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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2003 (09/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 35

PÆg. 247873 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de julio de 2003 3. Adjuntar copia del documento de identidad del deu- dor tributario y cuando se trate de persona distinta al deu-dor, se deberá acompañar poder simple con certificaciónde firmas ante el Fedatario de la Municipalidad. 4. Acreditar domicilio fiscal vigente. 6.3 Presentación de Garantías : De acuerdo a lo es- tablecido en el Código Tributario vigente. 6.4 Aprobación del FraccionamientoLa Administración Tributaria aprobará el fracciona- miento de la deuda, una vez cumplidas las condiciones y requisitos establecidos en la presente Ordenanza, me-diante Resolución de Gerencia. 6.5 Pérdida del Fraccionamiento El recurrente incurrirá en causal de pérdida del frac- cionamiento, cuando incumpla con el pago íntegro de dos(2) cuotas consecutivas. Producida la pérdida de fraccio-namiento, dará lugar a que se den por vencidos todos losplazos, siendo exigible las cuotas de fraccionamiento pen-dientes de pago e intereses moratorios correspondien- tes, aplicándose la tasa de interés moratorio (TIM) vigen- te sobre el total de la deuda pendiente de pago. Asimis-mo, se procederá a dar inicio al procedimiento de co-branza coactiva de la deuda. La pérdida del fraccionamiento se declarará median- te Resolución de Gerencia. Artículo Séptimo.- Otorgar un beneficio de descuen- to del 80% en el monto de las multas administrativas im-puestas hasta el año 2003. Los infractores que hayanefectuado pagos a cuenta por las multas administrativas,deberán abonar el saldo con el 80% de descuento. Para aquellos contribuyentes que a la vigencia de la presente Ordenanza hayan efectuado pagos a cuenta porel 20% del total de la multa, se considerará canceladaautomáticamente, sin que esto genere devoluciones a losque hayan efectuado pagos que superen el porcentajeindicado. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Artículo Primero .- Los contribuyentes que hasta el presente ejercicio fiscal, se encontraran en condición de omisos o subvaluantes a la presentación de la Declara- ción Jurada del Impuesto Predial, pueden efectuarlo sinpago de sanción alguna (Multa Tributaria), durante el pla-zo de vigencia de la presente Ordenanza. Dicho beneficio también comprende a los contribu- yentes que presenten sus Declaraciones Juradas de Au- toavalúo sobre la actualización y rectificación en lo refe- rido a las Instalaciones Fijas y Permanentes a que serefiere la Ordenanza Nº 115-MPL. Así como, aquellas queinicien el trámite o se encuentren en proceso de fiscali-zación, con la salvedad que la vigencia para la presenta-ción del citado documento vence el 15 de agosto del 2003. Artículo Segundo. - El ámbito de aplicación de la pre- sente Ordenanza, comprende a las deudas de naturale-za tributaria o multas administrativas que se encuentrenen cobranza ordinaria o coactiva. Artículo Tercero. - La presente Ordenanza rige a par- tir del 10 al 26 de julio del 2003. Artículo Cuarto. - Encargar a la Gerencia de Desa- rrollo Económico, Oficina de Informática y Oficina de Eje-cución Coactiva, el cumplimiento de la presente Orde-nanza, a la Oficina de Comunicación Social, su difusióny a la Oficina de Administración, su publicación, bajo res-ponsabilidad funcional. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 12898Establecen disposiciones referidas al mantenimiento de la limpieza e higie-ne de las calles y otros espacios pœbli-cos en el distrito ORDENANZA Nº 118-MPL Pueblo Libre, 4 de julio del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 15-2003-MPL/CPL-CPDU de la Comisión Permanente de Desarrollo Urbanístico; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales constituyen instituciones legítimas, a efecto de normar medidas preventivas en ma- teria de salubridad y de mantener el área de su jurisdic-ción en óptimas condiciones higiénicas; Que, con fecha 16 de febrero del 2003, se emitió el Decreto de Alcaldía Nº 001-2003-MPL, mediante el cualse declara en la jurisdicción de Pueblo Libre al tercerdomingo del mes de febrero, como el "Día de los Valores,por el rearme moral del Perú" involucrando a la Corpo- ración Municipal en el desarrollo de la Campaña Munici- pal "Por Los Valores Súmate al Grupo", buscando crearconciencia en la sociedad, sobre la necesidad de resca-tar los valores y principios tanto morales como éticos,promoviendo la formación del carácter entre los vecinos,de manera especial entre los niños y jóvenes; Que, son intolerables los actos que atentan contra la higiene y salubridad del distrito de Pueblo Libre, siendo constantes las denuncias de vecinos del distrito referen-tes al acto de micción y/o realización de otras necesida-des fisiológicas en la vía pública por parte de personasajenas al distrito, algunos peatones y/o conductores devehículos motorizados que atentan contra la moral, las buenas costumbres, la salud y el ornato de la ciudad, generando malestar entre los vecinos; Que, constituye una función primordial de la gestión municipal, mantener las calles en óptimas condicionesde higiene, siendo necesario crear conciencia en los tran-seúntes del distrito, a efecto que cooperen con tan im-portante labor, evitando arrojar papeles, envases de ali- mentos o bebidas y desperdicios de cualquier otro tipo que atenten contra la salud pública, la limpieza y el orna-to del distrito de Pueblo Libre; Que, de acuerdo con la función primordial citada en el considerando que antecede, es también de suma impor-tancia que los vecinos de Pueblo Libre no depositen lasbolsas de residuos sólidos en las puertas de su domici-lio, fuera del horario establecido para el recojo en cada zona del distrito; Que, el Título V - Capítulo II, de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, referente a las compe-tencias y funciones específicas de los Gobiernos Loca-les, señala en el Artículo 80º numeral 3), que son funcio-nes específicas exclusivas de las municipalidades distri-tales en materia de Saneamiento, Salubridad y Salud, entre otros aspectos, regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, indus-triales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lu-gares públicos locales; Que, en este mismo orden de ideas, es necesario que los establecimientos comerciales cooperen con la salubri-dad e higiene del distrito de Pueblo Libre, a través de laprestación de los servicios higiénicos con los que cuenten; En uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y con el voto Unánime delos miembros del Concejo Municipal y con la dispensadel trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó lasiguiente: