valor referencialde US$ 10 001,20, incluido impuestos, mediante un proce-so de adjudicación directa de menor cuantía y con cargo alos recursos de esta Institución. Artículo 3º.- Publicar el presente acuerdo en el diario oficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a la Con-traloría General de la República, conjuntamente con losinformes que sustentan la exoneración. HENRY BARCLAY Gerente General 02888 MINISTERIO PÚBLICO Nombran fiscales provisionales en des- pachos de fiscalías provinciales pena- les del Cusco y Piura y mixta de Can- gallo RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 207-2003-MP-FN Lima, 11 de febrero de 2003 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Adjunto Provincial en el Distrito Judicial del Cusco, en el Despachode la Cuarta Fiscalía Provincial Penal del Cusco, lo quehace necesario cubrirla provisionalmente;