Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2003 (14/07/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 14 de MORDAZA de 2003

4.2.1.4. Redesur De acuerdo con lo establecido en la clausula 5.2.515 y en concordancia con la clausula 1416 del Contrato BOOT de Redesur con el Gobierno Peruano, el VNR de las instalaciones de transmision de Redesur ha sido ajustado utilizando el indice de precios denominado "Finished Goods Less Food and Energy", Serie WPSSOP3500, publicado por el Bureau of Labor Statistics del US Department of Labor. En este sentido, el VNR base de las etapas I (set 2000)17 y II (feb 2001)18 ; han sido ajustados a febrero de 2003. Los indices, asi como los valores ajustados obtenidos se muestran en el siguiente cuadro: Cuadro Nº 4.3
AJUSTE DEL VNR DE REDESUR Indice WPSSOP3500 (set 2000) Indice WPSSOP3500 (feb 2001) Indice WPSSOP3500 (mar 2003) Factor de Ajuste Etapa I Factor de Ajuste Etapa II VNR Base Etapa I (US$) VNR Base Estapa II (US$) VNR Ajustado Etapa I (US$) VNR Ajustado Etapa II (US$) 148,60 149,20 150,30 1,0114 1,0074 18 620 000 51 121 500 18 833 015 51 498 401

4.3. Costos de Operacion y Mantenimiento del Sistema Principal de Transmision (COyM) Se ha revisado la informacion suministrada por el COES-SINAC sobre el Costo de Operacion y Mantenimiento del Sistema Principal de Transmision y se ha corregido, en lo pertinente, para tomar en cuenta costos estandares de operacion y mantenimiento segun lo determinado por los respectivos estudios realizados. Es importante destacar que el COyM no se determina para una instalacion en particular sino para toda la empresa ya que existen procesos y/o actividades de operacion y gestion que estan asociadas a todo el conjunto de instalaciones de la misma. 4.3.1. Instalaciones de Transmision y Transformacion A continuacion se presenta una discusion sobre las particularidades mas importantes, sobre el COyM, de cada una de las empresas de transmision electrica. 4.3.1.1. REP El COES-SINAC no ha presentado informacion sobre costos de operacion y mantenimiento de las instalaciones de REP toda vez que de acuerdo con el CONTRATO el ingreso total que debe percibir corresponde a la Remuneracion Anual Garantizada el mismo que asciende a US$ 58 638 000,00. Para la determinacion del peaje anual del SPT, se ha considerado 3,033% la relacion del COyM respecto del VNR, cifra que fue establecida en la regulacion tarifaria de MORDAZA 2002. 4.3.1.2. Eteselva La empresa Eteselva ha presentado un estudio de COyM que ha sido revisado y analizado por el OSINERG. Como resultado de la revision MORDAZA mencionada, se ha determinado que el COyM del SPT de Eteselva alcanza a la suma de US$/Ano 726 232,50, por lo que se ha modificado el Peaje por Conexion y el Peaje por Conexion Unitario atribuible a dicha empresa. 4.3.1.3. TransMantaro El costo de operacion y mantenimiento de esta empresa fue determinado en el MORDAZA semestre del ano 2000, poco MORDAZA de la entrada en operacion comercial de las respectivas instalaciones. Dichos costos fueron determinados como un costo eficiente esperado de mediano plazo y que incluye actividades de mantenimiento que son realizadas con periodicidad de varios anos y, solo seran revisados una vez que se disponga de informacion confiable de la experiencia de la operacion de esta empresa. En vista de que el COES-SINAC no ha presentado propuesta alguna para los COyM de dicha empresa de transmision, en la presente regulacion se mantendran los valores vigentes.

