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PÆg. 247874 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de julio de 2003 ORDENANZA Artículo 1º.- La presente Ordenanza tiene por objeto establecer normas que regulen las acciones de los resi-dentes y los visitantes del distrito en cuanto al rol que lescompete en: a) El mantenimiento de la limpieza de las calles y de otros espacios de uso público; b) El resguardo de la salud y el bienestar de las perso- nas; y, c) El fortalecimiento de los valores y de la tradición de respeto mutuo que rigen en esta comunidad. Artículo 2º.- En la jurisdicción del distrito de Pue- blo Libre queda establecida como infracción contra lasbuenas costumbres, contra la salud pública, la limpie- za y el ornato, la realización de actividades fisiológi- cas en las calles, parques, jardines, bermas y otroslugares públicos, debiéndose entender como necesi-dades fisiológicas a la evacuación de orines y hecesde los seres humanos. Artículo 3º.- Establecer como infracción contra el or- nato público el arrojar a las calles y otros espacios públi- cos, papeles, envases de alimentos o bebidas; empaquesy desperdicios de cualquier tipo. Sólo está permitido ha-cerlo en papeleras y otros depósitos apropiados. Artículo 4º.- Establecer como infracción contra la salu- bridad pública y el ornato, el sacar a la calle las bolsas de residuos sólidos (Basura) fuera de las horas del reco- jo establecidas para cada zona del distrito. Artículo 5º.- Para efectos de dar cumplimiento cabal a lo establecido en el Art. 2º de la presente ordenanza yen tanto se instalan los servicios higiénicos públicos enel distrito, quedan establecidas las normas que a conti- nuación se enumeran: a) Todos los establecimientos comerciales del distrito que por su naturaleza están obligados a contar con ser-vicios sanitarios para sus consumidores, permitirán el ac-ceso a los transeúntes que lo requieran. b) A los no consumidores o transeúntes, se les podrá cobrar, por concepto de mantenimiento, una tarifa cuyomonto guardará relación con la calidad de las instalacio-nes y en ningún caso podrá superar el 0.033% de la UIT. c) Los niños y las niñas, podrán usar gratuitamente los servicios higiénicos en todos los establecimientos del distrito, sin distinción, hasta las 20.00 horas. Artículo 6º.- A las personas que infrinjan lo estableci- do en los artículos 2º y 3º de la presente, se les entrega-rá una "nota de información y advertencia", en la cualdeberá consignarse su nombre completo y dirección. Se les advertirá que en caso de repetirse esa actitud ofensi- va para los vecinos del distrito, se les impondrá una mul-ta equivalente al 0.5% de la UIT. Artículo 7º.- Quienes infrinjan lo señalado en el inci- so a) del Art. 5º y nieguen el uso de sus servicios higiéni-cos a los transeúntes que lo soliciten, se harán acreedo- res a una multa equivalente al 0.5% de la UIT. Artículo 8º.- Quienes infrinjan lo señalado en el Art. 4º y saquen a la calle residuos sólidos (basura) fuera delhorario establecido, se les aplicará por primera vez una"nota de información y advertencia" y en caso de repe-tirse la infracción se harán acreedores a una multa equi- valente al 0.5% de la UIT. Artículo 9º.- Quienes infrinjan lo señalado en el inci- so c) del Art. 5º y nieguen el uso de sus servicios higiéni-cos a los niños y niñas que lo soliciten, se harán acree-dores a una multa equivalente al 1 % de la UIT. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urba- nístico, Gerencia de Desarrollo Humano y a la Oficina deSeguridad y Vigilancia Municipal, el cumplimiento de lapresente Ordenanza Municipal. Segunda.- Incorporar en el Reglamento de Aplica- ción y Sanciones de la Municipalidad de Pueblo Libreaprobado mediante Ordenanza Nº 34-MPL, en el Título IIel Capítulo IV referente a la figura de la Nota de Informa- ción y Advertencia en los siguientes términos: "De la Nota de Información y Advertencia": Lláme- se Nota de Información y Advertencia a aquel documen-to impuesto mediante comunicación escrita en la cual se hará de conocimiento del infractor, la trasgresión de nor- mas establecidas por la Municipalidad de Pueblo Libre,cuya reincidencia acarrearía la imposición de una Multa Tercera.- Incorpórese en el Cuadro Único de Infrac- ciones y Sanciones de la Municipalidad de Pueblo Libre aprobado mediante Ordenanza Nº 34-MPL, las infraccio- nes señaladas en la presente ordenanza. Cuarta.- Déjese sin efecto todos los dispositivos le- gales que se opongan a la presente Ordenanza. Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 12899 Disponen embanderamiento general del distrito ORDENANZA Nº 119-MPL Pueblo Libre, 4 de julio del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 003-2003-MPL/CPL-CPDH de la ComisiónPermanente de Desarrollo Humano; y, CONSIDERANDO: Que, en el mes de julio se celebra el Aniversario de la Declaración de la Independencia del Perú como Repúbli-ca soberana y es deber de la Municipalidad, fomentarentre los vecinos, los sentimientos de identidad nacional; Que, siendo ésta una fecha tan importante para todos los peruanos, es necesario revalorar nuestros principiosde civismo y amor hacia los emblemas patrios, como esnuestra bandera nacional Que, el 14 de agosto de 2003, se conmemora el 446º Aniversario de la Instauración Española en el Pueblo de la Magdalena (hoy Pueblo Libre); Que, una de las funciones municipales es la aproba- ción de las normas sobre el ornato del distrito; En uso de la facultades conferidas por el inciso 1) del Artículo 10º e inciso 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánicade Municipalidades - Ley Nº 27972 y con la aprobación del Concejo, por Unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Disponer el Embanderamiento per- manente del Pabellón Nacional en los predios privados, públicos y comerciales, a partir del día 20 de julio hasta el 20 de agosto del 2003, con motivo de la próxima cele-bración del 182º Aniversario de la Independencia Nacio-nal y el 446º Aniversario del distrito. Artículo Segundo.- Disponer que a partir de la fecha hasta el 27 de julio del presente año, los vecinos del dis- trito de Pueblo Libre cumplan con la limpieza, retoque y de ser posible, el pintado de las fachadas, para mejorarel ornato del distrito, contemplando que para el caso de