Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2003 (17/02/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 17 de febrero de 2003

to aproximado de 1,610 kgs. y un valor C&F aproximado de US$ 11,768.21 (ONCE MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO Y 21/100 DOLARES AMERICANOS), y un (1) vehiculo MORDAZA MORDAZA Toyota, Modelo (356) Hiace Commuter Diesel, Ano de Fabricacion 2002, Motor Nº 2L-5266552, Chasis Nº LH114-7011396, color MORDAZA, con un peso MORDAZA aproximado de 1,770 kgs. y un valor C&F aproximado de US$ 13,143.49 (TRECE MIL CIENTO CUARENTA Y TRES Y 49/100 DOLARES AMERICANOS), a favor de la Congregacion Hijas de MORDAZA MORDAZA del Corazon de Jesus. Articulo 2º.- La Congregacion Hijas de MORDAZA MORDAZA del Corazon de MORDAZA, debera remitir a la Oficina de Cooperacion Internacional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, MORDAZA del Acta de Entrega-Recepcion de los bienes donados a los beneficiarios, asi como la informacion que posibilite el seguimiento y evaluacion del uso y destino de la donacion aprobada por la presente Resolucion. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, a la Contraloria General de la Republica, a la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores y a la entidad solicitante para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 03135

Nº 042-81-VI, al Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2001-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de urgencia, la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia de las instalaciones del PATPAL - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Exonerar al PATPAL - MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA de seleccion de Concurso Publico para contratar el servicio de seguridad y vigilancia de su sede institucional mediante la modalidad de la adjudicacion de menor cuantia hasta por el plazo de noventa (90) dias calendario, por un valor referencial de ciento cincuenta mil nuevos soles y 00/100 (S/. 150 000,00). Articulo Tercero.- La presente resolucion surtira sus efectos a partir de la fecha de su expedicion. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion Ejecutiva la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y la remision de una MORDAZA de la misma, asi como de los informes tecnicos legales a la Contraloria General de la Republica dentro de los (10) diez dias siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 03136

Declaran en situacion de urgencia la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia
PATRONATO DEL MORDAZA DE LAS LEYENDAS RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 019-2003-PCD/PATPAL
San MORDAZA, 10 de febrero del 2003 CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Administracion emite Informe Tecnico contenido en el Informe Nº 0072-2003-PATPAL/GA, proponiendo se declare en situacion de urgencia la contratacion de los servicios de seguridad y vigilancia del Patronato del MORDAZA de Las Leyendas - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el plazo de noventa (90) dias, periodo dentro del cual el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del Consucode resolvera el recurso de revision interpuesto por el Consorcio formado por las empresas Vigilancia, Control y Resguardo S.A. - Vicmer S.A. - Proteccion Peruana y Resguardo S.A. (PROCPER) - MULTISERVIS S.A., y se procedera conforme a lo finalmente resuelto por la superior instancia; Que, mientras se resuelve el recurso interpuesto debe garantizarse el servicio de seguridad y vigilancia, dado que de producirse la ausencia del mismo en la sede institucional se comprometeria en forma directa e inminente la continuidad de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; Que, la Oficina de Planificacion y Presupuesto de la institucion mediante el Informe Nº 022-2003/PATPAL-OPP se pronuncia respecto a la existencia de disponibilidad presupuestal para la contratacion de los servicios mencionados precedentemente; Que, la Oficina de Asesoria Juridica con Informe Nº 031-2003-PATPAL/OAJ, ha cumplido con emitir el informe legal senalando que a merito de los hechos expuestos, se tipifica la situacion de urgencia expresada en el Art. 21º del TUO de la Ley, razon por la cual procede la expedicion de la resolucion presidencial declaratoria de dicha situacion; De conformidad con lo dispuesto en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias, la Ley Nº 27879 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2003; En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 146 - Ley del Patronato del MORDAZA de Las Leyendas, al Estatuto aprobado por Decreto Supremo

PRODUCE
Modifican la R.M. Nº 208-2002-PRODUCE que establecio cuota de captura del recurso calamar gigante o pota para el ano 2003
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 058-2003-PRODUCE
MORDAZA, 14 de febrero del 2003 CONSIDERANDO: Que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, por lo que corresponde al Estado regular su manejo integral propiciando su explotacion racional, conforme a lo dispuesto en el articulo 2º de la Ley General de Pesca Decreto Ley Nº 25977; Que el literal a) del numeral 1.2, del articulo 1º del Reglamento de Ordenamiento de la Pesqueria del Calamar Gigante o Pota aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE, establece como objetivo del manejo pesquero, el aprovechamiento racional y sostenido del Calamar Gigante o Pota, tomando en cuenta las caracteristicas biologicas y poblacionales del recurso, asi como la optimizacion de los beneficios obtenidos por su explotacion; Que por Resolucion Ministerial Nº 208-2002-PRODUCE, de fecha 3 de diciembre de 2002 se establecio la cuota de captura del recurso Calamar Gigante o Pota para el ano 2003 en 150 mil toneladas; Que el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, mediante Oficio Nº DE-100-393-2002-PRODUCE/IMP del 20 de diciembre del 2002, indica que de acuerdo al analisis de los resultados de la pesqueria del recurso Calamar Gigante o Pota y los cruceros de investigacion realizados, se estima una disponibilidad promedio de 500 mil toneladas, recomendando establecer una cuota de captura de 150 mil toneladas de Calamar Gigante para el ano 2003, la cual podria ser modificada de acuerdo a la evolucion de las condiciones ambientales; posteriormente mediante Oficio Nº PCD100-030-2003- PRODUCE/IMP de fecha 22 de enero del 2003 informa que la estimacion final de la Pota, calculada por el ultimo crucero de evaluacion ejecutado entre octubre y noviembre del 2002 se encontro en el orden de las 900 mil toneladas, que hace posible obtener una captura para el ano 2003, del orden de las 200 mil toneladas, siempre que exista un adecuado nivel de esfuerzo de pesca; De conformidad con las disposiciones del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-

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