4.2.1.5. Interconexion Electrica ISA PERU S.A. (ISA) De acuerdo con lo establecido en el Contrato BOOT de ISA con el Gobierno del Peru, el VNR de sus instalaciones de transmision pertenecientes al SPT asciende a US$ 57 263 887. Los valores del VNR correspondientes a la presente regulacion se muestran en el Cuadro Nº 4.4. Cuadro Nº 4.4
VALORIZACION DEL SISTEMA PRINCIPAL DE TRANSMISION DEL MORDAZA
DE A TITULAR VNR SUBESTACION SUBESTACION (US$) Talara MORDAZA Oeste REP 10 811 576 Reactor 20 MVAR REP 1 016 853 Reactor 20 MVAR REP 763 285 Chiclayo Oeste MORDAZA REP 8 825 405 SVC +/- 30 MVA REP 2 662 539 MORDAZA MORDAZA Norte REP 9 992 538 Transformador 220/60/10kV; 60MVA REP 2 740 297 Reactor 20 MVAR REP 923 769 SVC +30/-20 MVAR REP 3 080 829 Chimbote 1 Paramonga REP 19 660 513 Nueva SE Chimbote Banco 35 MVAR REP 498 912 L-213 Paramonga Nueva Zapallal REP 16 513 537 SE Paramonga Nueva Reactor 40 MVAR REP 1 025 963 SE MORDAZA Celdas en 220 kV REP 1 504 802 L-2003 L-2004 MORDAZA MORDAZA MORDAZA REP 4 773 370 SE San MORDAZA Banco 45 MVAR REP 2 391 794 L-120 Paragsha II MORDAZA REP 6 355 001 L-121 MORDAZA Tingo MORDAZA REP 6 755 563 ETECEN Centro de Control REP 3 196 100 L-1019 Cerro MORDAZA Mollendo REP 6 003 750 L-1006A MORDAZA Azangaro REP 7 804 266 SE MORDAZA SVC -15 / +15 MVAR REP 3 077 791 ETESUR Centro de Control Regional REP 238 946 SE Pachachaca Celda en 220 kV REP 993 655 SE Azangaro Celda en 138 kV SAN GABAN 708 490 L-1005A Dolorespata Quencoro EGEMSA 1 748 456 SE Tingo MORDAZA Reactor 30 MVAR ETESELVA 1 136 276 SE Tingo MORDAZA Autotransformador 220/138 kV; ETESELVA 1 978 751 40 MVA L-253 MORDAZA Paramonga ETESELVA 16 612 184 Nueva L-2025 L-2026 Socabaya MORDAZA REDESUR 18 833 015 L-2029 MORDAZA Tacna REDESUR 51 498 401 L-2030 MORDAZA MORDAZA REDESUR L-2053 L-2054 Mantaro Socabaya TRANSMANTARO 181 228 827 L-224 Pachachaca Oroya Nueva ISA 3 229 887 L-22259 L-22258 L-2254 Oroya-Carhuamayo-ParagshaISA 54 034 000 MORDAZA REP SAN GABAN TRANSMISION EGEMSA TRANSMISION ETESELVA REDESUR TRANSMANTARO ISA TOTAL MORDAZA 121 611 055 708 490 1 748 456 19 727 210 70 331 416 181 228 827 57 263 887 452 619 341 CODIGO INSTALACION L-248 SE Talara SE MORDAZA Oeste L-236 SE Chiclayo Oeste L-234 SE MORDAZA SE MORDAZA SE MORDAZA Norte L-215

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Clausula 5.2.5.1 (i) (a).- La tarifa comprendera la anualidad de la inversion que sera calculada aplicando el VNR determinado por el organismo regulador el que sera siempre igual al Monto de la Inversion del Adjudicatario, ajustado en cada periodo de revision por la variacion del Finished Goods Less Food and Energy (Serie ID: WPSSOP3500) publicado por el departamento de Trabajo de los Estados Unidos de America. Clausula 14 (i).- Conforme al sistema legal de Tarifas vigente en el Peru, cuyo organo regulador es la Comision de Tarifas Electricas, la Sociedad Concesionaria tiene derecho a cobrar al conjunto de concesionarios de generacion que entregan electricidad al Sistema Principal de Transmision, las sumas necesarias para cubrir el valor efectivo de su Costo Total de Transmision, reajustado anualmente segun contempla la clausula 5.2.5.1.(i) de este contrato. Corresponde a la L.T 220 kV MORDAZA - Socabaya. Corresponde a las L.T. 220 kV MORDAZA - Tacna y MORDAZA - PuNº

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